Afrontar un parto múltiple conlleva una serie de desafíos, tanto a nivel emocional como económico, lo que hace indispensable una cuidadosa planificación y readaptación de la economía familiar. Los costos asociados con la crianza de más de un hijo a la vez pueden ser significativos, y es por ello que es necesario un enfoque estratégico para asegurar el bienestar y la estabilidad financiera del hogar.
La Junta de Andalucía ofrece ayudas económicas por parto múltiple y para familias a partir del tercer hijo. Este apoyo surge a raíz del descenso de la natalidad registrado durante los últimos años en el territorio. Según datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), en España los nacimientos se redujeron un 2,0% durante el año 2023, con un total de 61.748 en Andalucía.
Para ofrecer soporte a las familias, ante lo que puede ser un parto múltiple o la llegada de otro hijo, la comunidad autónoma andaluza ofrece una ayuda económica anual de 1200 euros, que puede aumentar de acuerdo a la cantidad de hijos.
Si quieres saber más acerca de esta subvención para familias en Andalucía quédate en nuestro artículo. Desde Ayuda-Social.es te contamos toda la información necesaria.
¿En qué consisten estas ayudas?
Esta subvención, destinada a familias residentes en la Comunidad Autónoma de Andalucía, contempla dos líneas de subvención: parto múltiple o tercer hijo.
1. Ayuda por parto múltiple
Se trata de una ayuda que se recibe en un pago único de carácter anual. Por su parte, las familias que deseen recibirla deberán solicitarla durante los tres años posteriores al nacimiento, aunque también contempla supuestos como la constitución de la adopción o acogimiento familiar permanente preadoptivo. Todo ello siempre que se mantengan las condiciones que permitieron su concesión, en el segundo y tercer pago, en la siguiente cuantía
2. Subvención por tercer hijo/a
Estas ayudas económicas se otorgan por hijos/as menores de tres años en el momento de un nuevo nacimiento. Se trata de una subvención que puede alcanzar los 600 euros anuales por cada uno de los otros hijos/as que no hayan cumplido esta edad. Además, desde la convocatoria indican que para la determinación de esta edad se considerará la fecha de nacimiento del último hijo/a.
Requisitos para solicitar la ayuda
Para la concesión de las ayudas por partos múltiples y tercer hijo, los solicitantes deben contar con la titularidad de la patria potestad. Además, la unidad familiar debe cumplir con los siguientes requisitos económicos:
- Las unidades familiares cuyos ingresos sean iguales o inferiores al IPREM vigente en cada ejercicio tendrán derecho al 120% del importe de las cuantías establecidas.
- Las familias cuyos ingresos sean superiores a una vez el IPREM e iguales o inferiores a dos veces el IPREM vigente en cada ejercicio, tendrán derecho al 110% del importe de las cuantías.
- Para el conjunto familiar con ingresos superiores a dos veces el IPREM e iguales o inferiores a cuatro veces el IPREM vigente en cada ejercicio, se otorgará un derecho al 100% establecido.
- Si los ingresos son cuatro veces el IPREM e iguales o inferiores a seis veces el IPREM vigente en cada ejercicio, las familias tendrán derecho al 50% .
- Por último, las unidades familiares cuyos ingresos sean superiores a seis veces el IPREM vigente en cada ejercicio, quedarán excluidas de la percepción de las ayudas.
Cuantías por número de hijos/as
Como hemos indicado anteriormente, estas ayudas se abonarán en un pago único de carácter anual durante la vigencia de las mismas. Las cantidades a percibir serán las siguientes:
- 1200 euros en el caso de parto de dos hijos/as.
- 2400 euros en el caso de parto de tres hijos/as.
- 3600 euros en el caso de parto de cuatro hijos/as.
- 4800 euros en el caso de parto de cinco o más hijos/as.
Documentación a presentar
La resolución oficial indica que «las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación, debidamente compulsada» que te contamos detalladamente en este apartado:
- Fotocopia del DNI/NIE/Pasaporte en vigor del solicitante.
- Copia del Libro de Familia.
- Certificado de empadronamiento colectivo acreditativo de que todos los miembros de la unidad familiar se hayan empadronados como convivientes en un mismo domicilio.
- Fotocopia completa de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de todos los miembros de la Unidad Familiar. En el caso de quienes no estuvieran obligados a presentarla, certificado de retenciones de rendimientos percibidos , o, en su defecto, declaración responsable de ingresos.
- Copia de la libreta de ahorro o certificado bancario acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria del solicitante.
Y presta atención porque la Junta de Andalucía advierte que una vez analizada la solicitud y la documentación presentada «si estuviera incompleta o no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación de que». Si no realizamos estas modificaciones, se cancelará la petición de forma automática.
¿Cómo puedo realizar la solicitud?
Las solicitudes para esta ayuda pueden realizarse tanto de forma telemática como online.
Presentación telemática
El procedimiento se realiza en la Delegación Territorial de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad que corresponda. También pueden presentarse en el Registro General de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, situado en Avda. de Hytasa, número 14, en Sevilla.
Presentación online
Los solicitantes que dispongan de certificado digital también pueden hacerlo a través de Oficina Virtual.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la cuantía que recibo por parto múltiple?
Todo depende de la cantidad de hijos/as que ya tengas en. elmomento del nuevo parto. Las ayudas van desde los 1200€ en adelante. Leer más aquí.
¿Puedo presentar mi solicitud online?
Sí. Existe la posibilidad de solicitar esta ayuda para familias de forma online rellenando el formulario correspondiente. Leer más aquí.
Ahora ya sabes
La Junta de Andalucía ofrece ayudas económicas para familias numerosas y por parto múltiple. Estas subvenciones, de carácter anual, pueden pedirse desde el momento del nacimiento, adopción o acogimiento del tercer hijo de cada unidad familiar. Por el momento no existe fecha de cierre de estas ayudas.