Subvenciones para la rehabilitación de edificios residenciales en Ceuta: solicitud y requisitos

Por Sebastián M.
Actualizado el 06 de diciembre, 2023
Tiempo estimado de lectura: 7 minutos

Las ayudas de rehabilitación para edificios residenciales de la Ciudad Autónoma de Ceuta que estén o hayan estado sujetos a algún régimen de protección pública tienen como principal finalidad mejorar el estado de conservación, las condiciones de accesibilidad y las de eficiencia energética de los hogares.

Según el propio Consejo de Gobierno de Ceuta, esta ciudad “cuenta con uno de los parques de viviendas públicas más antiguos del territorio, en algunos casos con más de 50 años de antigüedad”. 

Se trata de una ayuda económica de hasta el 100% de los costes para edificios que estén o hayan estado bajo protección pública.
Se trata de una ayuda económica de hasta el 100% de los costes para edificios que estén o hayan estado bajo protección pública.

“Con el paso del tiempo, estas viviendas han sufrido importantes deterioros y situaciones que en ocasiones ponen en riesgo la seguridad y la calidad de vida de sus vecinos. Estos parques de viviendas, que fueron en su momento públicos, fueron adquiridos por terceros con el paso del tiempo, por familias con unos recursos económicos limitados que hacen que les haya sido en el tiempo inviable acometer una reforma integral cuya finalidad fuera la mejora del estado de las edificaciones donde residen”, indicaron, al informar sobre la creación de estas subvenciones.  

En Ayuda-Social.es ya hemos hablado sobre otra ayuda pensada para personas con carencias económicas de Ceuta: el Ingreso Mínimo de Inserción Social (IMIS), la versión local del Ingreso Mínimo Vital. En esta oportunidad, nos centraremos en todo lo relacionado con estas subvenciones para la rehabilitación de edificios residenciales de Ceuta que estén o hayan estado bajo protección pública. 

De qué se trata la ayuda 

Las subvenciones para la rehabilitación de edificios residenciales conceden de forma directa, con carácter excepcional y por razones de interés público, económico y social, dinero para ser destinado a la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva. Es obligatorio que esos edificios se encuentren en el territorio de la ciudad de Ceuta y que estén, o hayan estado, sujetos a algún régimen de protección pública.

Para qué se pueden usar las subvenciones

Las subvenciones se pueden solicitar para “mejorar el  estado de conservación, las condiciones de accesibilidad y las de eficiencia energética de las viviendas”. Se consideran actuaciones subvencionables las siguientes:

  • Actuaciones de conservación. Aquellas obras relativas a la cimentación, estructura e instalaciones comunes, saneamiento, cubiertas, azoteas, fachadas y medianeras, incluyendo procesos de desamiantado.
  • Mejoras de la accesibilidad. Las que contemplen la instalación o renovación de ascensores, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad; la instalación de elementos de información o de aviso y la instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior.
  • Eficiencia energética. Aquellas que mejoren la envolvente del edificio para reducir su demanda energética, mediante actuaciones sobre el aislamiento térmico, sustitución de carpinterías, acristalamientos, eficiencia en iluminación, energías renovables, sistemas de ahorro de agua, adecuada recogida y separación de residuos domésticos en los espacios comunes, entre otros.

Requisitos para acceder a las subvenciones

Para recibir las subvenciones es necesario que al menos la mitad de los propietarios residan en el edificio de manera habitual y permanente y que los ingresos de al menos la mitad de las unidades de convivencia (personas que viven juntas) sean inferiores a 5,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). El IPREM anual está actualmente en 8.400 euros. 5,5 veces el IPREM anual actual son 46.200 euros.  

Podrán ser beneficiarios de las ayudas las Comunidades de propietarios o las Agrupaciones de comunidades de edificios de viviendas constituidas legalmente.

as subvenciones se pueden solicitar para “mejorar el estado de conservación, las condiciones de accesibilidad y las de eficiencia energética de las viviendas”.
as subvenciones se pueden solicitar para “mejorar el estado de conservación, las condiciones de accesibilidad y las de eficiencia energética de las viviendas”.

Cuantía de la subvención 

La subvención no podrá superar en ningún caso el 100% de los gastos aún considerando, si las hubiese, las ayudas o subvenciones concedidas por otras administraciones o entes públicos o privados. 

La subvención será, como máximo, del 80% de los gastos, hasta un máximo de 20.000 por vivienda.

Sin embargo, esa cifra puede incrementarse en un 25%, es decir, hasta los 25.000 euros por vivienda, cuando se realicen conjuntamente los tres tipos de actuaciones: de accesibilidad, de eficiencia energética y de conservación.

Además, si los ingresos de las unidades de convivencia de al menos la mitad de las viviendas que componen el edificio no superan 3,5 veces el IPREM, las subvenciones podrán ser hasta del 100% de los costes

Documentación a presentar

Al momento de realizar la solicitud de las subvenciones se requerirán una serie de documentos. Estos son:

  • Escritura y/o nota simple actualizada.
  • Presupuesto. 
  • Acta nombramiento presidente, secretario y administrador comunidad.
  • Documentación acreditativa del año de construcción del edificio.
  • Certificado cuenta corriente (IBAN).
  • Informe y/o proyecto técnico.
  • Solicitud de ayudas rehabilitación edificios residenciales. 
  • Declaración responsable.
  • Certificado de acuerdos.
  • Declaración responsable del técnico competente.
  • Documento acreditativo de representación legal.
Para recibir las subvenciones es necesario que al menos la mitad de los propietarios residan en el edificio de manera habitual y permanente.
Para recibir las subvenciones es necesario que al menos la mitad de los propietarios residan en el edificio de manera habitual y permanente.

Documentación opcional

Además, hay una serie de documentos que, si bien no son obligatorios, pueden ser requeridos según cada caso. Se pueden conocer todos en este enlace. Algunos de estos son: 

  • Certificado estar al corriente en serv.Tributarios.
  • Documento de constitución de la comunidad de propietarios.
  • Acreditación de la identidad del representante legal.
  • Licencia de obra y/o actividad.
  • Certificado datos catastrales.
  • Documentación acreditativa reintegro de subvenciones.
  • Certificado de empadronamiento individual.
  • Certificado de empadronamiento familiar.
  • IRPF o declaración ingresos miembros unidad familiar.
  • Contrato de compraventa.
  • Certificado de estar al corriente con la seguridad social.
  • Certificado de estar al corriente con la agencia tributaria.
  • Acta de inicio de obras.
  • Fotografía.
  • Gastos de auditoría.
  • Datos de la unidad de convivencia.
  • Declaración responsable de ingresos.

Cómo solicitar las subvenciones

Las subvenciones para la rehabilitación de edificios residenciales de la Ciudad Autónoma de Ceuta que estén o hayan estado sujetos a algún régimen de protección pública se piden, únicamente, a través de Internet.  Para ello es necesario ingresar a este enlace, previa registración. El sistema guiará a la persona interesada a través de una serie de pasos. Será necesario adjuntar la documentación requerida para completar la solicitud. 

El organismo responsable de tramitar las solicitudes y otorgar las ayudas es la Empresa Municipal de la Vivencia de Ceuta (EMVICESA), perteneciente a la Consejería de Fomento, Medio Ambiente y Servicios Urbanos. 

También serán subvencionables aquellas actuaciones aquellas que se hayan iniciado a partir del 1 de enero de 2023, siempre que no se encuentren finalizadas en la fecha de la presentación de la solicitud. Las solicitudes se realizan sin coste alguno. 

Ahora ya sabes

En Ceuta existen subvenciones para rehabilitar edificios residenciales que están o estuvieron bajo protección públicas que pueden alcanzar, en casos excepcionales, hasta el 100% del valor de las actuaciones. 

Ayuda-Social.es es una empresa independiente que ofrece información sobre diversas ayudas. No tenemos afiliación ni patrocinio de ninguna entidad gubernamental de España. Para solicitar más información o acceder a las ayudas, te recomendamos dirigirte al organismo oficial correspondiente.

Síguenos para más información en nuestro Facebook e Instagram y escríbenos tus dudas a nuestro Formulario de Contacto. ¡Te queremos escuchar!

Compartir artículo

Sebastián M.

Sebastián M.

Soy periodista, licenciado en Ciencias de la Comunicación y un apasionado por la escritura que ha trabajado en diversos medios. Colaboro con Ayuda-Social.es para explicar de la manera más sencilla posible cómo acceder a los diversos beneficios sociales.

Te podrÍa interesar ...

¡Suscríbete a nuestro newsletter!

Conoce las últimas convocatorias, beneficios y ayudas disponibles.