¿Cómo conseguir trabajo en España si soy inmigrante?

Por Sebastián M.
Publicado el 09 de septiembre, 2024
Tiempo estimado de lectura: 9 minutos

Emigrar a otro país conlleva enfrentar múltiples desafíos, y uno de los más importantes es encontrar empleo. Entre las primeras dudas que surgen para quienes deciden emigrar está cómo iniciar la búsqueda laboral, dónde enfocarse y qué pasos seguir para lograrlo.

En Ayuda-Social.es solemos recibir varias consultas relacionadas con cómo hacer para conseguir trabajo, especialmente si se trata de inmigrantes extranjeros. En este artículo explicaremos, paso por paso, cómo deben hacer los ciudadanos de países que no forman parte de la Unión Europea (o del espacio Schengen) para poder viajar a España para residir y trabajar legalmente por cuenta ajena.

En España, los únicos autorizados a trabajar son los residentes legales.
En España, los únicos autorizados a trabajar son los residentes legales.

A continuación, explicaremos cómo obtener el visado para trabajar en España desde el exterior y los requisitos generales. No obstante, es esencial destacar un punto clave: para obtener el visado de trabajo, una empresa con sede en España deberá gestionar la solicitud en nombre del ciudadano extranjero.

No existe un «visado general» que permita a un inmigrante trasladarse e instalarse en España sin tener un trabajo asegurado. 

Trabajadores que no necesitan el visado 

Quienes no necesitan el visado para vivir y trabajar en España, además, lógicamente, de los españoles, son los ciudadanos de la Unión Europea o de países que conforman el espacio Schengen (área de libre circulación que comprende a 27 países europeos que han abolido los controles fronterizos internos). Estos pueden trasladarse e instalarse en España para trabajar sin necesidad de solicitar un visado, a diferencia de los oriundos del resto de los países. 

En este otro artículo explicamos todo lo relacionado con el trabajo en España para los residentes de la UE y del espacio Schengen. Aquí puedes leer sobre ayudas para refugiados y desplazados de guerra y aquí sobre ayudas para inmigrantes sin papeles.   

Pasos para vivir y trabajar en España siendo inmigrante

En términos generales, para poder vivir y trabajar en España siendo inmigrante se deben seguir los siguientes pasos. 

  1. Una empresa radicada en España deberá informar su interés de contratar a un empleado en particular que vive en otro país. 
  2. El interesado, con el contrato laboral firmado, deberá solicitar y obtener el visado correspondiente en un consulado español.
  3. Una vez en España, el trabajador deberá darse de alta en la Seguridad Social.
  4. Por último, ya dado de alta en la Seguridad Social, el trabajador tendrá que solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero en la Oficina de Extranjería o en la Comisaría de Policía competente.

Requisitos generales para vivir y trabajar en España

El interesado deberá tener, cómo mínimo, 16 años ya cumplidos. Para los menores de edad (16 y 17 años) será un requisito obligatorio contar con un permiso de los padres, tutores o encargados para poder trabajar en territorio español. Es necesario cumplir con este requerimiento, y con todos los requisitos que mencionaremos, incluso para realizar trabajos «de temporada».

Como mencionados, será obligatorio tener un contrato firmado y una autorización para residir y trabajar firmada por el empleador. 

Para solicitar la visa de trabajo en España hay que dirigirse al Consulado de España o a la Oficina Consular de España del país en el que reside el trabajador. 

Para solicitar la visa de trabajo en España hay que dirigirse al Consulado de España o a la Oficina Consular de España del país en el que reside el trabajador.
Para solicitar la visa de trabajo en España hay que dirigirse al Consulado de España o a la Oficina Consular de España del país en el que reside el trabajador.

Documentación necesaria

Si bien puede haber pequeñas modificaciones en la documentación requerida según el país de origen del solicitante, a grandes rasgos los documentos que serán solicitados en el Consulado son los siguientes: 

  1. Formulario de solicitud de visado nacional completo y firmado. En caso de menores de edad, deberá contar con la firma de al menos uno de sus progenitores o tutores.
  2. Fotografía. Reciente, de frente, a color, con fondo claro y tamaño carné. Sin gafas oscuras, ni reflejos, ni prendas que oculten el óvalo de la cara.
  3. Pasaporte. Válido y en vigor. Se deberá presentar el original y una fotocopia de la página o páginas con datos biométricos del pasaporte. El pasaporte deberá tener una validez mínima de 4 meses y dos páginas en blanco. En caso de contratos temporales, la validez deberá cubrir toda la duración del contrato. No se admitirán pasaportes expedidos hace más de 10 años.
  4. Autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena. Original y una copia de la autorización inicial de residencia y trabajo por cuenta ajena firmada por el empleador.
  5. Contrato de trabajo. Una copia del contrato de trabajo sellado por la Oficina de Extranjeros.

Otra documentación a presentar

  1. Certificado de antecedentes penales. Original y copia del certificado de antecedentes penales, expedido por el país o los países en los que residió el interesado en los últimos cinco años. 
  2. Certificado médico. Original y copia de un certificado médico que acredite que el solicitante no padece enfermedades que puedan tener repercusiones graves para la salud pública de conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005 expedido en los últimos tres meses por un médico matriculado. Este certificado deberá ser legalizado por el Ministerio de Salud o el Colegio de Médicos y apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  3. Prueba de la residencia en la demarcación consular. Original y fotocopia del DNI, con residencia legal y domicilio. Si el solicitante es menor de edad, se mostrará el original y se entregará una copia del documento de identidad o pasaporte del progenitor y del documento que pruebe el parentesco.

También será necesario pagar el «abono de la tasa de visado», que tiene costos variables.

Es potestad de las oficinas consulares solicitar otros documentos o datos adicionales  y convocar al solicitante a una entrevista personal si lo consideran necesario.

Plazo para solicitar el visado

El visado se debe solicitar en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha en que se le notificó al empleador la resolución favorable de autorización de residencia inicial y trabajo por cuenta ajena.

Es importante resaltar que el interesado está obligado a solicitar y obtener la cita previa para el visado en el plazo de esos 30 días mencionados, pero que es posible que la fecha de la cita reservada no esté dentro de ese plazo, sino que sea posterior. Esto quiere decir que el interesado tiene 30 días para obtener la cita, pero que la cita puede ser para una fecha posterior a los 30 días desde notificada la resolución favorable. 

Esto podría llegar a variar según el país en el que vive el interesado, por lo que es importante informarse en el consulado español del país correspondiente. 

El consulado entregará un código con el que se podrá verificar el estado de la tramitación a través de este enlace.

En general, los consulados tienen hasta un mes, contando a partir del día siguiente al que se presentó la solicitud, para responder afirmativa o negativamente. Sin embargo, este plazo se podrá ampliar cuando, por ejemplo, se soliciten documentos adicionales o la realización de una entrevista. 

Retiro del visado

Salvo excepciones, en caso de otorgamiento, el visado deberá ser retirado personalmente por el interesado o por su representante legal (si es menor de edad) sin necesidad de cita en el plazo máximo de un mes, contado a partir del día siguiente a la fecha en que se notifique la resolución favorable. 

Es posible iniciar un reclamo formal y pedir una revisión en caso de que el visado sea rechazado. 

En general, los consulados tienen hasta un mes para responder afirmativa o negativamente.
En general, los consulados tienen hasta un mes para responder afirmativa o negativamente.

Validez de visado y obligaciones en España 

Si el contrato tiene duración de al menos un año, el visado tendrá validez únicamente por 90 días. Una vez en España, el trabajador deberá afiliarse a la Seguridad Social antes de iniciar su actividad laboral. Una vez dado de alta en la Seguridad Social, el trabajador tiene un máximo de un mes para solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero en la Oficina de Extranjería o en la Comisaría de Policía competente.

Si el contrato de trabajo es de temporada, la validez del visado cubrirá la totalidad del período autorizado para residir y trabajar. En estos casos no es necesario tramitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero al llegar a España.

Preguntas frecuentes

¿Todos los inmigrantes necesitan un visado de trabajo en España?

No, solo los que no son ciudadanos de países de la Unión Europea o del espacio Schengen. Leer más aquí.

¿Puedo viajar a España a buscar trabajo sin el visado?

No. Es necesario que una empresa radicada en España solicite la incorporación de un trabajador extranjero para poder pedir el visado correspondiente. Leer más aquí.

Ahora ya sabes

Los extranjeros que no son ciudadanos de la Unión Europea o del espacio Schengen deberán contar con una visa de trabajo para poder vivir y trabajar en España. Uno de los requisitos obligatorios es presentar un contrato de trabajo con una empresa radicada en España. 

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Sebastián M.

Soy periodista, licenciado en Ciencias de la Comunicación y un apasionado por la escritura que ha trabajado en diversos medios. Colaboro con Ayuda-Social.es para explicar de la manera más sencilla posible cómo acceder a los diversos beneficios sociales.

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