La nueva Ley de Familias, que ha sido aprobada por el Consejo de Ministros el pasado martes 28 de marzo, buscará apoyar a los hogares más vulnerables, con varios cambios en su normativa, entre ellos el que reformula y amplía la ayuda de 100 euros mensuales para las familias con hijos de 0 a 3 años, como habíamos adelantado en Ayuda-Social.es.
El proyecto de ley, impulsado por la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2023, Ione Belarra, incorpora nuevas medidas en materia de apoyo a la crianza y protección y reconocimiento de los distintos tipos de familia: entre ellas, deja de lado el término “familias numerosas” y lo reemplaza por aquellas con “mayores necesidades de apoyo a la crianza”.
A continuación, analizamos un tema de actualidad y les explicamos todos los puntos clave a conocer.
Ayuda 100 euros o Renta Crianza
El proyecto de ley señala, en su artículo 10, que las familias con menores de 3 años de edad tienen derecho a una prestación económica de apoyo a la crianza.
Lo que sucede con la nueva Ley de Familias es una extensión del beneficio que ya existía y que hasta ahora podían percibir únicamente madres trabajadoras con hijos de hasta tres años. Ahora, por lo tanto, la ayuda podrá ser solicitada también por aquellas madres estén percibiendo una prestación por desempleo, contributiva o no, y las que tengan un empleo a tiempo parcial o temporal. La medida beneficiará a 250.000 madres, según cálculos oficiales.
«La ley de familias supone un refuerzo estructural a la crianza. Sabemos que en nuestro país las mujeres no tienen más hijos no porque no quieran, sino porque no se lo pueden permitir. Criar un niño supone un gran esfuerzo económico. Por eso con esta ley ampliamos la ayuda de 100 euros al mes por hijo o hija a cargo hasta los 3 años», ha destacado la ministra Belarra en un video publicado en la red social Twitter.
¿Quiénes pueden solicitar la ayuda?
Veamos, entonces, quiénes pueden convertirse en beneficiarios de la ayuda:
- Madres que reciban una prestación por desempleo, contributiva o no.
- Madres que tengan un empleo a tiempo parcial o completo (la persona en cuestión tendrá que estar dada de alta en la Seguridad Social o Mutualidad al menos 30 días).
- Familias que se encuentren en situación de monoparentalidad y monomarentalidad porque uno de los progenitores esté ingresado durando más de un año o permanezca en prisión o porque la custodia solo la tenga uno de ellos
- El padre o tutor en caso de fallecimiento de la madre
- Tienen derecho a solicitar la ayuda progenitores del mismo sexo.
¿Cómo solicitar la ayuda de 100 euros?
Con los cambios de la nueva ley, se han ampliado los supuestos para acceder a la ayuda, que forma parte de la deducción por maternidad de la Agencia Tributaria (IRPF).
Por ende, las madres o familias que cumplan con los requisitos mencionados pueden aplicar a la deducción a través de dicho organismo al momento de realizar la declaración de renta.
El pago podrá ser o bien a través de un pago único o por medio de una deducción en la Agencia Tributaria. También pueden solicitar el reembolso de los 1200 euros (100 por mes) de manera anticipada.
4 maneras de pedir la ayuda de 100 euros
- Por vía telemática. Desde la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria a través del Número de Identificación Fiscal (NIF), DNI electrónico o con un navegador con el certificado electrónico instalado.
- Por teléfono. A través del Centro de Atención Telefónica de la Agencia Tributaria (901 200 374), cuyo número es gratuito.
- De forma presencial. Desde cualquier Delegación o Administración de la Agencia Tributaria con el modelo 140 cubierto.
- Correo Postal. Mediante el envío del formulario 140 a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Algunas claves importantes
- La ayuda podrá ser solicitada por quienes, por ejemplo, cobren subsidios de paro o subsidios por desempleo.
- Es requisito indispensable haber cotizado por lo menos 30 días a la Seguridad Social.
- No podrán acceder a la renta crianza quienes no hayan trabajado nunca.
- La ayuda puede ser solicitada por progenitores del mismo sexo.
- Las madres que trabajen a tiempo parcial o temporal cobrarán la ayuda completa.
- Se verán beneficiadas de esta prestación las mujeres que coticen 30 días a partir del parto, aunque previamente no cumplieran los requisitos.
Tramitación parlamentaria
Recién aprobada por el Consejo de Ministros, la normativa pasará al Congreso de Diputados, donde se elaborará un dictamen. Luego se producirá la votación en el pleno y se ratificará en el Senado. Por lo tanto, la nueva Ley de Familias entrará en vigor una vez que haya sido aprobada y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Ahora ya sabes
Con la futura aprobación y publicación de la nueva Ley de Familias, más hogares tendrán la posibilidad de acceder a una ayuda que contribuirá a la crianza de vuestros niños. Pon atención a los requisitos y prepara tus documentos.
Si tienes dudas, recuerda que puedes entrar en contacto con los canales oficiales, ya sea del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 o también con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.