El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, conocido como MITECO, dispone de una línea de subvenciones destinada a financiar proyectos innovadores que contribuyan a transformar y revitalizar los territorios rurales afectados por problemas demográficos.
Aunque la lucha contra la despoblación constituye una de sus finalidades principales, estas ayudas no se limitan a iniciativas para atraer nuevos habitantes. También pueden financiar proyectos relacionados con el emprendimiento, el empleo, la vivienda, los cuidados, el transporte, la cultura, la bioeconomía, la adaptación al cambio climático o la mejora de los servicios disponibles en el medio rural.
La convocatoria correspondiente a 2025 contó con un presupuesto total de 52 millones de euros y se dividió en tres modalidades: entidades locales, entidades sin ánimo de lucro y proyectos empresariales. Las ayudas podían cubrir hasta el 90 % del coste subvencionable, con un máximo de 300.000 euros por proyecto.


Si tienes interés en conocer las ayudas del MITECO, este artículo es para ti. Desde Ayuda-Social.es te contamos todo lo necesario para solicitar esta subvención. Consulta en este enlace otras subvenciones disponibles de solicitud.
¿En qué consisten estas ayudas del MITECO?
Son subvenciones públicas dirigidas a proyectos que aporten soluciones innovadoras para la transformación territorial y ayuden a afrontar las dificultades demográficas de las zonas rurales.
Su finalidad oficial es impulsar iniciativas que, desde una perspectiva económica, social, medioambiental y de igualdad entre mujeres y hombres, favorezcan la reactivación social y económica de los territorios con problemas de despoblación y contribuyan a revalorizar el espacio rural.
Por tanto, no es imprescindible que el proyecto esté dedicado directamente a trasladar población a un municipio. También puede buscar que quienes ya viven en el territorio encuentren empleo, vivienda, transporte, servicios asistenciales, oportunidades empresariales o mejores condiciones para permanecer allí.
Los proyectos deben partir de las necesidades concretas de la zona en la que se desarrollen y presentar una visión integral del problema demográfico. Además, se valora que las soluciones propuestas puedan trasladarse o adaptarse posteriormente a otros territorios rurales con dificultades similares.
¿Está abierta la convocatoria?
No. La última convocatoria se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 4 de diciembre de 2025 y admitió solicitudes hasta el 20 de enero de 2026.
Actualmente, las personas y entidades interesadas deben esperar a que el MITECO publique una nueva convocatoria. La tramitación de las solicitudes presentadas en 2025 sigue avanzando. La situación no es idéntica en las tres modalidades:
- En la modalidad A, dirigida a entidades locales, ya se ha publicado una propuesta de resolución provisional.
- En las modalidades B y C se han publicado documentos relacionados con la admisión y exclusión de solicitudes y con la constitución de las comisiones de valoración.
- Las novedades de cada procedimiento deben consultarse en la sede electrónica del MITECO.
En julio de 2026, el Ministerio anunció una propuesta provisional con 194 entidades locales beneficiarias, correspondiente a los 40 millones de euros reservados para esta modalidad. Los proyectos seleccionados provisionalmente se relacionan, entre otros ámbitos, con la bioeconomía, los cuidados, el transporte, la cultura, la vivienda, el emprendimiento y la resiliencia climática.
¿Quién puede solicitar estas ayudas?
La convocatoria se divide en tres modalidades según el tipo de persona o entidad que promueve el proyecto.
Modalidad A: entidades locales
Esta modalidad se dirige a entidades pertenecientes a la Administración local, entre ellas:
- Ayuntamientos.
- Diputaciones provinciales y forales.
- Cabildos y consejos insulares.
- Comarcas.
- Mancomunidades.
- Consorcios adscritos a entidades locales.
- Agrupaciones de entidades locales.
- Comunidades autónomas uniprovinciales que ejerzan competencias propias de las diputaciones.
La convocatoria de 2025 reservó 40 millones de euros para los proyectos promovidos por entidades locales.
Modalidad B: entidades sin ánimo de lucro
Pueden participar de manera individual o mediante determinadas agrupaciones:
- Asociaciones.
- Fundaciones.
- Federaciones.
- Confederaciones.
- Agrupaciones de entidades sin personalidad jurídica.
- Federaciones de entidades locales.
- Cámaras de comercio, cuando actúen como corporaciones de derecho público.
Estas organizaciones deben estar legalmente constituidas y cumplir las condiciones establecidas en las bases reguladoras y en la correspondiente convocatoria. Para esta modalidad se asignaron 6 millones de euros.
Modalidad C: empresas y otras iniciativas emprendedoras
La tercera modalidad está dirigida a:
- Microempresas.
- Pequeñas y medianas empresas.
- Personas trabajadoras autónomas.
- Cooperativas.
- Sociedades laborales.
- Empresas de inserción.
- Centros especiales de empleo de iniciativa social.
- Mutualidades.
- Otras entidades de la economía social que cumplan los requisitos.
La convocatoria anterior destinó otros 6 millones de euros a estos proyectos. En todos los casos, no basta con pertenecer a una de estas categorías. El solicitante debe cumplir los requisitos generales para recibir subvenciones públicas y las condiciones específicas de su modalidad.

¿Qué proyectos pueden recibir financiación?
Las ayudas están pensadas para iniciativas que generen un efecto positivo y duradero sobre el territorio. No existe una lista cerrada de actividades, pero los proyectos deben guardar una relación clara con la transformación territorial y con los problemas demográficos de las zonas rurales. Entre las actuaciones que pueden encajar en esta línea se encuentran las siguientes:
Emprendimiento y creación de empleo
Pueden apoyarse iniciativas que creen nuevas actividades económicas, faciliten el autoempleo, impulsen empresas rurales o ayuden a mantener puestos de trabajo.
También pueden incluirse proyectos que mejoren la competitividad de pequeñas empresas, favorezcan el relevo generacional o desarrollen nuevas oportunidades profesionales vinculadas al territorio.
Bioeconomía y aprovechamiento de recursos locales
Se pueden presentar proyectos relacionados con la gestión sostenible de los recursos forestales, agrícolas, ganaderos o naturales. También pueden encajar las iniciativas de economía circular, transformación de productos locales, reducción de residuos o creación de cadenas de valor vinculadas al medio rural.
Vivienda y rehabilitación
La falta de vivienda disponible es uno de los problemas que dificulta la permanencia o llegada de población a numerosos municipios. Por este motivo, pueden plantearse actuaciones innovadoras relacionadas con la rehabilitación de inmuebles, la movilización de vivienda vacía, el alquiler rural o nuevos modelos de alojamiento.
Movilidad y transporte
También pueden financiarse soluciones para mejorar los desplazamientos de las personas que viven en zonas con poca población. Por ejemplo, sistemas de transporte a demanda, movilidad compartida o servicios que permitan acceder a centros educativos, sanitarios, comerciales o administrativos.
Cuidados y atención sociosanitaria
Las iniciativas pueden abordar la atención a personas mayores, dependientes o con discapacidad, así como la mejora de los servicios domiciliarios y comunitarios. Estos proyectos pueden contribuir, además, a crear empleo y a facilitar que las personas permanezcan en su entorno habitual.
Cultura y patrimonio local
Las ayudas también pueden impulsar proyectos que recuperen, conserven o den nuevos usos al patrimonio cultural, histórico, industrial o natural. No obstante, la actuación debe integrarse en una estrategia más amplia de transformación territorial y no limitarse únicamente a conservar un inmueble o celebrar una actividad aislada.
Digitalización y mejora de servicios
Pueden desarrollarse herramientas digitales que faciliten el acceso a servicios públicos, formación, comercio, teletrabajo o atención profesional. La tecnología debe responder a una necesidad concreta del territorio y no presentarse como un fin en sí misma.
Adaptación al cambio climático
También pueden subvencionarse proyectos relacionados con la prevención de riesgos climáticos, la gestión sostenible del agua, la restauración ambiental o el aumento de la resiliencia de los municipios rurales.
Los ámbitos incluidos en la propuesta provisional para entidades locales de 2026 confirman la variedad de los proyectos: bioeconomía, resiliencia climática, cuidados, transporte, emprendimiento, cultura, vivienda e innovación.
¿Qué debe tener un proyecto para considerarse innovador?
La innovación no exige necesariamente desarrollar una tecnología inédita. Un proyecto puede considerarse innovador cuando introduce en el territorio:
- Un servicio que antes no existía.
- Una nueva forma de prestar un servicio conocido.
- Un modelo de colaboración entre administraciones, empresas y entidades sociales.
- Una solución aplicada con éxito en otro lugar y adaptada a las necesidades locales.
- Un sistema que mejore de manera significativa una actividad ya existente.
- Una respuesta que pueda reproducirse posteriormente en otros municipios.
Lo importante es explicar qué necesidad se pretende resolver, qué diferencia al proyecto de las actuaciones habituales y qué resultados concretos puede generar.

Además, los proyectos deben presentar una visión integral de las dificultades demográficas de la zona y, preferentemente, proponer respuestas que puedan transferirse a otros territorios rurales.

¿En qué territorios deben desarrollarse los proyectos?
Las ayudas están destinadas principalmente a zonas rurales con problemas demográficos. Tras la modificación de las bases reguladoras aprobada, el ámbito territorial no queda reducido exclusivamente a municipios con menos de 5.000 habitantes. También pueden admitirse determinadas actuaciones en otros municipios o agrupaciones territoriales cuando se cumplan las condiciones previstas en la normativa. Entre los territorios que pueden resultar elegibles se encuentran:
- Municipios con menos de 5.000 habitantes.
- Determinados municipios de entre 5.000 y 20.000 habitantes con baja densidad de población.
- Núcleos, aldeas, pedanías, parroquias u otras entidades de población con menos de 5.000 habitantes, aunque pertenezcan a un municipio de mayor tamaño.
- Agrupaciones de municipios o áreas funcionales no urbanas que desarrollen una estrategia territorial conjunta.

La convocatoria correspondiente a cada modalidad debe consultarse con atención, ya que puede concretar los límites de población, densidad y localización aplicables a los proyectos.
¿Cuánto dinero se puede recibir?
Las ayudas de la convocatoria anterior podían cubrir hasta el 90 % del coste subvencionable del proyecto, con un máximo de 300.000 euros por solicitud.
Esto significa que el beneficiario debe aportar o conseguir financiación para cubrir, al menos, la parte del proyecto que no sea subvencionada.
Por ejemplo, si una iniciativa tiene un coste subvencionable de 100.000 euros, la ayuda podría alcanzar como máximo 90.000 euros. El solicitante tendría que financiar los 10.000 euros restantes.
La cantidad finalmente concedida depende, entre otros factores: presupuesto presentado, gastos considerados subvencionables, puntuación obtenida por el proyecto, crédito disponible, límites establecidos para cada modalidad o aplicación, cuando corresponda, de la normativa sobre ayudas de Estado o ayudas de minimis.
¿Cuáles son los requisitos generales?
Los requisitos concretos dependen de la modalidad, pero los solicitantes deben cumplir, con carácter general, las condiciones establecidas en la Ley General de Subvenciones, las bases reguladoras y la convocatoria.
Entre otras obligaciones, normalmente deben:
- Estar legalmente constituidos o dados de alta.
- Tener capacidad para ejecutar el proyecto.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias.
- Estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
- No encontrarse en una causa que impida obtener subvenciones.
- Aportar una memoria técnica del proyecto.
- Presentar un presupuesto detallado.
- Explicar el carácter innovador de la iniciativa.
- Acreditar el impacto esperado sobre el territorio.
- Disponer de medios para financiar la parte no cubierta por la subvención.
- Justificar posteriormente las actuaciones y los gastos.
Las pymes, autónomos y entidades de la economía social deben cumplir además los requisitos empresariales y económicos previstos para la modalidad C. La sede electrónica del MITECO identifica expresamente como posibles beneficiarios a las pymes, las personas en situación de autoempleo y las entidades de la economía social.
¿Cómo se presentan las solicitudes?
La convocatoria de 2025 se tramitó electrónicamente mediante la plataforma PLATERO del MITECO.
La presentación de solicitudes de la última convocatoria ya no está disponible porque el plazo terminó el 20 de enero de 2026. La documentación publicada continúa siendo útil para conocer los criterios y preparar un posible proyecto de cara a futuras convocatorias.

Preguntas frecuentes
¿Las ayudas del MITECO son únicamente para repoblar municipios?
Las ayudas del MITECO están destinadas a financiar proyectos innovadores para la transformación territorial y la lucha contra la despoblación.
¿Puede solicitar la ayuda una persona particular?
Una persona particular que no desarrolle una actividad económica no figura entre los beneficiarios. Sí pueden participar las personas trabajadoras autónomas que cumplan las condiciones de la modalidad empresarial, además de entidades locales, organizaciones sin ánimo de lucro, pymes y entidades de la economía social.
¿Pueden solicitarla las asociaciones?
Sí. Las asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro pueden participar a través de la modalidad B, siempre que estén legalmente constituidas y cumplan los requisitos establecidos en las bases y en la convocatoria.
¿Pueden solicitarla los ayuntamientos?
Sí. Los ayuntamientos se encuentran entre los posibles beneficiarios de la modalidad A para entidades locales. También pueden participar otras administraciones locales y determinadas agrupaciones.
Ahora ya sabes
Las ayudas del MITECO para proyectos innovadores tienen como objetivo impulsar la transformación territorial y afrontar los problemas demográficos de las zonas rurales.
No están destinadas exclusivamente a repoblar municipios. También pueden financiar iniciativas de emprendimiento, creación de empleo, vivienda, transporte, cuidados, cultura, digitalización, bioeconomía, servicios públicos o adaptación climática.


