El alquiler de vivienda sigue siendo una de las principales preocupaciones para muchas familias en la Comunidad Valenciana. Para aliviar esta carga económica, la Generalitat Valenciana ofrece ayudas al alquiler dirigidas a personas y unidades de convivencia con ingresos bajos o moderados. A continuación, te informamos sobre los detalles de la convocatoria de 2025.

En Ayuda-Social.es te informamos sobre diferentes ayudas y beneficios en España y por comunidad autónoma. En esta ocasión, en materia de vivienda, te contamos qué son las ayudas para la vivienda en la comunidad valenciana y cómo puedes solicitarlas paso a paso.
- ¿Qué son las Ayudas al Alquiler de Viviendas de la Generalitat Valenciana?
- Requisitos para solicitar la ayuda
- ¿Cuándo me pueden denegar la ayuda?
- Cuantía de la ayuda
- Plazos y convocatoria
- Cómo pedir la ayuda a la vivienda en Valencia
- Preguntas frecuentes
- Ahora ya sabes
¿Qué son las Ayudas al Alquiler de Viviendas de la Generalitat Valenciana?
Las Ayudas al Alquiler de Viviendas de la Generalitat Valenciana tienen como objetivo facilitar el acceso a una vivienda digna a sectores de población con escasos medios económicos. Estas ayudas están enmarcadas en el Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025 y se gestionan a través de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio.
Requisitos para solicitar la ayuda
Las Ayudas al Alquiler se encuentran dirigidas a todas las personas físicas mayores de edad que cumplan el límite de precio de arrendamiento y unas condiciones de ingresos determinadas, entre ellas:
- Nacionalidad: Ser persona física mayor de edad con nacionalidad española, de algún Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, o disponer de autorización de residencia legal en España.
- Contrato de alquiler: Ser titular de un contrato de alquiler de vivienda o cesión de uso, con una duración mínima de un año.
- Residencia habitual: La vivienda debe constituir la residencia habitual y permanente del solicitante y de todas las personas que integran la unidad de convivencia.
- Ingresos: Los ingresos anuales de la unidad de convivencia deben ser inferiores a:
- 3,5 veces el IPREM (aproximadamente 25.200 € anuales en 2025).
- Hasta 4 veces el IPREM en caso de familia numerosa general o personas con discapacidad.
- Hasta 5 veces el IPREM si se trata de familia numerosa de categoría especial o personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 65%.
- Empadronamiento: Estar empadronado en la vivienda objeto del contrato antes de la solicitud.
- Propiedad: No ser propietario o usufructuario de otra vivienda en España, salvo excepciones justificadas.
¿Cuándo me pueden denegar la ayuda?
Lo harán si la persona solicitante o alguna de las que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada o cedida sea propietaria o usufructuaria de alguna vivienda en España. Quedarán exceptuados, no obstante, quienes acrediten la no disponibilidad de la vivienda por causa de separación o divorcio, por cualquier otra causa ajena a su voluntad o cuando la vivienda resulte inaccesible por razón de discapacidad del titular o de algún miembro de la unidad de convivencia.
Tampoco tendrán acceso a las ayudas aquellas personas que tengan un parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con la persona arrendadora o cedente de la vivienda.
Cuantía de la ayuda
La ayuda puede cubrir hasta el 50% del importe del alquiler mensual durante un máximo de 12 mensualidades devengadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. En casos de especial vulnerabilidad, la ayuda puede alcanzar hasta el 75%.
Plazos y convocatoria
- Convocatoria 2025: La convocatoria para el ejercicio 2025 se publicó en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana el 21 de julio de 2025.
- Plazo de solicitud: Desde el 22 de julio hasta el 11 de agosto de 2025.
- Alegaciones y aportación de documentación: Desde el 22 de julio de 2025.
Cómo pedir la ayuda a la vivienda en Valencia
La solicitud se puede realizar de forma telemática a través del portal oficial de la Generalitat Valenciana. Es necesario disponer de certificado digital o sistema Cl@ve. En caso de no disponer de estos medios, se puede autorizar a otra persona para que realice la tramitación en nombre del solicitante. Además, se puede solicitar cita previa en los Servicios Territoriales de Vivienda para recibir asistencia presencial.
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Preguntas frecuentes
¿Cuánto se puede recibir por las Ayudas al Alquiler?
La cuantía de la ayuda varía según los ingresos de la unidad de convivencia. Puede cubrir hasta el 50% del alquiler mensual durante un máximo de 12 meses, con la posibilidad de aumentar esta cantidad hasta el 75% en casos de especial vulnerabilidad.
¿Puedo solicitar la ayuda si soy propietario de otra vivienda?
No se concede la ayuda a personas que sean propietarias o usufructuarias de otra vivienda en España, excepto en casos específicos como separación, divorcio o situaciones de discapacidad.
¿Quiénes pueden solicitar las Ayudas al Alquiler en la Comunidad Valenciana?
Las ayudas están disponibles para personas físicas mayores de edad que sean titulares de un contrato de arrendamiento o cesión de uso de una vivienda, y que cumplan con los requisitos.
Ahora ya sabes
Las Ayudas al Alquiler que se otorgan en la Comunidad Valenciana pueden alivianar en gran medida el gasto y ser un importante soporte. Si te encuentras entre los posibles beneficiarios y cumples con todas las condiciones y requisitos establecidos, haz uso de tus derechos y solicita las subvenciones cuando el plazo se encuentre disponible para ello.


