Ingreso Mínimo Vital: ¿qué es y cómo se puede solicitar?

Por Maria Florencia G.
Actualizado el 29 de abril, 2024
Tiempo estimado de lectura: 10 minutos

En España, como en otros países del mundo, es posible solicitar el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una prestación no contributiva de la Seguridad Social (INSS) que busca garantizar una renta mínima para quienes no disponen de ingresos suficientes para cubrir sus necesidades básicas.

Se trata de una ayuda a la que pueden acceder los ciudadanos que se encuentran en una situación de vulnerabilidad económica, siempre y cuando cumplan los requisitos de acceso, como sucede con otros derechos como la pensión de jubilación o la prestación por desempleo

El Ingreso Mínimo Vital es una ayuda para quienes están están una situación de vulnerabilidad.
El IMV es una ayuda económica para quienes están en una situación de vulnerabilidad.

Creación del Ingreso Mínimo Vital

El IMV fue establecido en España en el 29 de mayo de 2020 por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones a través de un decreto ley y su creación se vio acelerada por la crisis del Covid-19. En ese marco, la ley que dio origen al Ingreso Mínimo Vital fue aprobada a finales de 2021. 

«La prestación no es por tanto un fin en sí misma, sino una herramienta para facilitar la transición de los individuos desde la exclusión social que les impone la ausencia de recursos hacia una situación en la que se puedan desarrollar con plenitud en la sociedad», sostiene la mencionada Ley 19/2021 que regula la ayuda social en España.

«La prestación facilita la transición de los individuos desde la exclusión hacia una situación de desarrollo en la sociedad»

Real Decreto-ley 20/2020 IMV

¿Cuál es el objetivo del IMV?

El objetivo del Ingreso Mínimo Vital es, por un lado, la redistribución de la renta, erradicando la pobreza, y por el otro, fomentar la inclusión y la inserción en el mercado laboral, con incentivos al empleo. 

En Ayuda-Social.es explicaremos cuáles son los requisitos que hay que cumplir para acceder a la prestación, de acuerdo a la información oficial, cómo solicitarlo y qué documentos son necesarios para hacerlo. 

Requisitos de acceso a la prestación

Antes de avanzar hemos apuntado algunos de los requerimientos que destaca la Seguridad Social a los que hay que prestar atención:

  • Cumplir un año de residencia legal en España.
  • Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica.
  • Tener al menos 23 años y no estar casado, ni unido a otra persona como pareja de hecho, o 18 años si hay menores a cargo y no ser beneficiario de pensión contributiva por jubilación o incapacidad permanente, ni de pensión no contributiva por invalidez o jubilación.
  • Haber vivido independientemente al menos 1 año en el caso de familias y 3 años en el caso de personas solas.
  • Las unidades de convivencia tendrá que haberse formado al menos 1 año antes de la solicitud.
  • Haber solicitado previamente las prestaciones a las que se pudiera tener derecho.
  • Se contemplarán circunstancias especiales para las personas víctimas de trata, explotación sexual o violencia de género.
  • Los solicitantes que sean menores de 30 años deberán acreditar haber vivido de forma independiente en España durante al menos los dos años anteriores a la fecha indicada.
  • Cualquier persona con ingresos inferiores a la renta garantizada por el IMV y un patrimonio menor al máximo establecido podrá ser beneficiaria.

Los requisitos de acceso se encuentran establecidos en el artículo 10 de la ley, que se puede consultar en el siguiente enlace o en el sitio del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

Mediante el Simulador del Ingreso Mínimo Vital​ se puede responder un breve cuestionario y conocer si es factible el acceso a la prestación.

¿Cuál es el monto a percibir por el IMV?

El monto a percibir cambiará de acuerdo a si el solicitantes es una sola persona adulta, si el perceptor tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65% o en función de cómo se encuentre conformada la unidad de convivencia.

Con el incremento del 6,9% anunciado por el Gobierno para el 2024, la renta garantizada del IMV será de 604 euros (7.250,52 euros anuales) si se trata de un adulto solo, incrementándose de acuerdo a la cantidad de integrantes del núcleo familiar, si se trata de una familia monoparental o si existe algún tipo de discapacidad entre los beneficiarios.

Cuantías mensuales 2024

Cuantías del IMV 2024
Revista de la Seguridad Social

Puedes consultar más sobre las cuantías de monoparentalidad y discapacidad en este enlace oficial.

Información a tener en cuenta

El IMV es una ayuda indefinida, ello quiere decir que se podrá cobrar mientras dure la situación de vulnerabilidad económica. La Seguridad Social comprobará de forma regular que esa persona o unidad familiar siga necesitando de la prestación.

Asimismo, la prestación podrá ser solicitada por cualquier integrante de la unidad de convivencia mayor de 23 años y con capacidad jurídica.

También podrán ser titulares las personas mayores de edad o menores emancipados, cuando tengan hijos o menores en régimen de guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente o los huérfanos absolutos cuando sean los únicos miembros de la unidad de convivencia y ninguno de ellos alcance la edad de 23 años.

Aquí puedes leer las preguntas frecuentes sobre el IMV

¿Cómo solicitar el IMV?

Es posible solicitar el Ingreso Mínimo Vital online, sin necesidad de presentarse en una oficina. La solicitud se puede realizar a través de la Sede electrónica de la Seguridad Social a través de un ordenador o teléfono móvil. Además, se podrá enviar la documentación por correo postal.

También existen convenios con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales para que puedan ayudar a las personas interesadas a realizar la solicitud.

Al momento de avanzar con la solicitud habrá que completar y adjuntar un formulario con la información personal del interesado/a y de la de las personas que formen parte de su unidad de convivencia.

El solicitante tendrá que adjuntar, asimismo, una imagen de su documento de identidad y otros documentos necesarios para resolver su solicitud.

Línea gratuita Seguridad Social

En caso de dudas o consultas es posible comunicarse al número que ha puesto en marcha Seguridad Social, una línea gratuita 900 en donde requerir información de 9 a 14:30. El número es el 900 20 22 22. 

La solicitud se puede realizar a través de la web de la Seguridad Social.
La solicitud se puede realizar a través de la web de la Seguridad Social.

¿Qué documentos son necesarios?

Al momento de la solicitud del Ingreso Mínimo Vital habrá que presentar la siguiente documentación:

  • Para acreditar la identidad: DNI, libro de familia, o certificado de nacimiento.
  • Para acreditar la residencia legal en España: inscripción en el registro central de extranjeros, tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea o autorización de residencia.
  • Para acreditar el domicilio en España: certificado de empadronamiento.
  • Para acreditar la existencia de la unidad de convivencia: certificado de empadronamiento o libro de familia, certificado del registro civil, o inscripción en el registro de parejas de hecho.

En este apartado es posible revisar la acreditación de los requisitos en el portal de la Seguridad Social.

¿Cómo se paga la prestación?

El pago de la prestación es mensual y se realiza por transferencia bancaria al titular de la prestación.

Tiempos de resolución 

El plazo máximo de la Seguridad Social para resolver la solicitud es de seis meses desde la presentación. Transcurrido dicho plazo sin una resolución, se entenderá denegada la petición por silencio administrativo. 

Incompatibilidades del IMV

Desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones han informado a Ayuda Social España sobre cuáles son las incompatibilidades del Ingreso Mínimo Vital.

Lo detallamos a continuación según la información oficial:

  • La percepción de la prestación de Ingreso Mínimo Vital será incompatible con la percepción de la asignación económica por hijo o menor a cargo, sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33 por ciento, cuando exista identidad de causantes o beneficiarios de esta.
  • El complemento de ayuda para la infancia será incompatible con la asignación económica por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33 por ciento.
  • En caso de que la persona interesada cumpla los requisitos necesarios para causar derecho a la prestación en favor de familiares y la del Ingreso Mínimo Vital, se deberá optar por una de ellas.
  • Desde 1 de enero de 2023 la condición de beneficiario de la prestación económica del IMV será incompatible con las pensiones asistenciales que aún sigan percibiéndose y quedarán extinguidas cuando se reconozca a sus beneficiarios, a partir del 1 de enero de 2023, la prestación del IMV.
  • La extinción de la pensión asistencial tendrá efectos en la misma fecha en que tenga efectos económicos la prestación económica del Ingreso Mínimo Vital.

Complemento de Ayuda a la Infancia

Complemente a la Infancia, una ayuda extra por cada menor de edad.
Una ayuda extra por cada menor de edad.

También se puede pedir en la Seguridad Social un Complemento de Ayuda para la Infancia, que se abona a quienes perciben el IMV por cada menor de edad miembro de la unidad de convivencia.

Los montos del complemento, con el aumento del 15 %, varían de acuerdo a la edad cumplida:

  • Menores de tres años: 115 euros.
  • Mayores de tres años y menores de seis años: 80,50 euros.
  • Mayores de seis años y menores de 18 años: 57,50 euros.

Este complemento puede ser solicitado por todas las familias con menores de edad entre sus miembros, que cumplan todos los requisitos que hemos indicado para la concesión del IMV.

Preguntas frecuentes

¿Qué cuantía recibiré con el Ingreso Mínimo Vital?

El monto a percibir cambiará de acuerdo a si el solicitantes es una sola persona adulta, si el perceptor tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65% o en función de cómo se encuentre conformada la unidad de convivencia. Leer más aquí

¿A partir de qué edad puedo solicitar el Ingreso Mínimo Vital?

Uno de los requisitos principales es tener, al menos, 23 años. Leer más aquí

Ahora ya sabes

El Ingreso Mínimo Vital es un derecho al que pueden acceder todos los ciudadanos españoles que se encuentran en una situación de vulnerabilidad económica y cumplan todos los requisitos de acceso.

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Maria Florencia G.

Maria Florencia G.

Periodista. Trabajé en diversos sitios informativos y me apasiona explorar mundos nuevos. Colaboro con Ayuda-Social.es en la búsqueda de respuestas a preguntas en el universo de las ayudas, derechos y convocatorias de interés.

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