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¿Qué derechos tienes como consumidor tras el apagón eléctrico del 28 de abril?

Escrito por Paula T. | Publicado el 06 de mayo, 2025
Tiempo estimado de lectura: 5 minutos

El apagón eléctrico de luz del pasado 28 de abril ha provocado trastornos en el país. Se cancelaron transportes, eventos, repartos online, servicios… Ante esta situación, muchas personas se preguntan: ¿y ahora qué derechos tengo?

Para responder a esta pregunta, el Gobierno ha declarado la «emergencia de interés nacional» en varias comunidades (Andalucía, Madrid, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia). Tal y como informa el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 en su guía de derechos, las personas afectadas en estas regiones, así como perjudicadas en otras zonas, tienen oficialmente la «consideración de consumidores vulnerables».

¿Qué derechos tienes como consumidor tras el apagón del 28 de abril?
Te mostramos de forma sencilla la guía ofrecida por el Gobierno.

En Ayuda-Social.es te informamos sobre las normativas y derechos en España. Esta vez te explicamos los derechos que te amparan en diferentes situaciones y qué pasos puedes dar si te has visto afectado por la interrupción del suministro eléctrico.

note
La recomendación general establecida por el Gobierno es guardar todo justificante posible (facturas, billetes, correos de confirmación…), ya que serán tu mejor respaldo si tienes que reclamar.

Servicios no prestados o interrumpidos

Si por el apagón no te entregaron un producto o no se completó un servicio, se considera una causa de fuerza mayor. Eso significa que no estás obligado a seguir cumpliendo el contrato, pero sí deben devolverte el dinero de lo que no recibiste.

En cuanto a las telecomunicaciones, si te quedaste sin servicio, la compañía debe devolverte la parte proporcional de la tarifa por los días sin conexión, siempre que esa tarifa no dependa del uso que hagas.

Cancelaciones de transporte: ¿puedes recuperar tu dinero?

  • Trenes y Autobuses

En caso de retraso superior a una hora o cancelación, las compañías ferroviarias deben ofrecerte el reembolso del billete o un transporte alternativo en fecha que convenga.

Si el tren quedó bloqueado, deben organizar un traslado desde ese punto hasta el destino o a una estación alternativa. Para los autobuses, se aplican derechos similares, con un plazo máximo de 14 días para devolver el importe del billete.

  • Transporte marítimo

También aquí, si se cancela el trayecto, puedes elegir entre reembolso o una alternativa. El dinero debe devolverse en 7 días.

  • Vuelos cancelados

Si te han cancelado un vuelo, tienes derecho a que te informen adecuadamente, te asistan y te devuelvan el dinero en un plazo de 7 días. Algunas aerolíneas pueden ofrecerte un bono, pero no estás obligado a aceptarlo si prefieres el reembolso.

También puedes solicitar un transporte alternativo tan pronto como sea. Si no estás satisfecho con la respuesta de la compañía, puedes reclamar gratuitamente ante AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea).

¿Y si se suspendió un evento al que ibas a asistir?

En caso de cancelación del evento, tienes derecho a la devolución íntegra. Debes dirigirte al proveedor a través del cual compraste la entrada para ello.

Si el evento no se canceló pero no pudiste acudir debido al apagón, conviene revisa los términos del contrato, ya que algunas condiciones podrían contemplar este tipo de circunstancias. Pero en principio, no hay garantía de reembolso si el evento sí se celebró.

Comercio electrónico y precios abusivos

Durante el apagón, no está permitido subir los precios solo porque hay más demanda en las zonas afectadas. No pueden aprovecharse de la situación para cobrar más por alojamientos o servicios online.

Además, si compraste algo por internet y no te lo entregan en el tiempo acordado (o en 30 días si no se dijo otra cosa), puedes darle al vendedor un plazo extra. Si aún así no cumple, puedes cancelar la compra y pedir que te devuelvan todo tu dinero.

Indemnizaciones por los daños sufridos

Aún no se sabe si habrá compensaciones por comida echada a perder o electrodomésticos dañados. Todo depende de cuál haya sido la causa del apagón. Mientras tanto, es buena idea revisar tu seguro, porque algunos cubren este tipo de situaciones.

note
Recuerda: eres un consumidor vulnerable: Mientras dure esta situación, tienes una protección reforzada como consumidor. Por eso, desde el Ministerio de Derechos Sociales y Consumo se insta a empresas, operadores y agencias a que faciliten los trámites, sean flexibles y den alternativas.

Toda la información provista en este artículo es oficial de la guía para el ejercicio de derechos publicada en el Ministerio.

¿Qué derechos tienes como consumidor tras el apagón del 28 de abril?
Conoce tus derechos si te has visto afectado por el apagón.

Preguntas frecuentes

¿Qué es un consumidor vulnerable?

Una persona consumidora vulnerable es aquella que, por una situación excepcional como este apagón, tiene una protección en sus derechos de consumo.

¿Qué puedo reclamar por el apagón eléctrico?

Se puede reclamar por cancelaciones en el transporte, servicios interrumpidos y precios abusivos. Aún no se sabe si habrá compensaciones por comida echada a perder o electrodomésticos dañados.

Ahora ya sabes

Tras el apagón del 28 de abril, tus derechos como consumidor están más protegidos que nunca. Tienes derecho al reembolso si te cancelaron un servicio, a recibir alternativas sin coste y a que no se aprovechen de la situación para subir precios. Guarda tus justificantes, infórmate y reclama si es necesario.

Ayuda-Social.es es una empresa independiente que ofrece información sobre diversas ayudas. No tenemos afiliación ni patrocinio de ninguna entidad gubernamental de España. Para solicitar más información o acceder a las ayudas, te recomendamos dirigirte al organismo oficial correspondiente.

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Paula T.
Periodista. En Ayuda-Social.es me dedico a informar sobre las ayudas sociales disponibles en España, compartiendo recursos y oportunidades para contribuir al bienestar de nuestra comunidad.

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