El apoyo a la emancipación está presente en la mayoría de las Comunidades Autónomas. En Euskadi, por ejemplo, existe el programa Gaztelagun. Se trata de una ayuda para el alquiler destinada a jóvenes de entre 18 y 36 años.
Esta subvención consiste en el pago mensual de un porcentaje de la totalidad de dicho alquiler, siempre y cuando la vivienda se encuentre ubicada en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
¿Quieres saber más acerca de esta ayuda? Desde nuestra plataforma te contamos toda la información necesaria. No dejes de leer este artículo de Ayuda-Social.es.
¿En qué consiste el programa Gaztelagun?
El programa Gaztelagun consiste en el pago mensual de un porcentaje de la renta abonada por el alquiler de una vivienda libre ubicada en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Según la convocatoria oficial, la duración máxima de la ayuda será hasta el cumplimiento de 36 años de edad.
Importes máximos del alquiler
Desde el Gobierno Vasco especifican que la renta mensual de la vivienda no será superior a:
- 800 euros, en Bilbao, Donostia-San Sebastián, y Vitoria-Gasteiz.
- 750 en las áreas metropolitanas de Bilbao y Donostia-San Sebastián y en los municipios de más de 10.000 habitantes.
- 675 euros en el resto de municipios.
Requisitos de las personas solicitantes
A continuación te contamos los requisitos que deben cumplir las personas que soliciten el programa Gaztelagun:
- Los posibles beneficiarios deberán tener una edad comprendida entre 18 y 35 años.
- Identidad de la persona física.
- El arrendatario, o cualquiera de los que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada, no deben tener vínculos familiares hasta el tercer grado de consanguinidad o de afinidad con el arrendador de la vivienda. Tampoco con cualquiera de los miembros de la unidad convivencial de la persona arrendadora.
- Ser titular de un contrato de arrendamiento, a título individual o como coarrendatario, de una vivienda libre ubicada en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que deberá constituir el domicilio habitual y permanente de las personas o unidades familiares solicitantes.
- Las personas solicitantes a título individual deberán acreditar unos ingresos brutos anuales iguales o inferiores a 24.500 euros y superiores a 3.000 euros para las unidades de convivencia unipersonales.
Forma de pago de la ayuda
Si te preguntas cual es el procedimiento para recibir esta ayuda, lee atentamente el siguiente apartado:
- La ayuda al alquiler se abonará mensualmente en la cuenta bancaria que figure en el documento de alta de tercero.
- El abono se ordenará a partir de la fecha de concesión de la ayuda, y se devengará desde el día uno del mes siguiente a la fecha de presentación.
- En los casos de reconocimiento provisional, la fecha de devengo será el día uno del mes siguiente a la fecha de aportación de la documentación.
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¿Cómo realizar la solicitud?
La solicitud puede realizarse tanto de forma presencial como telemática. Te contamos los pasos a seguir en ambos casos:
Tramitación presencial
En el caso de tramitar la solicitud de forma presencial, los solicitantes disponen de dos opciones para cumplimentar el formulario:
Opción 1:
- Cumplimentar el formulario en el ordenador.
- Guardar los datos y la documentación en el sistema informático de la Administración.
- Imprimir el formulario.
- Firmarlo de forma manuscrita.
- Entregarlo en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.
Opción 2:
- Imprimir el formulario vacío, cumplimentarlo y firmarlo de forma manuscrita.
- Guardar la documentación en el sistema informático de la Administración.
- Entregar el formulario en los lugares de presentación establecidos en el procedimiento.
Tramitación telemática
Una vez hemos entrado en este enlace, veremos cuatro pasos que debemos seguir hasta el final de la solicitud:
- Cumplimentar el formulario de solicitud, puedes encontrarlo aquí.
- Adjuntar los documentos y formularios preparados.
- Firmar la solicitud.
- Enviar la solicitud y la documentación aportada. Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
Para más información
Si tienes algún tipo de duda o consulta puedes contactar con los diferentes canales vinculados al programa Gaztelagun.
Puedes encontrarlos en este enlace o llamar al siguiente teléfono: 945 569 020. Para consultas relacionadas con el proceso de tramitación electrónica se pone a disposición el número de teléfono 012.
Preguntas Frecuentes
¿Basta con tener entre 18 y 35 años para solicitar la ayuda?
Lo cierto es que la edad no es el único requisito a cumplir para acceder a esta subvención. Según la convocatoria del programa Gaztelagun, las personas solicitantes también deben cumplir unos criterios en cuanto a ingresos anuales. Leer más aquí.
¿Cómo puedo solicitar el programa Gaztelagun?
Desde la plataforma oficial del programa Gaztelagun especifican que las solicitudes se pueden tramitar tanto de forma presencial como telemática. Leer más aquí.
Ahora ya sabes
El programa Gaztelagun consiste en el pago mensual de un porcentaje del alquiler de una vivienda libre ubicada en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Esta ayuda, con vigencia ilimitada por el momento, pueden solicitarla los jóvenes de entre 18 y 35 años residentes en Euskadi.