Prestación Aragonesa Complementaria del IMV: requisitos y solicitud

Por Maria Florencia G.
Actualizado el 06 de febrero, 2024
Tiempo estimado de lectura: 9 minutos

Los colectivos más vulnerables tienen acceso en la Comunidad Autónoma de Aragón a una prestación complementaria al Ingreso Mínimo Vital (IMV). Se trata de un derecho del cual pueden disponer aquellas personas que carezcan de ingresos suficientes para hacer frente a sus necesidades básicas.

Se conoce como Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital (PACIMV) y se encuentra regulada mediante el Decreto 161/2021, de 13 de octubre, establecida por la Ley 3/2021, de 20 de mayo. Lo que se busca, por medio de la asistencia, es garantizar una renta mínima a quienes se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad económica.

La Prestación Aragonesa Complementaria del IMV es una asistencia periódica de carácter social y económico.
La Prestación Aragonesa Complementaria del IMV es una asistencia de carácter social y económico.

La PACIMV surgió como un complemento del IMV, cuando se derogó toda la normativa relativa al Ingreso Aragonés de Inserción (IAI) y se creó la nueva asistencial social como una prestación periódica, subsidiaria y complementaria de cualquier otro tipo de ingreso, recurso o prestación a las que tenga derecho una persona o familia que estén afrontando una situación de dificultad económica.  

Características Prestación Aragonesa Complementaria del IMV

La Prestación Aragonesa Complementaria del IMV es una asistencia periódica de carácter social y económico diseñada para los colectivos más vulnerables, con la misión de que a través de su cobro, las personas puedan hacer frente a sus necesidades básicas.

Tiene carácter subsidiario y complementario a cualquier otro ingreso, prestación o recurso a los que se tenga derecho, razón por la cual queda condicionada a la solicitud del IMV o de cualquier otra prestación con carácter previo.

“La Prestación Aragonesa Complementaria tendrá carácter complementario para las personas que sean beneficiarias del IMV, hasta la cuantía que les pudiera corresponder, resultante de la vulnerabilidad económica determinada para la concesión de este ingreso”, subraya el decreto que regula la prestación.

Otra característica es que se trata de una prestación personal e intransferible que es incompatible con la Ayuda de Integración Familiar.

¿Es necesario haber solicitado previamente el IMV?

Aunque no es necesario presentar la solicitud de Ingreso Mínimo Vital para acceder a la PACIMV, hay que tener en cuenta que la prestación económica está pensada para aquellas personas o familias que quedan fuera del ámbito de cobertura del IMV en una situación de vulnerabilidad económica.

Según explican las autoridades, antes de la solicitud de la PACIMV, se deberá haber solicitado todas las pensiones y prestaciones públicas a las que pudiera tener derecho por su carácter subsidiario.

¿Quiénes pueden solicitar la prestación?

Podrán solicitar la Prestación Aragonesa Complementaria aquellas personas o familias que, estando en situación de vulnerabilidad económica, no cumplan todos los requisitos para ser titulares del IMV, pero también quienes sean titulares del IMV y puedan ser beneficiarias del complemento para la prestación.

Los solicitantes deberán estar en una situación de vulnerabilidad económica por carecer de rentas, ingresos o patrimonio suficiente.

Asimismo, tendrán la condición de beneficiarios de la Prestación Aragonesa Complementaria sin necesidad de acreditar la solicitud previa del IMV:

  • Mayores de 18 años y menores de 30 que no puedan acceder al IMV por no cumplir con los requisitos de acceso, siempre que acrediten que su domicilio ha sido distinto al de sus progenitores, tutores o acogedores durante los doce meses inmediatamente anteriores a la solicitud y hayan estado nueve meses de alta, continuados o no, en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social.
  • Personas de entre 18 y 22 años que hayan estado bajo la guarda o tutela de una entidad pública como medida protectora y accedan a su emancipación definitiva. El acceso a la prestación requerirá que la persona interesada esté adscrita a un programa de autonomía y/o transición a la vida independiente de responsabilidad pública durante, como mínimo, los dos años anteriores a la solicitud, que deberá acreditarse con informe motivado de justificación de los servicios de protección e informe de derivación a los servicios sociales correspondientes. Ambos informes podrán emitirse conjuntamente por el Servicio competente en materia de protección a la infancia y la adolescencia.
Los solicitantes deberán estar en una situación de vulnerabilidad económica por carecer de rentas, ingresos o patrimonio suficiente.
Los solicitantes deberán hallarse en una situación de vulnerabilidad económica.
  • Los menores emancipados que tengan a su cargo personas con discapacidad o en situación de dependencia.
  • Aquellas unidades de convivencia con menores a cargo que, habiendo finalizado el tiempo máximo del programa de protección internacional, estén siendo atendidas por los servicios sociales de referencia y se encuentren en espera de reunir los requisitos necesarios para regularizar su situación y poder acceder al IMV. En este caso, el acceso a la prestación requerirá que las personas solicitantes dispongan de informe favorable por parte de los servicios sociales de referencia.
  • Las mujeres y unidades familiares víctimas de violencia contra la mujer según la tipología y formas de violencia establecidas en la Ley 4/2007, de 22 de marzo, de Prevención y Protección Integral a las Mujeres Víctimas de Violencia en Aragón. Dicha condición se acreditará mediante certificado del organismo autonómico competente en materia de violencia contra la mujer.
  • Las personas solicitantes de asilo y refugio, mientras se tramita la solicitud de asilo y protección subsidiaria.

Requisitos para la solicitud del PACIMV

Es necesario residir en la Comunidad Autónoma de Aragón para acceder a la prestación.
Es necesario residir en la Comunidad Autónoma de Aragón para acceder a la prestación.

De acuerdo a lo establecido, las personas beneficiarias de la Prestación Aragonesa Complementaria deberán reunir en todo caso los siguientes requisitos:

  • Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica.
  • Tener residencia efectiva en Aragón.
  • No disfrutar de beneficio similar en otra Comunidad Autónoma.
  • No cumplir los requisitos para ser beneficiarios del IMV. Este requisito no se aplicará en el caso de los beneficiarios del complemento fijado para el IMV. La Prestación Aragonesa Complementaria, cuando complemente la cuantía del IMV, tomará como base la determinación de la vulnerabilidad económica y se aplicará el complemento resultante a la persona beneficiaria o la unidad de convivencia perceptora del IMV.
  • Haber solicitado, con carácter previo a la Prestación Aragonesa Complementaria, todas las pensiones y prestaciones públicas vigentes a las que pudieran tener derecho. No obstante, en los supuestos previstos en el artículo 3.3 no será necesario acreditar la solicitud previa del IMV.
  • Estar empadronados en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón en el momento de presentación de la solicitud.
  • No ser usuarias de una prestación de servicio residencial, de carácter social, sanitario o sociosanitario, con carácter permanente y financiada con fondos públicos.
  • En el caso de disponer de ingresos de trabajo, justificados mediante contrato laboral, no disfrutar de una reducción de jornada laboral o situación análoga, salvo que se trate de familias monoparentales que ven obligadas a reducir su jornada por causas sobrevenidas no imputables a los componentes de la unidad de convivencia.

¿Cuál es la cuantía de la prestación?

El importe máximo de la Prestación Aragonesa del Ingreso Mínimo Vital se publica en la Ley de presupuestos del Gobierno de Aragón. Para este 2024 la cuantía garantizada para una persona beneficiaria individual es de 621 euros mensuales, según la información publicada por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales.

Puedes ver la tabla de cuantías de acuerdo a la confirmación de la unidad familiar en este enlace.

¿Qué duración tiene la PACIMV?

La prestación económica se mantendrá mientras subsistan los motivos que dieron lugar a su reconocimiento.

Solicitud de la Prestación Aragonesa Complementaria

La solicitud de la prestación se puede realizar de forma presencial en los Centros de Servicios Sociales municipales o comarcales o también en línea a través del siguiente enlace.

Para presentar la solicitud online habrá que realizar el acceso mediante:

  • Certificado Electrónico si dispone de certificado digital, DNI electrónico o @Clave.
  • Sin Certificado: deberá utilizar esta opción si no dispone de Certificado Electrónico o bien en la primera vez que accede al sistema y no dispone de Contraseña de Acceso.
  • Contraseña de Acceso: esta opción podrá utilizarla cuando sea usuario registrado en la aplicación y disponga de Contraseña de Acceso remitido a su correo electrónico.

Qué documentación será requerida para la solicitud

Entre la documentación a presentar se encentra el Certificado o volante de empadronamiento colectivo y será consultada por parte del Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS) la siguiente documentación:

  • Identidad, bienes inmuebles y residencial legal.
  • Situación Actual de Prestaciones por Desempleo.
  • Importes de Prestación de Desempleo Percibidos en un Periodo.
  • Prestaciones Públicas del RPSP e Incapacidad Temporal, Maternidad y Paternidad
  • Vida Laboral de los últimos 12 meses.
  • Datos de residencia con fecha de última variación padronal.

Leer más: Qué es y cómo obtener el informe de vida laboral

Normativa de la prestación

Ahora ya sabes

Aquellos colectivos sociales en una situación de vulnerabilidad social y económica tienen el derecho a la solicitud de la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos por norma para la concesión de la asistencia social.

Ayuda-Social.es es una empresa independiente que ofrece información sobre diversas ayudas. No tenemos afiliación ni patrocinio de ninguna entidad gubernamental de España. Para solicitar más información o acceder a las ayudas, te recomendamos dirigirte al organismo oficial correspondiente.

Síguenos para más información en nuestro Facebook e Instagram y escríbenos tus dudas a nuestro Formulario de Contacto. ¡Te queremos escuchar!

¿Te ha gustado? ¡Compártelo con alguien que lo necesite o guárdalo para leer más tarde!

Picture of Maria Florencia G.

Maria Florencia G.

Periodista. Trabajé en diversos sitios informativos y me apasiona explorar mundos nuevos. Colaboro con Ayuda-Social.es en la búsqueda de respuestas a preguntas en el universo de las ayudas, derechos y convocatorias de interés.

⬇️ Esto también puede interesarte ⬇️

¡Suscríbete a nuestro newsletter!

Conoce las últimas convocatorias, beneficios y ayudas disponibles.