Quienes se encuentren en situación de invalidez y carezcan de recursos tienen derecho en España a solicitar una pensión no contributiva de invalidez (PNC), una ayuda contemplada en la Ley General de la Seguridad Social de España.
Se trata de una prestación económica dirigida a quienes están en una determinada situación de invalidez, que brinda asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, como se explica en el sitio oficial del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
El beneficio se encuentra gestionado por las Comunidades Autónomas con competencia y por las direcciones territoriales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) y para acceder a la pensión hay que cumplir los requisitos establecidos por las autoridades.
En este artículo de Ayuda-Social.es explicaremos las claves generales para acceder a la pensión, qué monto contempla la ayuda, dependiendo del caso del que se trate y además, ante qué organismo se debe presentar la solicitud.
Requisitos de acceso a la PNC de Invalidez
Para poder convertirse en beneficiario de la PNC hay que cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener 18 o más años y menos de 65 años.
- Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
- Acreditar un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
Umbral de renta para acceder a la PNC de Invalidez
Podrán ser beneficiarios los ciudadanos españoles y nacionales de otros países que tengan residencia legal en España y que dispongan de ingresos anuales inferiores a los 7.250,60 euros anuales. Así está establecido en los requisitos oficiales.
Sin embargo, cuando se resida con familiares habrá que analizar el cómputo total de la unidad familiar, ya que al ser dos o más personas, cambiará la suma de las rentas o ingresos, tal como se puede observar en el siguiente cuadro.
Recomendamos revisar la Guía oficial de las Pensiones no Contributivas de la Seguridad Social 2024:
¿Se puede trabajar con una PNC?
El derecho a la pensión no contributiva de invalidez no impide el ejercicio de aquellas actividades laborales, sean o no lucrativas, compatibles con la discapacidad del pensionista.
Sin embargo, habrá que considerar que la actividad laboral no podrá superar la suma entre el límite de ingresos y la cuantía de la pensión no contributiva.
Leer también: Ingreso Mínimo Vital: qué es y cómo se puede solicitar
¿Dónde solicitar la PNC?
La gestión del derecho a percibir una prestación para personas con discapacidad se realiza por las Comunidades Autónomas que tienen transferidas las funciones y servicios del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso).
En las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla la solicitud se realiza directamente a través del Imserso. Esto quiere decir que cada comunidad examinará cada caso en forma individual, para luego otorgar o no la prestación.
Para avanzar con la solicitud de la prestación no contributiva habrá que acercarse en persona a las oficinas de los Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas, del Imserso o en cualquier otra de la Seguridad Social.
Es posible visualizar el listado de cada comunidad en específico.
Formulario y datos de contacto
El interesado, tendrá que rellenar y aportar un formulario, con todos los datos necesarios para acceder a la prestación. A continuación, adjuntamos el formulario modelo que hay que completar para el caso de Madrid, al cual también pueden acceder mediante el sitio web de tramitación.
También habrá que adjuntar una copia del certificado de discapacidad (en este enlace podrán encontrar más información acerca de cómo solicitar el documento).
Desde AyudaSocial.es señalamos como aconsejable verificar siempre los requisitos de cada comunidad por si hay algún otro requerimiento que pueda variar y contactar con las autoridades oficiales respectivas. Es posible consultar más información en el siguiente enlace.
Grados de discapacidad
Clasificación Real Decreto
De acuerdo a la clasificación que establece el Real Decreto 1971/1999, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, se distinguen 5 grados de discapacidad:
- Grado 1: para las personas a las que se les diagnostica una dolencia que no genera discapacidad.
- Grado 2: para discapacidades de entre el 1 y 24%, consideradas de carácter leve.
- Grado 3: para discapacidades de entre el 25 y el 49%, consideradas de carácter moderado.
- Grado 4: para discapacidades de entre el 50 y el 70%, consideradas de carácter grave.
- Grado 5: para discapacidades de más del 70%, consideradas de carácter muy grave.
Únicamente quienes tengan discapacidades de grados 4 o 5, podrán aspirar a la pensión de invalidez.
¿Cuál es el monto de la ayuda?
Como ya hemos enumerado, sólo tienen acceso a la Pensión no Contributiva por Invalidez quienes puedan acreditar un 65% de discapacidad.
En tal caso, el monto de la prestación por invalidez para el 2024 será de 7.250,60 euros anuales, que se abonan en 12 mensualidades de 517,90 € más dos pagas extraordinarias al año.
No será igual para quienes acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 75% y la necesidad de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida. En tal caso percibirán un complemento del 50% de los 5.899,60 euros anuales, por 2.949,80 euros anuales.
Cuantía | Anual | Mensual |
---|---|---|
Íntegra | 7.250,60 € | 517,90 € |
Mínima 25% | 1.812,65 € | 129,48 € |
Íntegra más Incremento 50% | 10.875,90 € | 776,85 € |
Cuando en una misma familia conviva más de un beneficiario de pensión no contributiva, la cuantía individual para cada uno es la siguiente:
NºBeneficiarios | Anual | Mensual |
---|---|---|
2 | 6.163,01 € | 440,22 € |
3 | 5.800,48 € | 414,32 € |
Para más información
Si tienes dudas puedes solicitar más información en los organismos oficiales enviando un correo electrónico al Área de Prestaciones Económicas de Imserso (buzon@imserso.es) o telefónicamente al +34 912 667 713.
Ahora ya sabes
Si cumples con los requisitos enumerados entonces prepara tus documentos y solicita la Pensión No Contributiva por Invalidez, un beneficio que te corresponde por ley y que será un complemento para la situación en que te encuentres.