Ayudas extraordinarias a personas emigrantes gallegas retornadas

Por Sebastián M.
Actualizado el 23 de agosto, 2024
Tiempo estimado de lectura: 7 minutos

Las ayudas extraordinarias a personas emigrantes gallegas retornadas, que dependen de la Secretaría General de la Emigración de la Xunta de Galicia, tienen por finalidad darle la posibilidad a los emigrantes gallegos sin recursos de regresar a la Comunidad Autónoma de Galicia. 

Es una ayuda recurrente que se otorga año a año, aunque no puede ser solicitada por antiguos beneficiarios.

La cuantía a recibir va desde los 500 hasta los 6.000 euros y se puede solicitar hasta el 30 de septiembre de 2024. 

Sigue leyendo este artículo para saber cómo se fija la cuantía y cómo se solicita la ayuda económica. 

Los gallegos pueden acceder a hasta 6.000 euros para facilitar el regreso a Galicia.
Los gallegos pueden acceder a hasta 6.000 euros para facilitar el regreso a Galicia.

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A quiénes están dirigidas las ayudas

Las ayudas extraordinarias a personas emigrantes gallegas están dirigidas a las siguientes personas: 

  • Gallegos y nacidos en Galicia.
  • Cónyuges o parejas de los gallegos y nacidos en Galicia.
  • Descendientes por consanguinidad de los gallegos y nacidos en Galicia.

No podrán solicitar la ayuda los beneficiarios de las dos convocatorias anteriores ni tampoco el resto de las personas que formaran parte de su unidad familiar en el momento de solicitar la ayuda. Esto significa que, a efectos de esta convocatoria, se consideran «personas beneficiarias de convocatorias anteriores» tanto a la persona que solicitó la ayuda como el resto de personas que formaban parte de su unidad familiar en el momento de solicitar la ayuda.

Tampoco podrán solicitar la ayuda las personas que formen parte de una unidad familiar que haya recibido la ayuda en la presente convocatoria. 

Requisitos para solicitar las ayudas extraordinarias a personas emigrantes gallegas retornadas

Para poder solicitar las ayudas extraordinarias a personas emigrantes gallegas retornadas se deben cumplir varios requisitos mencionados en este enlace en la categoría «Requisitos» dentro de la categoría «Sobre este procedimiento». Algunos de estos son: 

  • Estar en posesión de la nacionalidad española antes de retornar.
  • Estar empadronado y tener residencia en un ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Galicia.
  • Haber residido en el extranjero un mínimo de dos años inmediatamente anteriores a la fecha del retorno a España.
  • Que la fecha del retorno a España sea a partir del 1 de enero de 2022, incluido.
  • Carecer de recursos económicos suficientes en la unidad familiar. A efectos de esta ayuda, se considerarán ingresos de la unidad familiar, salvo algunas excepciones, los obtenidos por cualquiera de los siguientes conceptos:
    • Rendimientos del trabajo.
    • Rentas de actividades económicas, profesionales, empresariales o agrarias. 
    • Pensiones y prestaciones.
    • Rentas del capital mobiliario.
    • Rentas del capital inmobiliario.
  • Carecer de patrimonio mobiliario suficiente en la unidad familiar. Se entenderá como «patrimonio mobiliario suficiente» cuando «el valor actualizado de los bienes muebles de todas las personas de la unidad familiar superen el límite de 20.000 euros cuando la unidad familiar esté formada por una persona, incrementado, en su caso, en 5.000 euros adicionales, por cada uno de los restantes miembros de la unidad familiar». El patrimonio mobiliario estará conformado por los depósitos en cuenta corriente o a plazo, acciones, fondos de inversión y fondos de pensiones, valores mobiliarios, etc.
Las ayudas extraordinarias a personas emigrantes gallegas retornadas dependen de la Secretaría General de la Emigración de la Xunta de Galicia.
Las ayudas extraordinarias a personas emigrantes gallegas retornadas dependen de la Secretaría General de la Emigración de la Xunta de Galicia.

Documentación a presentar

Para pedir las ayudas extraordinarias a personas emigrantes gallegas retornadas se deben presentar una serie de documentos junto a la solicitud. Algunos de estos son:

  • Pasaporte u otro documento acreditativo de la identidad y nacionalidad española para las personas solicitantes que no tengan DNI.
  • Documentación acreditativa de la vinculación con Galicia, como, por ejemplo, los certificados de nacimiento en Galicia o de matrimonio con una persona gallega. 
  • Certificado de empadronamiento expedido por el ayuntamiento gallego de residencia de la persona solicitante.
  • Baja consular, certificado de persona emigrante retornada expedido por las delegaciones o subdelegaciones del Gobierno o cualquier otra documentación que acredite de manera fidedigna la fecha de retorno a España así como el tiempo de residencia en el extranjero durante un mínimo de dos años inmediatamente anteriores a la fecha de su retorno a España.
  • Certificación actualizada de vida laboral.
  • Documentación acreditativa de los ingresos económicos, pensiones o rentas de cualquier tipo, correspondientes a los dos meses anteriores al de la presentación de la solicitud.

Cuantía de las ayudas extraordinarias a personas emigrantes gallegas retornadas

Las ayudas de carácter genérico se abonarán por una sola vez y su importe se establece en función del número de puntos que se obtenga según los criterios que se detallan en la legislación

La cuantía a percibir es variable y puede ser de entre 500 y 6.000 euros, dependiendo de características específicas, como la cantidad de hijos y la edad de estos o la zona en la que se instale la familia

Cómo se solicitan las ayudas extraordinarias a personas emigrantes gallegas retornadas

Las ayudas extraordinarias a personas emigrantes gallegas retornadas se pueden solicitar tendo de manera virtual como presencial. 

Para pedir las ayudas por Internet se debe ingresar a la sede electrónica de la Xunta de Galicia y seleccionar la opción «Tramitar en línea» dentro de la categoría «Presentación»

También se puede solicitar presencialmente en las oficinas de la Xunta de Galicia ubicadas en esta comunidad autónoma.   

El plazo para solicitar estas ayudas se abrió el 30 de enero de este año y finalizará el 30 de septiembre de 2024 a las 23.59. 

Se entregarán «en régimen de concurrencia no competitiva»; esto quiere decir que no se priorizan unas solicitudes por sobre otras, sino que se otorgan a todas las personas que cumplan los requisitos siempre y cuando no se agote la partida presupuestaria de 2 millones de euros.

La Xunta de Galicia tiene hasta cinco meses para responder la solicitud. El silencio administrativo debe entenderse como desestimatorio. 

La cuantía a recibir va desde los 500 hasta los 6.000 euros.
La cuantía a recibir va desde los 500 hasta los 6.000 euros.

Dónde acudir en caso de tener dudas o consultas

En caso de dudas o consulta se debe acudir al Servizo de Planificación e Xestión de Programas do Retorno de la Subdirección Xeral do Retorno de la Secretaría Xeral da Emigración de la Consellería de Emprego, Comercio e Emigración de la Xunta de Galicia, en Basquiños, nº 2. 15704  Santiago de Compostela  (Coruña, A). 

También es posible comunicarse por teléfono llamando al 981547271 o al 981957162, escribiendo un correo electrónico a retorno.emigracion@xunta.es o enviando un fax al 981547296. 

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se pueden solicitar las ayudas?

El plazo para presentar las solicitudes cerrará el 30 de septiembre de 2024. Leer más aquí.

¿Cuál es la cuantía de la ayuda extraordinaria a personas emigrantes gallegas retornadas?

La cuantía se fija teniendo individualmente tras analizar cuestiones específicas. La cuantía a recibir no podrá superar los 6.000 euros. Leer más aquí.

Ahora ya sabes

La Xunta de Galicia ha dispuesto un presupuesto de dos millones de euros para fomentar el retorno de gallegos y gallegas en el exterior. Con el objetivo de ayudar a las familias en el proceso de asentamiento en la comunidad autónomo, se podrá acceder a las ayudas hasta el próximo 30 de septiembre. Asimismo, aquellas familias que lo requieran, podrán acudir a la Oficina Integral de Asesoramiento y Seguimiento al Retorno para acceder a más información y solicitar acompañamiento durante el proceso de reintegro a la comunidad.

Ayuda-Social.es es una empresa independiente que ofrece información sobre diversas ayudas. No tenemos afiliación ni patrocinio de ninguna entidad gubernamental de España. Para solicitar más información o acceder a las ayudas, te recomendamos dirigirte al organismo oficial correspondiente.

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Sebastián M.

Soy periodista, licenciado en Ciencias de la Comunicación y un apasionado por la escritura que ha trabajado en diversos medios. Colaboro con Ayuda-Social.es para explicar de la manera más sencilla posible cómo acceder a los diversos beneficios sociales.

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