En 2025, Andalucía ha reforzado su sistema de protección social con una ayuda complementaria dirigida a personas especialmente vulnerables: ancianos, enfermos y personas con discapacidad.
Se trata de un suplemento económico excepcional que se suma a las prestaciones ya existentes, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de quienes cuentan con menos recursos y más dificultades para afrontar sus gastos básicos.
Sigue leyendo este artículo para saber qué es la ayuda complementaria para enfermeros, discapacitados y ancianos y cómo se solicita.
¿Qué es la ayuda complementaria para enfermos, discapacitados y ancianos en Andalucía?
La Junta de Andalucía ha aprobado para 2025 una ayuda social complementaria destinada a reforzar la protección económica de las personas beneficiarias del Fondo de Asistencia Social (FAS) y del Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos (SGIM).
Esta medida pretende abordar las dificultades económicas y complementar las prestaciones ordinarias que ya reciben colectivos especialmente vulnerables como son las personas con discapacidad o en situación de enfermedad o las personas mayores.
Requisitos para acceder a la ayuda complementaria
Para percibir esta ayuda complementaria es necesario:
- Ser titular de la prestación del FAS o del SGIM.
- Tener reconocida la prestación al menos durante los tres meses inmediatamente anteriores a cada pago (es decir, por lo menos desde inicio del 2025).
- Estar empadronado o empadronada en Andalucía
Cuantías de la ayuda complementaria de Andalucía
Las ayudas del FAS consisten en una prestación de 2.276,04 euros anuales, repartidos en 12 mensualidades de 162,60 euros más dos pagas extraordinarias en junio y diciembre.
En 2025, el SGIM es de 2.098,04 anuales, con pagos mensuales de 149,86 euros.
Durante este año, los beneficiarios de estas ayudas sociales podrán recibir un suplemento extraordinario. La cuantía del suplemento es de 1.803,15 euros anuales, abonados en cuatro pagos trimestrales de 431,37 euros cada uno. Los pagos se realizan en marzo, junio, septiembre y diciembre de 2025.
Cómo puedo solicitar la ayuda complementaria para enfermos y ancianos
No hay necesidad de solicitar esta prestación complementaria. Si recibes ayudas del FAS o el SGIM, el subsidio se transferirá de manera automática a tu cuenta bancaria. No obstante, es importante:
- Verificar que los datos bancarios asociados a la prestación ordinaria estén actualizados.
- Mantener actualizada la situación de residencia administrativa en Andalucía, dado que es un requisito indispensable.
- En caso de dudas sobre tu derecho a la prestación, puedes consultar en las oficinas de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad o a través de la web oficial.
En la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de la Junta de Andalucía, a través de sus oficinas o en su web oficial.
También puedes leer más sobre la normativa que rige esta ayuda en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que solicitar la ayuda extraordinaria de Andalucía de 2025?
No. El pago se realizará automáticamente a las personas beneficiarias del FAS o del SGIM que cumplan los requisitos en la fecha del abono. Lee más aquí.
¿Cuánto dinero adicional recibiré con la ayuda complementaria de Andalucía?
Recibirás 1.803,15 euros anuales adicionales, aparte de la ayuda ordinaria del FAS o del SGIM. Lee más aquí.
Ahora ya sabes
Esta ayuda extraordinaria supone un refuerzo económico clave para colectivos especialmente vulnerables en Andalucía. Gracias a su abono automático y periódico, los beneficiarios del FAS y del SGIM pueden contar con un complemento estable a lo largo de 2025.
Para ello, no hace falta presentar ninguna solicitud especial, pero sí es importante revisar que tu situación personal no haya cambiado y que aún tienes derecho a recibir la ayuda.