La Xunta de Galicia ha convocado una serie de ayudas para la mejora de la eficiencia energética en viviendas y edificios. Se trata de subvenciones públicas financiadas con fondos europeos del programa Next Generation UE convocadas por el Instituto Galego da Vivenda e Solo.
En concreto son tres líneas de asistencia por más de 43 M€: aquellas destinadas a mejorar la eficiencia energética de edificios de viviendas de tipología colectiva, una línea dirigida a la rehabilitación de viviendas individuales en edificios residenciales colectivos, y por último, el programa de ayudas para la elaboración del libro del edificio.
El plazo de las solicitudes abrió el pasado 16 de junio y se mantendrá hasta el 2 de octubre de 2023, a no ser que se hubiera agotado el crédito presupuestario.
En este artículo de Ayuda-Social.es veremos en qué consisten las ayudas, cuáles son los requisitos y cómo se puede aplicar a la convocatoria en curso. Toda la información que debes conocer.
- ¿Qué es la eficiencia energética?
- Edificio, Vivienda, Libro del edificio
- Cómo se solicitan las ayudas
- ¿Qué información habrá que brindar?
- Declaración de responsabilidad
- Documentación necesaria para la solicitud
- Otros documentos a presentar
- Modelo de solicitud
- ¿Hasta cuándo se pueden pedir las ayudas?
- Ahora ya sabes
¿Qué es la eficiencia energética?
La eficiencia energética consiste en el uso racional y la optimización de la energía en cuanto al consumo. El objetivo es disminuir el gasto energético y conseguir una utilización eficiente y equilibrada. De acuerdo al consumo, hay diversas clasificaciones. Por ejemplo, una vivienda eficiente con clasificación energética (A) consume hasta un 90% menos de energía que una catalogada con el nivel más bajo.
Para lograr una optimización de la energía y un consumo equilibrado, existen asimismo diversas medidas como instalar ventanas que puedan aislar correctamente la vivienda, integrar energías renovables o mejorar el sistema de calefacción, entre otras medidas. Las ayudas que se brindan a nivel Estado apuntan justamente a dar un soporte en ese camino de mejora del uso energético.
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Edificio, Vivienda, Libro del edificio
Veamos, una por una, las especificaciones para cada caso.
1. Edificio
Las ayudas para la mejora energética de edificios están destinadas a inmuebles de tipología residencial colectiva y la viviendas unifamiliares. Mediante las obras para las que se solicita la subvención se tendrá que conseguir una reducción de, por lo menos, un 30% en el indicador de consumo de energía primaria no renovable y, además, una merma de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de entre el 25 % y el 35 %, según explica la comunicación oficial.
¿Quiénes pueden pedir las ayudas? Tanto las personas propietarias de las viviendas, como las cooperativas, comunidades de vecinos y empresas arrendatarias o concesionarias de los inmuebles.
En función del ahorro energético conseguido, el porcentaje de la ayuda oscila entre lo 40% y el 80%, con un límite de entre 6.300 y 18.800 euros por vivienda. Los locales comerciales o de otros usos existentes en el inmueble pueden recibir entre 56 y 168 euros por metro cuadrado.
Según las resoluciones publicadas en el Diario Oficial de Galicia, el presupuesto para las ayudas destinadas a mejorar la eficiencia energética de edificios de viviendas de tipología colectiva es de 36.436.924 euros.
2. Vivienda
Se trata de subvenciones destinadas a la mejora energética de viviendas de forma individual, tanto si son unifamiliares como se forman parte de inmuebles residenciales colectivos.
Los objetivos de eficiencia son menores que los exigidos en el caso de la línea de edificios, por lo que se trata de ayudas más apropiadas para la realización de obras de menor entidad, tales como el cambio de la carpintería exterior y ventanas. Así, se establece como requisito que se debe obtener una reducción de la demanda energética de por lo menos un 7%.
¿Quiénes pueden pedir las ayudas? Personas físicas propietarias, arrendatarias o usufrutuarías de las viviendas. El importe a percibir será del 40% del coste de la actuación —a partir de una inversión de 1.000 euros—, con un límite máximo de 3.000 euros por ayuda.
Para la línea dirigida a la rehabilitación de viviendas individuales en edificios residenciales colectivos, el presupuesto será de 3.870.177 euros.
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3. Libro del edificio y redacción de proyectos
El Libro del Edificio es un instrumento que busca promover acciones de rehabilitación integral de los edificios, a partir de un diagnóstico sobre su situación y potencial de mejora. En esa línea, se convocan en esta oportunidad ayudas para la elaboración del libro del edificio existente y para la redacción de proyectos de rehabilitación integral de edificios, destinadas a propietarios o usufructuarios de los inmuebles, comunidades vecinales y cooperativas. Para beneficiarse de este programa, los inmuebles objeto de rehabilitación tienen que estar finalizados antes del año 2000 y por lo menos el 50% de la superficie construida sobre rasante debe tener uso residencial.
La ayuda para el libro del edificio es de 60 euros por vivienda y una cuantía fija de 700 euros —en caso de que se trate de viviendas unifamiliares e inmuebles colectivos de hasta 20 viviendas— o de 40 euros por vivienda, más uno hizo de 1.100 euros —para edificios plurifamiliares de más de 20 viviendas—. El límite máximo de la ayuda es de 3.500 euros.
Redacción de proyectos de rehabilitación
Finalmente, en lo que respeta a la elaboración de proyectos de rehabilitación, la cuantía de la subvención también variará en función del tamaño del inmueble: 700 euros más uno hizo de 4.000 euros en el caso de viviendas unifamiliares e inmuebles colectivos de hasta 20 viviendas; o bien 300 euros por vivienda y 12.000 euros, cuando se solicite para inmuebles de más de 20 viviendas. En este caso, el límite a percibir se sitúa en 30.000 euros.
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Cómo se solicitan las ayudas
La solicitud de las ayudas se debe realizar obligatoriamente en línea, mediante los mecanismos de identificación y firma autorizados por la sede a través del formulario disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, aquí adjunto como anexo I.
¿Qué información habrá que brindar?
En el modelo de solicitud se deberán consignar los siguientes campos: datos de la vivienda de mejora de eficiencia energética, referencia catastral, datos de consumo de energía primaria no renovable y de demanda energética de la vivienda en su estado actual y luego de la realización de las actuaciones, el número de inscripción del certificado de eficiencia energética actual en el RGEEE, la inversión total, el coste subvencionable, la cuantía de la ayuda solicitada, así como el tiempo previsto de finalización de las obras.
Declaración de responsabilidad
En tanto, el modelo de solicitud deberán realizarse las siguientes declaraciones:
- Que no se solicitó ni se le concedió ninguna otra ayuda para la misma finalidad.
- Comunicar cualquier otra subvención que solicite o le sea concedida para esa misma finalidad.
- Se deberá estar al corriente de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.
- También se deberá estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- Habrá que declarar que las obras no se iniciaron antes del 1 de febrero de 2020 ni están terminadas en el momento de la publicación de la convocatoria.
- Se tendrá que dejar constancia de que se conocen y aceptan los contenidos y obligaciones recogidos en las bases reguladoras del programa.
- Declaración de que todos los datos de su solicitud son ciertos.
Documentación necesaria para la solicitud
Al momento de presentar la solicitud para recibir alguna de las tres líneas de ayuda que brinda la Xunta de Galicia, habrá que presentar la siguiente documentación:
- Acreditación de la representación de la persona o entidad que actúe en el nombre de la persona física solicitante, en su caso.
- Escritura pública, certificado, nota simple registral o cualquier otro documento que acredite la titularidad de la propiedad o del usufructo de la vivienda.
- Contrato de alquiler y autorización de la persona arrendadora para la realización de las actuaciones.
- Proyecto de la actuación a realizar o, en su caso, memoria justificativa de la actuación, que deberán estar suscritos por persona técnica titulada competente y contar con la conformidad de la persona beneficiaria.
- Certificado de eficiencia energética de la vivienda en su estado final, realizadas las actuaciones previstas.
- Solicitud de comunicación previa donde se describa la actuación para la que se solicita la ayuda.
- Si el importe correspondiente de la actuación supera la cuantía de 40.000 euros en obras y/o 15.000 euros en servicios o suministros para el mismo contratista o proveedor, copia de tres presupuestos (ver más indicaciones aquí)
- Reportaje fotográfico a color de todos los elementos objeto de la ayuda antes de la actuación.
- Documento acreditativo del acuerdo con la persona propietaria, usufructuaria o arrendataria interesada en la subvención, si se solicita por medio de un agente o gestor de rehabilitación.
- Evaluación favorable de adecuación o declaración responsable del cumplimiento del principio de «no causar un perjuicio significativo al medio ambiente» (ver más indicaciones aquí)
- Compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR.
Otros documentos a presentar
Se deberán presentar, asimismo, los documentos acreditativos de identidad (DNI o NIE) de la persona solicitante y, en su caso, de la persona usufructuaria y/o arrendataria. Igual para persona representante y/o del agente o gestor de la rehabilitación, en su caso.
Número de identificación fiscal (NIF) de la entidad representante y/o del agente o gestor de la rehabilitación, en su caso. Así como también el certificado que acredite la ausencia de deudas en el momento del pago de la subvención con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), con la Seguridad Social y/o con la Comunidad Autónoma de Galicia.
A su vez se solicitará la consulta de datos de residencia con fecha de la última variación padronal de la persona solicitante y, en su caso, de la persona usufructuaria y/o arrendataria.
Por último se solicitará el certificado catastral de titularidad correspondiente a la persona solicitante y, en su caso, de la persona usufructuaria, la consulta descriptiva y gráfica de los datos catastrales de la vivienda, consulta de bienes inmuebles, consulta de subvenciones y ayudas, y finalmente el certificado de eficiencia energética de la vivienda en su estado actual.
Modelo de solicitud
El resto de los anexos a presentar para la solicitud de las ayudas se pueden consultar aquí.
¿Hasta cuándo se pueden pedir las ayudas?
El plazo de las solicitudes abrió el pasado 16 de junio y se mantendrá hasta el 2 de octubre de 2023, a no ser que se hubiera agotado el crédito presupuestario.
Ahora ya sabes
Alcanzar un uso más eficiente de la energía no sólo ayuda a conseguir costes menos elevados al momento de pagar el consumo, sino que a su vez implica beneficios para el medioambiente. Las ayudas que brinda la Xunta de Galicia pueden ser muy útiles si te encuentras en plan de cambios en el hogar para obtener mejoras en tu vivienda. Recuerda que, si tienes dudas, puedes contactar con los organismos oficiales y en este caso en lo específico con el Instituto Galego da Vivenda e Solo.