El Ingreso Melillense de Integración (IMI) es una prestación económica periódica y complementaria destinada a personas que carecen de medios económicos para atender sus necesidades básicas, con un importe oscila entre el 50% y el 100% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), fijado actualmente en 1.080 euros por mes.
Se puede percibir por un máximo de 12 meses y dos pagas extraordinarias correspondientes a los meses de junio y diciembre, siendo prorrogable hasta un máximo de 12 meses más. El IMI también busca facilitar la inserción sociolaboral de los usuarios. A continuación, en Ayuda-Social.es todas las claves a conocer sobre el Ingreso Melillense de Integración y cómo solicitarlo.
De qué trata el Ingreso Melillense de Integración
El Ingreso Melillense de Integración es un programa de acción integral contra la exclusión social. No solo se enfoca a atenuar las consecuencias de la precariedad económica de la exclusión, sino que también ataca directamente a las causas que la producen. Para ello combina una Prestación Económica con un Proyecto de Trabajo Social.
El IMI es una medida…
- Preventiva: dirigida no sólo a paliar las actuales situaciones de exclusión, sino a evitar además que se produzcan otras nuevas.
- Personalizada: parte de un estudio previo de cada situación y se adecúa a ella.
- Progresista: se orienta a una auténtica transformación social, desde las bases, atajando las causas que generan la exclusión social.
- Provisional: ya que su objetivo no es perpetuar la dependencia institucional sino activar los recursos de las personas y colectividades para que se conviertan en sus propios agentes de promoción personal, familiar, social y laboral.
Durante cuánto tiempo se puede percibir el IMI
El IMI se puede recibir, en teoría, durante un año, pero se puede prorrogar por periodos de tres meses hasta un máximo de dos años si se mantiene la situación de necesidad. La prestación se extingue al cambiar las circunstancias de forma que la unidad de convivencia obtenga ingresos por otras vías.
El IMI se cancelará también si los beneficiarios no cumplen las condiciones establecidas en su Programa de Integración.
Cuantía a recibir
El subsidio básico será equivalente al 50% del salario mínimo interprofesional mensual, y se irá incrementando en función del número de miembros de la unidad de convivencia, sin poder superar nunca el Salario Mínimo Interprofesional, fijado actualmente en 1.080 euros por mes.
Se abonará por periodos mensuales, más dos pagas extraordinarias en los meses de junio y diciembre.
Cómo se realiza la inserción social
Quienes reciban la IMI tendrán que cumplir con un plan de acciones destinados a lograr la autonomía personal, familiar, social y laboral. Este plan se diseña conjuntamente entre los miembros de la Unidad de Convivencia y los técnicos de los Centros de Servicios Sociales Comunitarios.
Las acciones del itinerario se escribirán en un documento que los beneficiarios deben firmar, comprometiéndose a cumplirlo. La percepción de la prestación económica está condicionada a la realización de estas acciones.
Las acciones incluidas en los itinerarios podrán ser:
- Encaminadas al desarrollo personal y la inserción social (terapia personal, de socialización, rehabilitación, etc.).
- Escolarización de los menores y participación de los padres en su educación.
- Formativas y de orientación profesional para facilitar el acceso a un puesto de trabajo.
- Destinadas a facilitar la integración social de menores acogidos en centros de la Ciudad Autónoma.
- Otras que se consideren convenientes para cada caso particular.
Requisitos para recibir el Ingreso Melillense de Integración
Para percibir el Ingreso Melillense de Integración se deben cumplir una serie de requisitos. Estos son:
- Constituir una Unidad de Convivencia al menos con un año y medio de antelación a la presentación de la solicitud. Quedan exceptuados de cumplir este plazo:
- Quienes constituyeran una nueva Unidad de Convivencia por separación, tanto matrimonial como de pareja de hecho, divorcio o nulidad matrimonial, siempre que la nueva unidad esté exclusivamente constituida por personas integrantes de la Unidad de Convivencia anterior.
- Quienes constituyeran una nueva Unidad de Convivencia por fallecimiento de los padres, tutores o representantes.
- Personas víctimas de violencia doméstica.
- Estar empadronado y tener residencia en la Ciudad Autónoma de Melilla al menos 36 meses anteriores a la formulación de la solicitud.
- Percibir unos ingresos inferiores a la cuantía del IMI. que pudiera corresponderle. Para hallar el cálculo de los ingresos mensuales, se tendrá en consideración todos los obtenidos por la Unidad de Convivencia.
- Ser mayor de 25 años y menor de la edad exigida para tener derecho a una pensión no contributiva para la jubilación. El requisito de edad no será tenido en cuenta cuando se trate de víctimas de violencia doméstica, de menores emancipados por matrimonio o concesión judicial y de las familias monoparentales con cargas familiares.
- Las personas mayores de 18 años que, teniendo reconocida la condición de minusválido, no tengan derecho a prestación o ayuda de igual o análoga naturaleza.
- Personas en situación de orfandad absoluta que no tengan derecho a otras prestaciones o ayudas de análoga naturaleza.
- Se reserva un cupo de un 15% para los colectivos llamados de «alto riesgo» previo informe del equipo técnico. Estos son:
- Personas mayores de 18 años que, antes de alcanzar la mayoría de edad, hubiesen estado tutelados por la Ciudad Autónoma de Melilla e internados en Centros de Protección de Menores.
- Colectivos de drogodependientes en fase de inserción o rehabilitación.
- Víctimas de violencia doméstica.
- Personas con discapacidad o con enfermedad mental.
- No ser propietario o usufructuario de bienes, muebles o inmuebles, cuyas características, valoración o posibilidad de venta, o cualquier otra forma de explotación que indique, de manera notoria, la existencia de medios materiales suficientes para atender los gastos de la subsistencia objeto de este reglamento.
En el supuesto de que en una misma Unidad de Convivencia existieran varias personas que pudieran ostentar la condición de titular, sólo podrá otorgarse la titularidad del Ingreso Melillense de Integración a una de ellas.
Qué documentos hay que presentar para pedir el IMI
En este enlace se pueden consultar todos los documentos que hay que presentar a la hora de la solicitud. Algunos de estos son:
- Documento acreditativo de la identidad de la persona solicitante y los demás miembros de la Unidad de Convivencia (DNI, pasaporte o Tarjeta de Residente).
- Cartilla de vacunas de los menores, si correspondiera.
- Libro de Familia correspondiente (en caso de que se trate de matrimonio). En caso de otras formas de convivencia certificado de convivencia de la Policía Local.
- Tarjeta Sanitaria.
- Tarjeta de demandante de empleo, si correspondiera.
- Certificación de asistencia a clase de los menores escolarizados.
- En caso de separación divorcio o nulidad, fotocopia de la correspondiente resolución.
- En el supuesto de víctimas de violencia doméstica la resolución judicial o si ésta no se hubiera dictado de la denuncia.
- Certificado del Padrón Municipal que incluya a todas las personas que residen en el domicilio.
- Declaración jurada de ingresos patrimonio y propiedades.
Dónde se presenta
Se puede realizar la solicitud por Internet, luego de registrarse en el sistema. También es posible realizarla de manera presencial en las distintas oficinas integradas en el Sistema de Registro Único de la Ciudad Autónoma de Melilla, que se pueden conocer aquí.
El plazo para la respuesta se agota a los 90 días y el silencio debe entenderse como que la solicitud fue desestimada.
Ahora ya sabes
Si vives en la Ciudad Autónoma de Melilla y tienes serias dificultades económicas, puedes recibir una ayuda económica mensual de entre 540 y 1.080 euros junto con un plan de actividades para posibilitar tu reinserción social.