El Ministerio de Cultura y Deporte ha lanzado una nueva convocatoria de ayudas destinadas a financiar la promoción de la lectura y las letras españolas. Se trata, en lo específico, de más de 2,6 millones de euros que podrán solicitar empresas privadas y ayuntamientos, además de las fundaciones privadas, asociaciones y ONGs que no pertenezcan al sector público.
El objetivo es, según han señalado desde La Moncloa, el “fomento de acciones que promuevan la igualdad de oportunidades en el acceso al libro por grupos de población con dificultades” al igual que actividades literarias y seminarios, o acciones de lectura en zonas rurales y/o despobladas.
Una de las citas de «Lectura infinita: Plan de fomento de la lectura 2021-2024» hace mención a la pedagoga argentina Emilia Ferreiro, quien sostiene que “la lectura es un derecho, no es un lujo ni una obligación». Al respecto, la autora profundiza: “No es un lujo de élites que pueda asociarse con el placer y la recreación ni es una obligación impuesta por la escuela. Es un derecho que además permite un ejercicio mayor de la democracia y por consiguiente el cumplimiento de otros derechos”.
En Ayuda-Social.es les contamos las claves principales de las subvenciones destinadas a promover la lectura y las letras españolas que se pueden solicitar desde este miércoles 7 de junio, hasta el próximo 27 de junio. Todo sobre la convocatoria y criterios de valoración, entre otras cuestiones de interés.
- Quiénes pueden ser beneficiarios
- Qué tipo de actividades están incluidas para las ayudas
- Admisión de proyectos
- Cuáles son los criterios de valoración
- Cuál es el monto de la subvención
- Plazo de presentación de las solicitudes
- Cómo realizar la solicitud
- ¿Quién no puede pedir la subvención?
- ¿Es compatible con otras ayudas?
- Más información
- Ahora ya sabes
Quiénes pueden ser beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas son entidades sin ánimo de lucro, tales como ayuntamientos, empresas privadas, con residencia fiscal en España, que tengan como actividad y objeto social, único o entre otros, la realización de actividades culturales, al igual que fundaciones privadas, asociaciones y organizaciones no gubernamentales (instituciones sin fines de lucro) no pertenecientes al sector público.
Desde el Ministerio de Cultura y Deporte aclaran que, todas las entidades deberán acreditar haber realizado actividades de promoción de la lectura y las letras españolas, como mínimo, en los dos últimos años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de las ayudas.
El importe de las subvenciones convocadas para instituciones sin fines de lucro será, como máximo, de 1.258.000 euros, mientras que el correspondiente a empresas privadas y entidades locales será como máximo de 700.000 euros para cada una de las categorías.
Qué tipo de actividades están incluidas para las ayudas
De acuerdo a la información dada a conocer, se financiarán actividades de fomento de la lectura y las letras españolas de las siguientes categorías:
- Promoción de la lectura entre el público general a través de congresos, encuentros y festivales literarios, ferias del libro, exposiciones y otros eventos literarios, al igual que mediante acciones en el sector del deporte, ámbito universitario, proyectos que vinculen la lectura al desempeño laboral, proyectos dirigidos a mayores, proyectos dirigidos a fomentar la igualdad entre hombres y mujeres, y proyectos que supongan la creación de nuevos espacios de lectura, y de la lectura crítica.
- Promoción de la lectura, y de la lectura de calidad, entre la población infantil y juvenil, por medio de actividades fuera de los centros de enseñanza, en entornos digitales.
- Conmemoraciones y acciones en torno a los principales autores/as y obras en cualquiera de las lenguas oficiales españolas, así como otros acontecimientos históricos y culturales de relevancia.
- Acciones de promoción de la lectura que promuevan la igualdad de oportunidades en el acceso al libro por grupos de población con dificultades sensoriales, psíquicas, lingüísticas, de salud y socioeconómicas, así como proyectos dirigidos a la población reclusa y a mujeres víctimas de violencia de género.
- Programas piloto y celebración de seminarios y encuentros que sirvan como laboratorios de ideas y espacios para compartir las mejores prácticas de fomento de una lectura de calidad.
- Por último, acciones de promoción de la lectura en zonas rurales y/o despobladas.
Admisión de proyectos
Se admitirán los proyectos que se vayan a desarrollar como máximo en un plazo de 12 meses desde la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, así como aquellos proyectos que hayan sido iniciados con posterioridad al 1 de enero del 2023, con independencia de que se encuentren finalizados.
Cuáles son los criterios de valoración
Algunos de los criterios que se tendrán en cuenta a la hora de evaluar si el proyecto califica o no, serán, entre otros, la relevancia cultural para el fomento de la lectura o letras españolas, la originalidad en cuanto al ámbito, medios o soportes utilizados, el impacto del proyecto en el fomento de la lectura entre la población infantil, adolescente y joven y entre grupos de atención (población mayor, mujeres víctimas de violencia de género, sectores más desfavorecidos socialmente y en pobreza infantil, discapacitados, inmigrantes, población reclusa, enfermos). Asimismo, también se evaluará el alcance supraautonómico del proyecto, con presencia o proyección de al menos tres Comunidades Autónomas.
También se valorarán los proyectos de actividades que fomenten la comunicación entre las diferentes lenguas del Estado. Para ver la puntuación en cada caso, ingresar al siguiente enlace.
Cuál es el monto de la subvención
El monto que se otorgará dependerá de la puntuación obtenida, de acuerdo a los criterios de valoración. En ningún caso, subrayaran, se superará el 80% del coste proyecto o se otorgará una cantidad superior a la solicitada por el interesado.
Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto hasta el 27 de junio a las 14 horas.
Cómo realizar la solicitud
La presentación de las solicitudes podrá hacerse únicamente en línea a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Cultura y Deporte.
¿Quién no puede pedir la subvención?
- Las personas físicas (excepto autónomos), las Administraciones públicas distintas de los
ayuntamientos, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos. - Las fundaciones, asociaciones y organizaciones no gubernamentales (instituciones sin fines de
lucro) cuyo ámbito estatutario sea exclusivamente municipal, local o autonómico. - Las comunidades de bienes, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de carácter público o
privado, así como otras entidades sin personalidad jurídica.
¿Es compatible con otras ayudas?
Al respecto las autoridades indican que la subvención será compatible con otras ayudas de organismos o instituciones públicas o privadas para la misma actividad, «siempre que el importe de la misma sea de tal cuantía que no supere el coste de la actividad subvencionada».
Más información
Para solicitar más información o ante cualquier duda/consulta es posible contactar con las autoridades del Ministerio de Cultura y Deporte por correo electrónico: promocion.lectura@cultura.gob.es.
Subvenciones para la promoción de la lectura y las letras españolas: convocatoria 2023
Ahora ya sabes
La lectura es crucial para el crecimiento de cada persona y asimismo para el conjunto de la sociedad. Como bien señalan en Lectura infinita, leer «acorta las brechas sociales, favorece la igualdad y permite desarrollar el pensamiento crítico». Por ello su promoción y fomento es imprescindible. Si participas de una actividad sin ánimo de lucro no dejes de aprovechar la oportunidad y presenta tu solicitud para convertirte en beneficiario de las subvenciones para la promoción de la lectura y las letras españolas.