Ayuda económica para el descanso del cuidador de dependientes en Castilla y León

Por Sebastián M.
Publicado el 24 de octubre, 2023
Tiempo estimado de lectura: 7 minutos

La Junta de Castilla y León tiene a disposición de los cuidadores de personas con un grado III de dependencia una ayuda económica que permite aliviar parte del coste que supone la estancia de esa persona en un centro residencial durante un mes al año. La cuantía, que varía según cada caso particular, le permite a los cuidadores “descansar” durante un máximo de 30 días al año mientras la persona dependiente se encuentra en un centro residencial. 

Cuidadores de personas con dependencia pueden acceder a una ayuda monetaria si la persona acude a un centro residencial.
Cuidadores de personas con dependencia pueden acceder a una ayuda monetaria si la persona acude a un centro residencial.

En Ayuda-Social.es ya contamos diversas ayudas relacionadas con la dependencia. En esta oportunidad, nos centramos en la ayuda económica para el descanso del cuidador que se puede solicitar en la comunidad autónoma de Castilla y León. 

Quiénes pueden recibir la ayuda para el descanso del cuidador

Pueden acceder a la ayuda para el descanso del cuidador las personas con un grado III de dependencia que tengan reconocida la prestación económica de cuidados en el entorno familiar, no estén sometidas a un sistema de rotación de cuidadores y que tengan incluido en su Programa Individual de Atención (PIA) el servicio de atención residencial.

Tres grados de dependencia

La dependencia es el estado de carácter permanente en el que se encuentran las personas que, por razones de edad, enfermedad o discapacidad, junto con la falta o pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o de ayudas importantes para realizar las actividades básicas de la vida diaria.

Para acceder a la ayuda económica, las personas que residan en el centro deben tener acreditada una dependencia de grado III.

Los grados de dependencia son los siguientes: 

  1. I es cuando la persona necesita ayuda al menos una vez al día para realizar varias actividades y/o apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.
  2. II se considera cuando la persona necesita ayuda dos o tres veces al día para realizar varias actividades y/o apoyo extenso pero no permanente para su autonomía personal.
  3. III es cuando la persona necesita ayuda varias veces al día para realizar varias actividades y/o apoyo indispensable y continuo de otra persona por la pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial o apoyo generalizado para su autonomía personal
Pueden acceder a la ayuda para el descanso del cuidador las personas con un grado III de dependencia.
Pueden acceder a la ayuda para el descanso del cuidador las personas con un grado III de dependencia.

Cómo solicitar el reconocimiento de la situación de dependencia

El reconocimiento de la situación de dependencia, ante la Junta de Castilla y León, se obtiene a través de este enlace. Allí se tramita el reconocimiento inicial de la situación de dependencia, se establece el nivel de dependencia y las prestaciones a percibir y se establece el Programa Individual de Atención (PIA) y su correspondiente reconocimiento de las prestaciones. En caso de necesitar ayuda, los interesados se pueden comunicar telefónicamente al 983 415 194 y al 983 412 251.

También pueden acudir a los Centros de Acción Social «CEAS» dependientes de las Diputaciones Provinciales y de los Ayuntamientos con más de 20.000 habitantes. 

Cuantía de la ayuda para el descanso del cuidador 

El valor de la ayuda varía teniendo en cuenta las características de cada uno de los interesados. Al momento de solicitar el reconocimiento del grado de dependencia, como se explicó en el párrafo anterior, se establecerá el Programa Individual de Atención (PIA), en el que se detalla si corresponde o no el acceso a la ayuda económica para el descanso del cuidador. En caso afirmativo, será la Junta de Castilla y León la que determine la cuantía de la ayuda, teniendo en cuenta el entorno socio-económico familiar.

Flexibilidad del plazo en el centro residencial 

No es necesario que la persona con dependencia utilice el centro residencial durante 30 días corridos ni, tampoco, que acuda en un total de 30 días por año. Se puede asistir al centro residencial por un plazo menor, o incluso no asistir. 

Siempre se ajustará la cuantía proporcional a recibir a los días que la persona estuvo en el centro residencial. 

Cómo recibir la ayuda para el descanso del cuidador 

Para percibir la ayuda para el descanso del cuidador, la persona con dependencia deberá permanecer durante un máximo de un mes al año en un centro residencial privado que esté autorizado para atender a personas asistidas. Luego se deberá presentar la factura a la Junta de Castilla y León. Hay un plazo de hasta cuatro años para presentar dicha factura. 

Esta ayuda es compatible con la prestación económica de cuidados en el entorno familiar.

El valor de la ayuda varía, teniendo en cuenta las características de cada uno de los interesados.
El valor de la ayuda varía, teniendo en cuenta las características de cada uno de los interesados.

Cómo solicitar la ayuda para el descanso del cuidador

La ayuda económica para el descanso del cuidador de una persona dependiente se solicita de manera virtual. Para eso se debe disponer de un certificado electrónico. Luego se presentan tres opciones: solicitarla a través de la aplicación cumplimentando los datos, solicitarla completando un formulario PDF y enviándolo virtualmente o mediante un formulario web. La información completa sobre cómo solicitar la ayuda, paso a paso, se encuentra en este enlace en la pestaña “Pasos para la tramitación electrónica (en linea)». En todos los casos, se deberá adjuntar la documentación requerida. 

Posibilidad de elegir el centro residencial 

Las personas podrán elegir el centro residencial que prefieran, siempre y cuando esté autorizado y adherido a este programa y se ofrezcan plazas que cumplan con las condiciones requeridas para estas estancias temporales. 

Los centros adheridos se pueden consultar en el archivo que compartimos aquí abajo.

Documentación a presentar 

Se deberá presentar la documentación requerida por cada centro residencial junto a la solicitud de la plaza que incluye una declaración responsable del cuidador sobre tratamientos, necesidades específicas de alimentación y cuidados, etc. También se deberán adjuntar los informes médicos que se dispongan.

Dónde obtener más información

En el caso de requerir más información se puede consultar en este enlace o llamar al 012. 

Ahora ya sabes

Las personas con un grado de dependencia III que tengan incluido en su Programa Individual de Atención (PIA) la ayuda económica para el descanso del cuidador podrán acceder a una ayuda monetaria a definir por la Junta de Castilla y León para alivianar los gastos generados por la permanencia en un centro residencial por un máximo de 30 días, lo que le permitiría descansar a su cuidador.  

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Sebastián M.

Sebastián M.

Soy periodista, licenciado en Ciencias de la Comunicación y un apasionado por la escritura que ha trabajado en diversos medios. Colaboro con Ayuda-Social.es para explicar de la manera más sencilla posible cómo acceder a los diversos beneficios sociales.

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