Cómo funcionan las ayudas a los emprendedores del País Vasco

Por Sebastián M.
Publicado el 30 de septiembre, 2024
Tiempo estimado de lectura: 7 minutos

Las ayudas económicas a emprendedores y empresas nuevas suelen facilitar su creación, contribuyen a la generación de empleo y potencian, asimismo, el desarrollo económico de los países, las ciudades o las comunidades autónomas. 

El País Vasco (Euskadi) brinda una ayuda económica llamada «Ayudas de apoyo a las personas emprendedoras: ayudas a la consolidación de una actividad empresarial«, con el objetivo de apoyar a los empresarios y emprendedores en esa comunidad autónoma. A continuación detallaremos en qué consiste y todos los pasos para la solicitud y aplicación.

Quienes inician actividades empresariales en 2023 pueden pedir una ayuda de al menos 2.500 euros para consolidar su emprendimiento.
Quienes inician actividades empresariales en 2024 pueden pedir una ayuda de al menos 2.500 euros para consolidar su emprendimiento.

En Ayuda-Social.es ya contamos diversas ayudas que existen en España dirigidas a emprendedores que se pueden leer en este enlace.

 

Ayudas a emprendedores en Euskadi: beneficiarios

Pueden acceder a estas ayudas las personas físicas, tales como empresarios y profesionales individuales y socios integrantes de Comunidades de Bienes y Sociedades Civiles, siempre que la subvención se solicite a título individual.

Requisitos para solicitar las ayudas

La actividad empresarial deberá tener domicilio social y fiscal en la Comunidad Autónoma del País Vasco (CAPV). Además, el lugar de trabajo también tiene que encontrarse en el País Vasco. 

La persona beneficiaria deberá estar empadronada y tener residencia efectiva en la CAPV y haber estado desempleada e inscrita como demandante de empleo en Lanbide-SVE el día anterior a la fecha de alta en el Impuesto a la Actividad Económica (IAE).

No se podrá recibir ninguna otra ayuda cuya finalidad sea el autoempleo, haber recibido esta misma ayuda en convocatorias anteriores y será obligatorio estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, entre otros requisitos detallados aquí

Cuantía de la ayuda

La cuantía general de la ayuda será de 2.500 euros por persona, aunque puede aumentarse en casos específicos.

Esta cuantía se verá incrementada en un 15% si el beneficiario es mayor de 18 y menor de 30 años en el momento de presentar la solicitud y en otro 15 % adicional en el caso de ser mujer.

En el supuesto de socios o socias integrantes de Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles, en ningún caso la subvención superará la cantidad de 6.000 euros para el conjunto de los socios o socias. 

El Lanbide, el Servicio Vasco de Empleo, destina en total 1.800.000 euros para estas ayudas económicas a quienes iniciaron actividades empresariales en 2024.  

Solicitudes con prioridades

Las solicitudes de las ayudas se resolverán según el orden de presentación hasta el agotamiento de la dotación presupuestaria. En el caso de que se produzca el agotamiento de la dotación presupuestaria, se denegarán las solicitudes pendientes y se dará informará que se alcanzó el límite disponible.

Las ayudas económicas a emprendedores y empresas nuevas suelen facilitar la creación de las mismas.
Las ayudas económicas a emprendedores y empresas nuevas suelen facilitar la creación de las mismas.

Gastos subvencionables

Podrán ser objeto de subvención los siguientes gastos de promoción, funcionamiento y gestión de una empresa de reciente creación, necesarios para la consolidación de dicho proyecto empresarial:

  • Cuotas relativas al pago de la cotización como trabajador por cuenta propia en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, de la Seguridad Social o en Mutualidades profesionales obligatorias.
  • Gastos de comunicación ligados al proyecto: campañas de publicidad y merchandising, rotulación de establecimientos y vehículos, iluminación en rótulos y diseño.
  • Cuotas de mantenimiento de páginas web y redes sociales, banners publicitarios en páginas webs de otras empresas, cuotas de mantenimiento de páginas web, gastos relativos a la incorporación de plugins en la web, así como el coste de los servicios de promoción en Facebook.
  • El asesoramiento (fiscal, laboral, contable, jurídico o administrativo relativo a la teneduría de libros y obligaciones fiscales y contables cotidianas, sobre riegos laborales, para cambios y mejoras del escaparate) y gastos de coaching.
  • Cursos de formación realizados por la persona emprendedora directamente relacionados con la puesta en marcha y funcionamiento de la empresa y que se inicien dentro del periodo subvencionado.
  • Arrendamiento de locales de negocio siempre y cuando no sean parte de una vivienda familiar o espacio compartido con otra empresa y no exista relación de parentesco. 

En ningún caso se considerarán subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta. Si el importe facturado corresponde en parte a gastos imputables a un periodo distinto al subvencionable, se ajustará proporcionalmente la subvención.

Cómo se paga la ayuda económica

El abono se realizará de la siguiente manera:

  • Un primer pago en 2024 del 40% de la subvención una vez aprobada su concesión.
  • Un segundo pago en 2024 por los gastos efectivamente realizados y acreditados. El máximo de este pagó será del 60 % restante, previa presentación de facturas y documentos que justifiquen el pago y la fecha en que se ha realizado.

La acreditación del pago se realizará mediante copia de la transferencia, talón, cheque o cualquier otro documento justificativo del mismo o fotocopia del extracto bancario. Cuando los gastos subvencionables correspondan a gastos de arrendamiento de locales de negocio, deberá aportarse el contrato de arrendamiento. No se computarán los pagos en metálico o efectivo y no se tendrán en cuenta para la justificación aquellas facturas y documentos de gastos menores a 50 euros

Cómo y hasta cuándo se puede solicitar la ayuda. 

Esta ayuda económica solo se puede solicitar de manera virtual a través de este enlace. Una vez solicitada y aceptada la ayuda, los gastos se acreditan en aquí

El plazo para la presentación de las solicitudes abrió el 7 de mayo de 2024 y finalizará el 31 de octubre de 2024.

La cuantía general de la ayuda será de 2.500 euros por persona, aunque puede aumentarse en casos específicos.
La cuantía general de la ayuda será de 2.500 euros por persona, aunque puede aumentarse en casos específicos.

Dónde y cómo acceder a más información

Se puede obtener más información sobre esta ayuda específica llamando por teléfono al: 945 160 601 o escribiendo un correo electrónico a personas.emprendedoras@lanbide.eus.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el monto de la ayuda a emprendedores?

La cuantía general de la ayuda será de 2.500 euros por persona, aunque puede aumentarse en casos específicos.

¿Esta ayuda es compatible con otras subvenciones?

No se podrá recibir ninguna otra ayuda cuya finalidad sea el autoempleo o haber recibido esta misma ayuda en convocatorias anteriores. Leer más aquí

Ahora ya sabes

Emprendedores del País Vasco que cumplan los requisitos mencionados en este artículo podrán solicitar una ayuda económica de al menos 2.500 euros para consolidar su actividad empresarial. Hay tiempo para pedir la ayuda hasta el 31 de octubre de 2024. 

Ayuda-Social.es es una empresa independiente que ofrece información sobre diversas ayudas. No tenemos afiliación ni patrocinio de ninguna entidad gubernamental de España. Para solicitar más información o acceder a las ayudas, te recomendamos dirigirte al organismo oficial correspondiente.

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Sebastián M.

Soy periodista, licenciado en Ciencias de la Comunicación y un apasionado por la escritura que ha trabajado en diversos medios. Colaboro con Ayuda-Social.es para explicar de la manera más sencilla posible cómo acceder a los diversos beneficios sociales.

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