Ayuda de 1.000 € para familias numerosas, monoparentales y con discapacidad

Por Paula T.
Publicado el 27 de septiembre, 2024
Tiempo estimado de lectura: 7 minutos

El nacimiento o la adopción de un hijo supone un gran cambio en la vida de cualquier familia. Sin embargo, para una familia numerosa, monoparental o con discapacidad, este acontecimiento puede significar un mayor reto económico. Para ofrecer un apoyo a estos hogares, el gobierno español ha establecido una prestación económica específica.

Esta ayuda, gestionada por la Seguridad Social, tiene como finalidad brindar un respiro financiero a quienes más lo necesitan en momentos clave como la llegada de un hijo. Aunque no se trata de una ayuda contributiva, es decir, no depende de haber cotizado a la Seguridad Social, es necesario cumplir con determinados requisitos y condiciones para poder acceder al beneficio.

Ayuda por nacimiento para familias numerosas, monoparentales y con discapacidad
Cada nacimiento trae consigo un nuevo comienzo, y con esta prestación, las familias reciben el apoyo necesario para enfrentar el camino con más tranquilidad.

Desde Ayuda-Social.es ya te hemos informados sobre numerosas ayudas familiares. Esta vez te explicamos en qué consiste esta prestación, las cantidades que se pueden percibir, los requisitos que se deben cumplir y los pasos a seguir para solicitarla, entre otras cuestiones de interés.

¿En qué consiste la prestación económica por nacimiento o adopción de hijo?

La prestación económica por nacimiento o adopción de hijo es una ayuda de pago único, no contributiva, destinada a familias que cumplan con una de las siguientes situaciones:

  • Familias numerosas.
  • Familias monoparentales.
  • Padres o madres con una discapacidad reconocida igual o superior al 65%.

Esta prestación está regulada por la Ley General de la Seguridad Social y se establece para aquellos nacimientos o adopciones ocurridos desde el 16 de noviembre de 2007. El objetivo de esta ayuda es paliar los gastos derivados de la llegada de un nuevo hijo en situaciones familiares que, por su naturaleza, ya tienen una mayor carga económica.

El reconocimiento del derecho lo realiza el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), siempre que se cumplan los requisitos, y puede solicitarse a partir del día siguiente al nacimiento o adopción del hijo. Es importante destacar que el acceso a esta ayuda prescribe a los cinco años desde el nacimiento o adopción, por lo que es fundamental estar atentos a los plazos.

Cuantía a percibir

Tal y como informan la bases, la cantidad establecida para esta prestación es de 1.000 euros, que se realizará en un solo pago. No obstante, para poder recibir esta ayuda, es necesario que los ingresos anuales del beneficiario no superen un límite establecido por la normativa.

Si los ingresos del solicitante superan ligeramente este límite, pero son inferiores al resultado de sumar el límite más la cantidad de la prestación (1.000 euros), la Seguridad Social abonará la diferencia entre los ingresos totales y el límite establecido.

Requisitos para acceder a la prestación

Para poder beneficiarse de esta prestación económica, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Los ingresos anuales del solicitante no deben sobrepasar el umbral establecido por la normativa. Si se superan, aún puede existir el derecho a percibir una cantidad menor.
  • Es imprescindible que el solicitante resida en el país de manera legal y que el nacimiento o adopción haya tenido lugar en territorio español o que la adopción sea reconocida por la autoridad española.
  • El solicitante no puede recibir prestaciones de la misma naturaleza por parte de otro régimen público de protección social (como MUFACE, ISFAS o MUGEJU).
  • Tener la condición de familia numerosa, monoparental o el certificado de discapacidad.

También puedes leer: ¿Tengo derecho a cobrar una ayuda por familia numerosa si nunca he cotizado?

Documentación a presentar

Al solicitar esta ayuda, es necesario presentar una serie de documentos que enumeramos a continuación:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) o, en el caso de extranjeros, Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE), pasaporte o documento equivalente.
  • Formulario de solicitud debidamente cumplimentado.
  • Libro de familia.
  • Certificados específicos según el caso (certificado de familia numerosa, discapacidad, etc.).
  • Justificación de ingresos (cuando sea necesario).

Cómo solicitar la prestación por diferentes vías

Existen varias vías para tramitar la solicitud de esta prestación:

Compatibilidades e incompatibilidades

Compatibilidades

La prestación por nacimiento o adopción es compatible con otras ayudas, lo que permite a los beneficiarios recibir varios apoyos a la vez, siempre que no se solapen en naturaleza o finalidad. Por ejemplo, es compatible con la prestación por parto múltiple o adopción, siempre y cuando ambas sean concedidas a la misma persona.

Además, se puede percibir junto con las asignaciones económicas por hijos o menores a cargo, así como con la pensión de orfandad, en los casos en que los menores tengan derecho a ella. Asimismo, esta prestación también puede coexistir con otras ayudas económicas que concedan las administraciones locales o autonómicas, siempre que no sean de la misma naturaleza.

Incompatibilidades

A pesar de las compatibilidades mencionadas, existen ciertos casos en los que esta prestación no puede recibirse de forma simultánea con otras ayudas. No es compatible, por ejemplo, con la percepción de ayudas de naturaleza similar otorgadas por otros regímenes públicos de protección social, como MUFACE o ISFAS. Además, si ambos progenitores cumplen con los requisitos para ser beneficiarios de la prestación, solo uno de ellos podrá recibirla. En caso de desacuerdo entre los progenitores, será la madre o el progenitor que tenga la custodia quien tendrá derecho a percibirla.

Ayuda por nacimiento para familias numerosas, monoparentales y con discapacidad
Cuando una familia crece, también lo hacen sus desafíos

Preguntas frecuentes

¿Puedo recibir esta ayuda si ya recibo otra prestación por hijos a cargo?

Sí, esta prestación es compatible con la asignación por hijos a cargo. Leer más aquí.

¿Cómo sé si tengo derecho a la prestación?

Debes cumplir con los requisitos establecidos, entre ellos, no superar los límites de ingresos, y que el hogar sea una familia numerosa, monoparental o que uno de los progenitores tenga una discapacidad reconocida igual o superior al 65%. Leer más aquí.

Ahora ya sabes

La prestación por nacimiento o adopción está diseñada para apoyar a familias numerosas, monoparentales o con progenitores con discapacidad, ofreciendo un pago único de 1.000 euros. Es fundamental cumplir con los requisitos de ingresos y presentar la documentación adecuada al momento de la solicitud.

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Paula T.

Periodista. En Ayuda-Social.es me dedico a informar sobre las ayudas sociales disponibles en España, compartiendo recursos y oportunidades para contribuir al bienestar de nuestra comunidad.

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