El Bono Social Término es una ayuda económica que se brinda en todo el territorio español para que quienes atraviesan dificultades económicas puedan disminuir los gastos necesarios durante los meses más fríos del año.
Este bono presenta algunas modificaciones y especificaciones en las diferentes comunidades autónomas. En Ayuda-Social.es ya explicamos las características generales del Bono Social y cómo se implementa en las comunidades autónomas de Aragón y La Rioja y todo el resto. En este artículo nos centraremos específicamente en el Bono Social Térmico de la Comunidad Autónoma de Madrid.
- Qué es el Bono Social Térmico de Madrid
- Cuantía del Bono Social Térmico de Madrid
- Cuantía del Bono Social Térmico Madrid
- Requisitos para acceder al Bono Social Térmico de Madrid
- Documentación a presentar para la solicitud
- Cómo solicitar el Bono Social Térmico de Madrid
- Información complementaria
- Preguntas frecuentes
- Ahora ya sabes
Qué es el Bono Social Térmico de Madrid
El Bono Social Térmico de Madrid es un descuento sobre la factura eléctrica al que tienen derecho los consumidores que se encuentran en las tarifas de Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) y que cumplan con los requisitos de consumidores vulnerables, vulnerables severos y de exclusión social.
Cuantía del Bono Social Térmico de Madrid
El Bono Social Térmico de Madrid representa descuentos porcentuales en la factura de luz. Los consumidores vulnerables tendrán descuentos del 65% y los vulnerables severos del 80%.
Los vulnerables severos que además estén siendo atendidos por los servicios sociales de una administración autonómica o local serán considerados en riesgo de exclusión social y, si pagan al menos el 50% del coste de su factura, no se les podrá interrumpir el servicio. El pago del Bono Social Térmico de Madrid se realiza de forma anual.
Además, en la legislación del Bono Social Térmico de Madrid se establecen unos límites máximos de consumo eléctrico a los que es aplicable el bono social con el fin de asegurar la eficiencia en el consumo. La energía suministrada al consumidor vulnerable y vulnerable severo por encima de dichos límites le será facturada al precio del PVPC.
Los límites máximos al consumo, en kilovatio hora (kWh) son:
- 1.587, para la unidad familiar sin menores (demandante individual).
- 2.222, para la unidad familiar con un menor.
- 2.698, para la unidad familiar con dos menores.
- 4.761, para las familias numerosas.
- 2.221,8 para pensionistas e IMV.
Cuantía del Bono Social Térmico Madrid
La cuantía a percibir irá en función del grado de vulnerabilidad del consumidor y de la zona climática a la que pertenezca la vivienda. Como mínimo, los consumidores recibirán 90 euros.
Requisitos para acceder al Bono Social Térmico de Madrid
Para tener derecho al Bono Social Térmico de Madrid, los consumidores deberán ser considerados consumidores vulnerables, consumidores vulnerables severos o consumidores en riesgo de exclusión social. A continuación, detallaremos las características de cada uno de estos tipos de consumidores
1. Consumidores vulnerables
Serán considerados consumidores vulnerables aquellos acogidos al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) que contraten el suministro de electricidad en su vivienda habitual y que cumplan con alguno de los requisitos siguientes:
- Que la renta conjunta anual de la unidad de convivencia sea igual o inferior a 2 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas y superior a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas. Esta referencia al IPREM se verá incrementada en 0,3 por cada adulto de la unidad de convivencia y en 0,5 por cada menor. Actualmente, el IPREM mensual es de 600 euros.
- Ser una familia numerosa.
- Ser receptor del Salario Mínimo Vital.
- Que el propio consumidor y los miembros de la unidad de convivencia no perciban ingresos superiores a 500 euros anuales.
2. Consumidores vulnerables severos
Serán considerados consumidores vulnerables severos quienes cumplan alguna de las siguientes características:
- Tener una renta anual inferior o igual al 50% de los umbrales establecidos para ser considerados consumidores vulnerables.
- Tener una renta anual inferior o igual a 1 vez el IPREM a 14 pagas.
- Percibir una renta anual inferior o igual a 2 veces el IPREM a 14 pagas, en el caso de familias numerosas.
3. En riesgo de exclusión social
Son aquellos considerados como consumidores vulnerables severos que están siendo atendidos por los servicios sociales de una administración autonómica o local, que financie como mínimo el 50 % del importe de su factura.
No podrán ser objeto de cortes de suministros las viviendas que perciban el Bono Social Térmico de Madrid en las que vivan consumidores en riesgo de exclusión social, menores de 16 años y los hogares en los que uno de sus miembros se encuentre en situación de dependencia reconocida de grado II o III, o bien con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
Documentación a presentar para la solicitud
Junto a la solicitud se debe aportar la siguiente documentación general:
- Fotocopia del NIF o NIE del titular del punto de suministro o, en su caso, de todos los miembros de la unidad familiar.
- Certificado de empadronamiento en vigor, individual o conjunto, del titular del punto de suministro o de todos los miembros de la unidad familiar.
- Libro de familia o, en su caso, certificación de la hoja individual del Registro Civil correspondiente, en el caso de las unidades familiares.
- Copia del título de familia numerosa en vigor, en el caso de familias numerosas.
- Certificado o documento acreditativo expedido por los servicios sociales del órgano competente o al órgano que designe la Comunidad Autónoma, en caso de que se aplique alguna de las circunstancias especiales (discapacidad reconocida igual o superior al 33%, violencia de género o víctima de terrorismo).
- Consentimiento para que se pueda consultar sus datos y resolver sobre el cumplimiento de los requisitos, en el caso de los pensionistas.
La documentación necesaria para algunas casos especiales y específicos se puede consultar en este enlace, en la categoría “Documentación acreditativa”, seleccionando “Solicitud de certificados”.
Cómo solicitar el Bono Social Térmico de Madrid
Para la concesión del Bono Social Térmico de Madrid se debe rellenar una solicitud y entregarla, junto con el resto de documentación acreditativa, a la comercializadora de referencia a la que se le solicite el descuento, ya sea por teléfono, fax, correo electrónico, a través del sitio web o en sus oficinas.
La Comisión Nacional de los Mercados y a Competencia (CNMC) dispone en su sitio web un listado completo con las direcciones, números de teléfono y páginas web de todas estas compañías.
Información complementaria
A continuación, compartimos algunos aspectos a tener en cuenta:
- La comercializadora dispondrá de un plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde la recepción de la solicitud completa del Bono Social, para comunicar al solicitante el resultado de las comprobaciones efectuadas para su aplicación.
- Si existen discrepancias entre la información declarada en la solicitud y los datos que figuran en la documentación aportada, la comercializadora rechazará la solicitud e indicará expresamente en su comunicación el motivo de dicho rechazo.
- Si se cumplen con los requisitos, la comercializadora lo comunicará e indicará la fecha a partir de la cual procederá a su aplicación.
- El Bono Social Térmico de Madrid se puede percibir por dos años, salvo que con anterioridad se produzca la pérdida de alguna de las condiciones que dan derecho a su percepción. Este plazo puede renovarse. En el caso de las familias numerosas, el bono se mantiene hasta que caduque el título de familia numerosa por el que se concedió.
- Dos meses antes de la finalización del periodo de dos años de percepción del bono social, el comercializador de referencia comprobará y comunicará al consumidor si se cumplen los requisitos que otorgan a la persona titular de punto de suministro el derecho a percibir el bono social. En caso positivo, el bono social se prorrogará automáticamente durante otros dos años.
Preguntas frecuentes
¿Qué descuentos ofrece el Bono Social Térmico?
Los consumidores vulnerables reciben un 65% de descuento, mientras que los vulnerables severos obtienen un 80%. Leer más aquí.
¿Cómo se determina la cuantía del bono?
La cantidad varía según el grado de vulnerabilidad del consumidor y la zona climática de su vivienda, siendo el mínimo 90 euros. Leer más aquí.
Ahora ya sabes
Si vives en la Comunidad Autónoma de Madrid, tienes dificultades económicas y cumples los requisitos mencionados en este artículo tienes derecho a cobrar el Bono Social Térmico, que te permitirá obtener descuentos en el pago de tu factura.