El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones anunció el 31 de julio de 2024 un nuevo acuerdo con la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME), la Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CCOO) y la Unión General de Trabajadores (UGT).
El acuerdo alcanzado por la Mesa de Diálogo Social de Seguridad Social trata diversas temáticas pero tiene como eje central la flexibilización de la jubilación parcial y la activa.
En este artículo explicaremos los puntos más importantes y compartiremos cómo acceder al documento oficial que detalla todas las medidas.
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Declaraciones oficiales de la ministra Elma Saiz
La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, sostuvo, a través del comunicado publicado en el sitio web del Ministerio, que «el acuerdo alcanzado es de máxima relevancia para los pensionistas de hoy y del futuro y para los desafíos de nuestro mercado de trabajo, ya que acaba con la dicotomía entre trabajador y pensionista y se adapta a las necesidades de cada persona».
«El diálogo, la escucha y el consenso es la única forma de proceder de este Ministerio y la única fórmula para que las reformas pactadas sean duraderas y tengan un efecto verdaderamente beneficioso y transformador en la sociedad», sostuvo Saiz.
El encargado de presidir la Mesa de Diálogo Social de Seguridad Social fue el secretario de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, Borja Suárez, quien destacó el «arduo trabajo y la voluntad de acuerdo que han mostrado» los agentes sociales de cara a lograr el consenso y «la capacidad para debatir mejoras en las propuestas que hemos ido planteando, lo que supone la base del éxito de estas medidas y la garantía de su vigencia a medio y largo plazo».
Novedades alcanzadas en el acuerdo
Según la información publicada en en el sitio web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, se consensuó lo siguiente:
- Una nueva regulación de la jubilación parcial y de la jubilación activa para hacerla más atractiva y mejorar la compatibilidad de empleo y pensión.
- Fijar el marco para un mejor aprovechamiento de los medios asistenciales de las mutuas para las pruebas diagnósticas y tratamientos en los procesos de Incapacidad Temporal de origen traumatológico.
- Definir el procedimiento para establecer coeficientes reductores de la edad de jubilación para ocupaciones especialmente penosas o peligrosas.
- Mejorar la jubilación demorada con la posibilidad de recibir incentivo adicional por cada seis meses de demora a partir del segundo año y con su compatibilidad con la jubilación activa.
A continuación, detallamos estas modificaciones tomando como base lo informado por la Mesa de Diálogo Social de Seguridad Social.
Mejorar el tránsito del trabajo a la jubilación
Se ha logrado un punto de entendimiento en los avances para la regulación de las modalidades de compatibilidad de trabajo y pensión, en concreto, en lo que se refiere a la jubilación activa y a la jubilación parcial. El objetivo es que los trabajadores «puedan realizar una salida del mercado de trabajo más progresiva y flexible» más adaptada a las «condiciones y situaciones» de cada trabajador.
También se eliminó el requisito de tener una carrera de cotización completa para acceder a la jubilación activa para facilitar el acceso a la misma. Esta medida, aseguran, tiene una especial incidencia desde la perspectiva de género. Este tipo de jubilación será compatible con los incentivos de demora y su compatibilidad se fijará en función del tiempo que se demore (por cada año de demora en la jubilación activa se incrementará el % a aplicar en el percibo de la pensión).
También se decidió realizar modificaciones en la jubilación parcial, al ampliar de 2 a 3 los años la posibilidad de anticipo, con límites en la reducción de la jornada. Además, se «mejoran las condiciones del trabajador relevista: su contratación tendrá que ser indefinida y a tiempo completo en un puesto no amortizable».
Otro cambio es en la regulación especial de la jubilación parcial anticipada para los trabajadores de la industria manufacturera: se prorrogó el marco actual hasta el 2029, inclusive. «Esta prórroga incluye algunos ajustes para mejorar las condiciones del trabajador relevista y el diseño de una regulación más equilibrada y flexible para la empresa en cuanto a la organización de la jornada del relevista y del pensionista», afirmaron. «Se mejora la jubilación demorada con la posibilidad de recibir un incentivo adicional por cada seis meses de demora a partir del segundo año y no sólo cada doce meses», añadieron.
Incapacidad temporal
El Ministerio informó que se ha logrado un punto de acuerdo en relación con la implicación de las Mutuas en la Incapacidad Temporal (IT) a la hora de colaborar con los Servicios Público de Salud en la realización de pruebas diagnósticas en patologías de origen traumatológico. Esto será voluntario para los ciudadanos.
Además, se «ha avanzado» en «en abrir una línea de trabajo que permita hacer un seguimiento de indicadores de IT, de acuerdo con lo establecido en el AENC, con la constitución de una comisión de control para el seguimiento y control de estos convenios y el análisis de la evolución de la Incapacidad Temporal».
Coeficientes reductores de la edad de jubilación
También se trabajó en un procedimiento para establecer coeficientes reductores de la edad de jubilación para ocupaciones especialmente penosas o peligrosas. «Esta nueva regulación se basa, fundamentalmente, en determinar las circunstancias objetivas que permiten establecer coeficientes reductores para a rebajar la edad de jubilación, como puedan ser: la incidencia, persistencia y duración de los procesos de baja médica; así como las declaraciones de incapacidades permanentes y los fallecimientos», informan.
Mejoras para los trabajadores fijos discontinuos
El acuerdo alcanzado incluye, afirman, «mejoras en las condiciones de acceso a la jubilación para los trabajadores fijos discontinuos que recuperan el coeficiente multiplicador del 1,5 que se aplicaba a la hora de calcular el periodo de carencia para acceder a la pensión de jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia».
Acceso a todos los acuerdos alcanzados
El detalle pormenorizado de todos los acuerdos alcanzados, sus implicancias y su aplicación se encuentran disponibles en este documento compartido por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Preguntas frecuentes
¿Cuáles son las principales modificaciones informadas por la Seguridad Social?
Algunos acuerdos alcanzados son una nueva regulación de la jubilación parcial y de jubilación activa, la fijación del marco para un mejor aprovechamiento de los medios asistenciales de las mutuas para las pruebas diagnósticas y tratamientos en los procesos de Incapacidad Temporal de origen traumatológico, la implementación de coeficientes reductores de la edad de jubilación para ocupaciones especialmente penosas o peligrosas y mejoras en las jubilaciones demoradas. Leer más aquí.
¿Dónde puedo ver todas las modificaciones?
Todos los detalles del acuerdo se encuentran disponibles en el sitio web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Leer más aquí.
Ahora ya sabes
El Gobierno español acordó con la CEOE, la CEPYME, la CCOO y la UGT, a fines de julio de 2024, modificaciones en las jubilaciones y en diversas cuestiones relacionadas con la Seguridad Social.