Los becarios no remunerados ya cotizan a la Seguridad Social

Por Sebastián M.
Actualizado el 29 de octubre, 2024
Tiempo estimado de lectura: 7 minutos

Desde el 1 de enero de 2024 los alumnos universitarios y de formación profesional que realizan prácticas formativas no remuneradas cotizan a la Seguridad Social. Hasta esa fecha, los únicos alumnos universitarios y de formación profesional que cotizaban a la Seguridad Social eran los que realizaban prácticas remuneradas.

Esta resolución les permite comenzar una carrera de cotización y generar derechos para cobrar una futura pensión. 

Desde el 1 de enero de 2024 los alumnos que realicen prácticas formativas no remuneradas cotizan a la Seguridad Social.
Desde el 1 de enero de 2024 los alumnos que realicen prácticas formativas no remuneradas cotizan a la Seguridad Social.

Además, cotizar a la Seguridad Social les permite a los alumnos estar protegidos durante el desempeño de sus prácticas en caso de accidente. 

Exclusiones de la cobertura

Los alumnos que realizan las prácticas quedan desde el 1 de enero de 2024 en igualdad de condiciones ante la Seguridad Social que los trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General. La única excepción es si la práctica o formación se realiza a bordo de embarcaciones: en ese caso la inclusión se producirá en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar. 

Los alumnos que realizan prácticas, remuneradas o no, quedan excluidos de la protección por desempleo, de la cobertura del Fondo de Garantía Salarial y por Formación Profesional. Además, tampoco aportarán al Mecanismo de Equidad Intergeneracional. 

En el supuesto de las prácticas no remuneradas se excluirá también la protección por la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.

Cuantía a cotizar

La base mensual de cotización aplicable para los alumnos que realicen prácticas no remuneradas será el resultado de multiplicar la base mínima del grupo 8 de cotización del Régimen General de la Seguridad Social (38,89 euros mensuales) por el número de días de prácticas formativas realizadas. 

Cada día de prácticas formativas no remuneradas será considerado como 1,61 días cotizados, sin que pueda sobrepasarse el número de días del mes correspondiente.

Cotizar también da derecho a poder acceder a ayudas sociales. Sin embargo, también hay ayudas que se pueden solicitar sin haber cotizado nunca, muchas de las cuáles se pueden conocer en este otro artículo de Ayuda-Social.es.

Desde el 1 de enero de 2024 los alumnos universitarios y de formación profesional que realizan prácticas formativas no remuneradas cotizan a la Seguridad Social.
Desde el 1 de enero de 2024 los alumnos universitarios y de formación profesional que realizan prácticas formativas no remuneradas cotizan a la Seguridad Social.

Una medida que podría ser retroactiva

Aunque todavía no fue confirmado, la idea es que el hecho de cotizar en la Seguridad Social sea retroactivo hasta cinco años. Esto quiere decir que los alumnos que realizaron prácticas profesionales no remuneradas en los últimos cinco años podrán incluir esos años de trabajo a la Seguridad Social. 

Objetivos de la medida

El objetivo principal, explican los impulsores de la medida, es «mejorar y ampliar los derechos de los alumnos, incluyéndolos en el sistema de Seguridad Social». «Esto permite que empiecen una carrera de cotización y que estén cubiertos por la acción protectora de la Seguridad Social mientras realizan las prácticas. Se favorece así a los estudiantes, y en concreto a los más jóvenes, fortaleciendo su conexión con la Seguridad Social e incentivando su formación», argumentan.

Prácticas incluidas en la Seguridad Social

Las prácticas que cotizarán en la Seguridad Social son: 

  • Prácticas realizadas por alumnos universitarios, ya sea para obtener una titulación oficial (grado, máster o doctorado) o para un título propio de la universidad. 
  • Prácticas realizadas por alumnos de formación profesional, siempre que no se presten en el régimen de formación profesional intensiva, es decir, siempre que no tengan carácter laboral. 
  • Las prácticas realizadas por alumnos de enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas del sistema educativo.

Estar incluidos en el sistema de Seguridad Social tiene dos efectos fundamentales: 

  1. Los alumnos tendrán cotizados los períodos en que hayan realizado prácticas. Esto implica que dichos períodos se computarán como cotizados para la generación de futuros derechos. Por ejemplo, se tendrán en cuenta a la hora de solicitar una posible pensión. 
  2. Los alumnos podrán beneficiarse de la protección que ofrece la Seguridad Social mientras realicen las prácticas. Así, estarán protegidos, por ejemplo, en caso de accidente. 
Cotizar a la Seguridad Social les permite a los alumnos estar protegidos durante el desempeño de sus prácticas en caso de accidente.
Cotizar a la Seguridad Social les permite a los alumnos estar protegidos durante el desempeño de sus prácticas en caso de accidente.

Quién dará de alta a los alumnos

Los encargados de dar de alta, y de baja, a los alumnos son las universidades, las empresas y los centros formativos. Estos también deberán cumplir con las obligaciones que se generen con la Seguridad Social.

Para poder dar de alta en el sistema de la Seguridad Social al alumno será necesario que este tenga asignado un número de la Seguridad Social (NUSS). Este número es el que lo identifica en sus relaciones con la Seguridad Social. Es posible que el alumno ya tenga un NUSS asignado previamente si ha trabajado con anterioridad o ha estado cubierto por el seguro escolar. Si no lo tuviese, la empresa, la institución, la entidad o el centro formativo que deba cumplir con las obligaciones de Seguridad Social deberá solicitar este número.

Aquí compartimos una guía para que los alumnos puedan saber si ya tienen un NUSS. 

A comienzos de marzo de 2024, el secretario de Estado de Seguridad Social y Pensiones, Borja Suárez, aseguró que cerca de 200.000 estudiantes fueron dados de alta en estos meses. 

«Es una medida extraordinariamente positiva por el mensaje que transmite a los jóvenes de la importancia de formar parte de la Seguridad Social y por la relevancia que esto atribuye a la formalidad en el desarrollo de una actividad, en este caso, previa al mercado de trabajo», sostuvo Borja Suárez en declaraciones a la prensa. 

Preguntas frecuentes

¿Cómo cotizan los becarios a la Seguridad Social?

La base mensual de cotización aplicable para los alumnos que realicen prácticas no remuneradas será el resultado de multiplicar la base mínima del grupo 8 de cotización del Régimen General de la Seguridad Social (38,89 euros mensuales) por el número de días de prácticas formativas realizadas. Cada día de prácticas formativas no remuneradas será considerado como 1,61 días cotizados, sin que pueda sobrepasarse el número de días del mes correspondiente. Leer más aquí.

¿Desde cuándo los becarios cotizan a la Seguridad Social?

Desde el 1 de enero de 2024 los alumnos universitarios y de formación profesional que realizan prácticas formativas no remuneradas cotizan a la Seguridad Social. Aunque todavía no fue confirmado, la idea es que el hecho de cotizar en la Seguridad Social sea retroactivo hasta cinco años. Esto quiere decir que los alumnos que realizaron prácticas profesionales no remuneradas en los últimos cinco años podrán incluir esos años de trabajo a la Seguridad Social. Lee más aquí.

Ahora ya sabes

Desde el 1 de enero de 2024 los alumnos universitarios y de formación profesional que realizan prácticas formativas no remuneradas cotizan a la Seguridad Social. 

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Sebastián M.

Soy periodista, Licenciado en Ciencias de la Comunicación y un apasionado por la escritura que ha trabajado en diversos medios e instituciones. Colaboro con Ayuda-Social.es para explicar de la manera más sencilla posible cuáles son los programas y las ayudas sociales disponibles para la comunidad.

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