Los ciudadanos de Aragón que afronten dificultades económicas para pagar un alquiler, y que cumplan con una serie de requisitos que detallaremos, tienen derecho a solicitar el acceso a una vivienda social, gestionada por el Gobierno local, con alquileres que no superan los 300 euros mensuales.
En Ayuda-Social.es nos decicamos a explicar de forma clara y precisa las diversas ayudas sociales existentes en España para que puedas solicitarlas ante los organismos correspondientes. Ingresando aquí puedes leer otros artículos relacionados con el acceso a la vivienda.
En esta nota explicaremos todo lo relacionado con el acceso a una vivienda social en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Quiénes pueden solicitar una vivienda social en Aragón
Las viviendas para el alquiler social en la Comunidad Autónoma de Aragón estan destinadas a:
- Personas individuales que deseen solicitar un alquiler social en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Unidades de convivencia (familias) que deseen solicitar un alquiler social en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Requisitos para acceder a una vivienda social en Aragón
Para poder solicitar el acceso a una vivienda social en la Comunidad Autónoma de Aragón se deben cumplir una serie de requisitos. Estos son:
- El solicitante, o alguno de los miembros de la unidad de convivencia, debe estar empadronado en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- La persona que solicita la vivienda, o la unidad de convivencia, no debe percibir ingresos anuales que superen 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). El IPREM anual de 14 pagas está en 8.400 euros, por lo que la renta no podrá superar los 12.750 euros anuales.
- Tener necesidad de vivienda y no disponer del uso y disfrute de otra vivienda.
- Encontrarse en alguna de las condiciones siguientes:
- Afectados por situaciones catastróficas o emergencias.
- Afectados por desahucios.
- Unidad de convivencia en la que todos sus miembros se encuentren en situación de desempleo y hayan agotado las prestaciones por desempleo. O persona individual en dicha situación
- Unidad de convivencia en la que alguno de sus miembros tenga declarada discapacidad superior al 33 por ciento, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite de forma permanente para realizar una actividad laboral. O persona individual en dicha situación.
- Familia numerosa.
- Unidad de convivencia en la que exista una víctima de violencia de género, reconocida por sentencia firme, o en su defecto, orden de protección o medida cautelar de protección. O persona individual que cumpla dichos requisitos.
- Unidad familiar de convivencia de la que forme parte un menor de tres años.
- Personas mayores de 65 años, sin familiares de primer grado que residan en su municipio.
- Unidad familiar de convivencia monoparental con dos hijos a cargo.
Renta a abonar
La renta máxima a abonar por el arrendatario será de 3 euros por cada metro cuadrado de superficie útil, con un límite máximo mensual de 300 euros. Este importe se reducirá en función de la superficie útil y las condiciones de la misma.
En ningún caso la renta a abonar no superará el 40% de los ingresos de la persona individual o de la unidad de convivencia beneficiaria de la vivienda social
Documentación a presentar
Junto a la solicitud, se pedirán una serie de documentos. Estos son:
- Certificado de empadronamiento.
- Acreditación del cumplimiento de los requisitos.
- Declaración jurada del compromiso a destinar la vivienda a residencia habitual y permanente, de abonar la renta y cuidar y mantener la vivienda en debidas condiciones de uso y conservación así como del cumplimiento del resto de deberes del beneficiario.
- Declaración responsable de los ingresos
Más documentación
En el caso de no haber presentado declaración de renta por no estar obligado a ello, se aportará declaración responsable del solicitante de los ingresos percibidos, acompañada de la siguiente documentación:
- Declaración responsable de los ingresos.
- En el caso de no haber presentado declaración de renta por no estar obligado a ello, se aportará declaración responsable del solicitante de los ingresos percibidos, acompañada de la siguiente documentación:
- Fotocopia, en caso de que disponga de ello, de la certificación del centro o centros de trabajo sobre la duración y antigüedad del contrato de trabajo y de la totalidad de los ingresos percibidos o pendientes de percibir, por todos los conceptos durante el ejercicio fiscal correspondiente.
- Certificados Seguridad Social.
- Fotocopia de los certificados de altas y bajas de la Seguridad Social.
- Fotocopias de los justificantes de los ingresos trimestrales a cuenta del Impuesto sobre la renta de las personas físicas, en el caso de los trabajadores autónomos.
- Certificado de la pensión. En el caso de pensionistas, perceptores de subsidios y otras prestaciones, fotocopia del certificado de la pensión, subsidio o prestación percibida o a percibir en el ejercicio fiscal correspondiente.
- Declaración responsable del beneficiario de vivienda de la Red de Bolsas de vivienda para alquiler social de Aragón.
Información importante a tener en cuenta
El Gobierno de Aragón deja en claro que «el cumplimiento por los solicitantes de los requisitos para ser beneficiario no determina por sí solo el derecho a la asignación de una vivienda” porque puede ocurrir que “la demanda de alquiler social supere la oferta de viviendas disponibles para el alquiler en el municipio o comarca».
Además, la asignación de viviendas a los beneficiarios quedará condicionada a las disponibilidades presupuestarias.
En el caso de que el solicitante cumpla las condiciones requeridas pero no existan viviendas disponibles en el municipio o comarca solicitada, la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación comunicará al solicitante que se encuentra en situación de espera.
Sólo se admitirá una solicitud de asignación de vivienda por persona individual que viva sola o unidad de convivencia, no pudiendo una misma persona formar parte de dos o más unidades de convivencia al mismo tiempo.
Cómo se solicita una vivienda social en Aragón
En Ayuda-Social.es te explicaremos paso a paso cómo se pide el acceso a una vivienda social en Aragón, para que puedas solicitarla ante el organismo correspondiente, ajeno a nuestro sitio web.
La solicitud se puede realizar tanto de manera virtual como presencial.
Para hacerlo por Internet, se debe contar con un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve) e ingresar aquí. Es indispensable tener a mano la documentación requerida.
En caso de preferir hacerlo de forma presencial, el interesado debe pedir una cita presencial aquí. Las oficinas disponibles están detalladas en este enlace. Hay que acudir con la documentación necesario y el formulario, que compartimos a continuación, completado.
Dónde solicitar más información o ayuda
En caso de requerir más ayuda, puedes comunicarte por correo electrónico a dgvivienda@aragon.es, o llamar al 976 714 111 de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.
Ahora ya sabes
Las personas que afronten dificultades económicas o tengan problemas para acceder a una vivienda, y cumplan los requisitos mencionados, podrán solicitar al Gobierno de Aragón una vivienda social para alquilar.