El Bono Social Térmico de Castilla y León es una ayuda económica destinada a los hogares vulnerables que tienen reconocido el Bono Social Eléctrico. Su finalidad es ayudar a afrontar los gastos de calefacción, agua caliente sanitaria y cocina.
Para el ejercicio 2025, pueden recibir esta ayuda las personas que fueran beneficiarias del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre de 2024. No es necesario presentar una solicitud, ya que la Junta de Castilla y León identifica directamente a las personas beneficiarias a partir de la información comunicada por las comercializadoras de referencia.
La cuantía oscila entre 210,71 y 400,69 euros y se abona en un único pago anual. El importe concreto depende de la zona climática de la vivienda y del grado de vulnerabilidad reconocido.
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Veamos a continuación en Ayuda-Social.es algunos puntos de interés sobre quiénes pueden percibir el Bono Social Térmico, cuantías y acceso a la ayuda en Castilla y León.
Bono Social Térmico de Castilla y León 2025
El Bono Social Térmico correspondiente al ejercicio 2025 se dirige a las personas que tenían reconocido el Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre de 2024.
La Junta de Castilla y León concede la ayuda de oficio, por lo que las personas beneficiarias no tienen que presentar una solicitud. Durante enero de 2026 recibieron una carta en su domicilio con la cuantía reconocida, el número de cuenta previsto para el ingreso y las instrucciones para modificar los datos bancarios o renunciar a la ayuda.

¿Quién puede recibir el Bono Social Térmico en Castilla y León?
Pueden recibir el Bono Social Térmico de 2025 las personas que fueran beneficiarias del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre de 2024.
No es necesario presentar ninguna solicitud. La ayuda se reconoce automáticamente a partir de la información facilitada por las comercializadoras eléctricas de referencia.
La Junta envía una comunicación a cada persona beneficiaria en la que informa de la cuantía, la cuenta bancaria prevista para el ingreso y la posibilidad de modificarla o renunciar a la ayuda.
Cuantía del Bono Social Térmico de Castilla y León
La cuantía del Bono Social Térmico de Castilla y León correspondiente a 2025 oscila entre 210,71 y 400,69 euros.
El importe depende de dos factores:
- La zona climática en la que se encuentra la vivienda habitual.
- El grado de vulnerabilidad reconocido: consumidor vulnerable, vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social.
La ayuda se abona en un único pago anual. La cantidad exacta aparece indicada en la carta enviada por la Junta de Castilla y León a cada persona beneficiaria.

El Bono Social Térmico tributa en el IRPF como ganancia patrimonial y debe integrarse en la base imponible general.

1. Consumidores vulnerables
Serán considerados consumidores vulnerables aquellos acogidos al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) que contraten el suministro de electricidad en su vivienda habitual y que cumplan con alguno de los requisitos siguientes:
- Que la renta conjunta anual de la unidad de convivencia sea igual o inferior a 2 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas y superior a 1,5 veces el IPREM de 14 pagas. Esta referencia al IPREM se verá incrementada en 0,3 por cada adulto de la unidad de convivencia y en 0,5 por cada menor. Actualmente, el IPREM mensual es de 600 euros.
- Ser una familia numerosa.
- Ser receptor del Salario Mínimo Vital.
2. Consumidores vulnerables severos
Serán considerados consumidores vulnerables severos quienes cumplan alguna de las siguientes características:
- Tener una renta anual inferior o igual al 50% de los umbrales establecidos para ser considerados consumidores vulnerables.
- Tener una renta anual inferior o igual a 1 vez el IPREM a 14 pagas.
- Percibir una renta anual inferior o igual a 2 veces el IPREM a 14 pagas, en el caso de familias numerosas.
3. Consumidores vulnerables en riesgo de exclusión
Son aquellos considerados como consumidores vulnerables severos que están siendo atendidos por los servicios sociales de una administración autonómica o local, que financie como mínimo el 50 % del importe de su factura.
No podrán ser objeto de cortes de suministros las viviendas que perciban el Bono Social Térmico en las que vivan consumidores en riesgo de exclusión social, en las que hayamenores de 16 años y en los hogares en los que uno de sus miembros se encuentre en situación de dependencia reconocida de Grado II o III, o bien con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
Dónde y cómo acceder a toda la información necesaria
La Junta de Castilla La Mancha ofrece una manera simple y precisa de que los beneficiarios del Bono Social Térmico accedan a toda la información relacionada con esta ayuda: el Portal del Ciudadano.
Allí se podrá podrá conocer los pagos que se han recibido, la fecha y el importe del pago y el número de cuenta en la que se ha abonado. También se podrá comunicar o modificar el número de cuenta para el cobro del pago o renunciar a la ayuda.

¿Cómo cambiar la cuenta bancaria del Bono Social Térmico?
La carta enviada por la Junta de Castilla y León indica la cuenta bancaria en la que se realizará el pago del Bono Social Térmico.
Si el número de cuenta es correcto, la persona beneficiaria no tiene que realizar ningún trámite. El importe se ingresará directamente en la cuenta indicada.
Si desea recibir la ayuda en otra cuenta, puede comunicar el cambio por alguna de estas vías:
- A través del Portal del Ciudadano, accediendo con el DNI o NIE y la contraseña recibida en la carta que informa de la concesión del bono.
- Por escrito, utilizando el modelo de comunicación o modificación de cuenta bancaria adjunto a la carta.
- Presencialmente, en una oficina de asistencia en materia de registros.
- Por correo postal, a través de una oficina de Correos.
El formulario puede dirigirse a:
Gerencia de Servicios Sociales
C/ Mieses, 26, planta 4.ª
Servicio de Inclusión Social
47009 Valladolid
En la comunicación deberán constar el nombre y apellidos de la persona beneficiaria, el DNI o NIE, el nuevo número de cuenta, el nombre de su titular, el lugar, la fecha y la firma.

Cómo renunciar al Bono Social Térmico de Castilla y León
En caso de que cambien las condiciones de precariedad económica que hicieron que la persona reciba el Bono será obligatorio informarlo. Los beneficiarios tendrán un plazo de 10 días hábiles (excluyéndose del cómputo sábados, domingos y declarados festivos) desde la recepción de la comunicación de su condición de beneficiario del Bono Social Térmico.

Otra opción es completar el documento que compartimos aquí abajo y enviarlo a la Gerencia de Servicios Sociales, C/Mieses-26, Planta 6ª Servicio de Inclusión Social, 47009 Valladolid, a cualquier registro de las Administraciones Públicas, a las Oficinas de Atención al Ciudadano y en oficina de correos.
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Dónde y cómo solicitar más información
Quienes necesiten más información puede comunicarse telefónicamente llamando al teléfono al 012, el Servicio de Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León, o al 983 327 850.

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Preguntas frecuentes
¿Qué cuantía puedo percibir con el Bono Social Térmico de Castilla y León?
La cuantía depende del grado de vulnerabilidad del consumidor y de la zona climática en la que se ubique su vivienda habitual.
¿Quién puede solicitar el Bono Social Térmico en Castilla y León?
Podrán hacerlo los consumidores vulnerables y severos, así como los que se encuentren en riesgo de exclusión.
Ahora ya sabes
El Bono Social Térmico es una ayuda económica destinada a los hogares vulnerables que tienen reconocido el Bono Social Eléctrico. Su objetivo es ayudar a afrontar los gastos de calefacción, agua caliente sanitaria y cocina.
En Castilla y León, la cuantía correspondiente al ejercicio 2025 oscila entre 210,71 y 400,69 euros y se abona en un único pago. El importe depende de la zona climática de la vivienda y del grado de vulnerabilidad reconocido.
No es necesario presentar una solicitud, ya que la ayuda se concede de oficio a las personas que cumplían los requisitos a 31 de diciembre de 2024. La Junta de Castilla y León comunica a cada beneficiario la cantidad reconocida y la cuenta bancaria prevista para el ingreso.



