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¿Qué es el Seguro Escolar y cómo se tramita?

Los alumnos españoles y extranjeros que tengan menos de 28 años pueden acceder a un Seguro Escolar que contempla distintas prestaciones de la Seguridad Social y los protege ante determinadas situaciones, como por ejemplo, un problema de salud en un viaje de estudios, una lesión en el instituto o hasta una enfermedad.

Ante un escenario de ese tipo es posible hacer la solicitud del Seguro Escolar Obligatorio, un recurso público que brinda asistencia otorgando prestaciones médicas, farmacéuticas y económicas en caso de enfermedad, accidente o infortunio familiar.

Dado que son muchas personas que no conocen de su existencia, ni tampoco qué coberturas incluye y ante qué situaciones, desde Ayuda-Social.es hemos preparado una guía con todos los detalles acerca del seguro y cómo se pueden beneficiar los estudiantes por medio de su solicitud.

El Seguro Escolar se puede solicitar ante una enfermedad, accidente o infortunio familiar.
El Seguro Escolar se puede solicitar ante una enfermedad accidente o infortunio familiar

¿Quiénes pueden solicitar el Seguro Escolar?

El Seguro Escolar Obligatorio protege a todos los estudiantes menores de 28 años desde 3º de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) hasta el tercer ciclo universitario frente a accidentes escolares, enfermedades o infortunio familiar.

Para acceder a los beneficios del seguro habrá, sin embargo, que haber abonado la cuota anual de 1,12 euros al momento de efectuar la matrícula del curso escolar.

Ese pago le dará luego la posibilidad al estudiante de acceder a los beneficios médicos y económicos de la cobertura. El pago de la cuota, por un importe módico, se realiza en los mismos centros escolares que deben luego abonar las cuotas a la Seguridad Social (INSS).

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Beneficiarios del Seguro Escolar

Pueden acceder al seguro estudiantes que cursen en España los siguientes estudios:

  • Bachillerato,  3º y 4º ESO.
  • Formación Profesional, de segundo grado, grado medio, superior y especial.Curso de Orientación Universitaria y Bachillerato Unificado Polivalente (estudiantes repetidores).
  • Programas de cualificación profesional.
  • De los centros integrados.
  • Estudios Universitarios de grado medio,  grado superior y de doctorado.
  • De grado superior en conservatorios de música.
  • De grado superior en conservatorios de danza.
  • Arte dramático.
  • Teología en los centros superiores de la Iglesia Católica.
  • Segundo curso de educación secundaria de personas adultas.
  • Estudiantes universitarios que realicen prácticas en empresas.
  • Programas de formación para la transición a la edad adulta.

También podrán solicitarlo estudiantes nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo, y, en general, todos los estudiantes extranjeros residentes en España.

Requisitos para acceder al seguro escolar

Los requisitos que hay que cumplir para acceder al seguro son los siguientes:

  • Tener menos de 28 años.
  • Ser español o extranjero y residir legalmente en España.
  • Estar matriculado en alguno de los estudios citados en el apartado anterior.
  • Haber abonado la cuota correspondiente del Seguro Escolar (1,12€).
  • Acreditar un período mínimo de un año desde que el estudiante se matriculó por primera vez en cualquier centro de enseñanza de los comprendidos en dicho seguro.

No se exige este último requisito en los siguientes supuestos:

  1. Prestaciones derivadas de accidente escolar, infortunio familiar por fallecimiento del cabeza de familia y tocología (obstetricia).
  2. Alumnos que hayan cursado el año anterior 2º de ESO, educación especial o hubiesen continuado sus estudios en el extranjero.
El Seguro Escolar protege a los estudiantes menores de 28 años.
El Seguro Escolar protege a los estudiantes menores de 28 años

¿Qué riesgos cubre el seguro escolar?

El seguro escolar cubre a los estudiantes en tres situaciones específicas:

1. Accidente Escolar: el seguro brinda asistencia médica y farmacéutica e indemnizaciones económicas por incapacidad, por ejemplo si el estudiante sufre algún tipo de lesión o incapacidad dentro del ámbito escolar.

2. Enfermedad: el seguro brinda asistencia médica, asistencia farmacéutica e incluyo, por ejemplo, cirugía general, entre otras cosas. Asimismo, en determinados casos se pueden otorgar prestaciones de salud para fisioterapia, quimioterapia, radioterapia, etcétera.

3. Infortunio familiar: el seguro escolar brinda una prestación económica por fallecimiento del cabeza de familia o incluso ruina familiar.

Los estudiantes tienen la posibilidad, por lo tanto, de acceder a prestaciones de tipo económicas o sanitarias, como se observa en el siguiente formulario, dependiendo de la situación en la que el alumno se encuentre al momento de recurrir al Seguro Escolar.

¿Cómo se tramita el Seguro Escolar?

Para poder hacer uso de la cobertura es necesario dirigirse a uno de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

  • Si se trata de prestaciones económicas, la solicitud será resuelta por la Dirección provincial del INSS donde se haya presentado la solicitud.
  • Si se trata de prestaciones sanitarias, la solicitud será resuelta por la Dirección Provincial del INSS donde se haya dispensado la asistencia sanitaria.

También se puede solicitar de forma telemática o presencial a través de la plataforma de ‘Solicitud y Trámites de Prestaciones de la Seguridad Social’ o en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social con cita en los siguientes teléfonos: 901106570 o 915412530.

Documentación requerida

Para convertirse en beneficiario del Seguro Escolar se deberá completar el formulario de la solicitud, adjuntado previamente, y añadir la siguiente documentación:

1. Documento de Identidad o libro de familia.

2. Estudiantes no universitarios: certificado del centro de estudios.

3. Estudiantes universitarios: resguardo del impreso de matrícula.

4. Documentación específica para cada prestación en concreto, que se puede visualizar en el siguiente enlace oficial de la Seguridad Social.

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El Seguro Escolar en las comunidades autónomas

Es necesario señalar que, en el caso de las comunidades autónomas que enumeramos a continuación, los gastos derivados de la asistencia sanitaria no serán objeto de reembolso ni al estudiante ni a los Centros o Profesionales Sanitarios:

  • Castilla-La Mancha
  • Extremadura
  • Aragón
  • Islas Baleares
  • Cantabria
  • Asturias
  • Canarias
  • País Vasco

El Seguro Escolar está regulado, entre otras normas, por la ley de 17 de julio de 1953, que estableció los lineamientos generales y también por otros decretos leyes que fijaron cuantía de la cuota del Seguro Escolar y aprobaron los estatutos de la Mutualidad.

Para más información al respecto es posible visualizar la normativa oficial.

Ahora ya sabes

El Seguro Escolar es una opción que tienen todos los estudiantes menores de 28 años que cumplan con los requisitos establecidos y deban, ante determinadas situaciones, hacer uso de un derecho que los protege y ampara.

Ante dudas o consultas siempre es posible acudir a un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social o pueden escribirnos a nuestro Formulario de Contacto y dejarnos sus consultas. 

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María Florencia G.

María Florencia G.

Periodista. Trabajé en diversos sitios informativos y me apasiona explorar mundos nuevos. Actualmente colaboro con Ayuda-Social.es en la búsqueda de respuestas a preguntas en el universo de las ayudas, derechos y beneficios sociales.

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