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Trabajadores ante una ola de calor: estos son los derechos que te corresponden

Escrito por Tatiana O.B. | Publicado el 07 de julio, 2025
Tiempo estimado de lectura: 5 minutos

Con la llegada del verano, las temperaturas extremas se convierten en una amenaza real para la salud de quienes trabajan, especialmente en exteriores o en condiciones poco ventiladas.

Las olas de calor ya no son una excepción, sino una realidad cada vez más frecuente. Y ante esto, surgen muchas dudas: ¿debo seguir trabajando si hace más de 40 grados? ¿puede la empresa obligarme a hacerlo? ¿qué pasa si me siento mal por el calor?

Conoce cuáles son los derechos de los trabajadores ante una ola de calor
Te contamos cuáles son los derechos de los trabajadores ante una ola de calor

La respuesta es clara: tu salud está por encima de cualquier obligación laboral. Existen leyes que protegen al trabajador frente a estas situaciones y obligan a las empresas a tomar medidas concretas cuando el calor alcanza niveles peligrosos. Estas medidas van desde reorganizar la jornada laboral hasta suspender directamente la actividad si no se pueden garantizar condiciones seguras.

En este artículo de Ayuda-Social.es, te explicamos qué derechos tienes como trabajador ante una ola de calor, qué obligaciones tienen las empresas y cómo actuar si el estrés térmico afecta tu seguridad o bienestar en el trabajo.

Derechos laborales frente al calor extremo

Primero de todo, debes saber que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales española protege a los trabajadores cuando las condiciones térmicas suponen un peligro grave para su salud. Esto significa que, si se dan situaciones extremas como una alerta naranja o roja por calor, puedes negarte a trabajar sin perder salario ni ser sancionado, siempre que el riesgo esté debidamente justificado.

Algunos de los derechos clave que amparan al trabajador en situaciones de ola de calor son los siguientes:

  • Interrumpir la actividad y abandonar el lugar de trabajo si existe un riesgo grave e inminente.
  • Solicitar un permiso retribuido preventivo de hasta 4 días si las condiciones no se pueden garantizar.
  • Solicitar teletrabajo o reorganización de la jornada, si la actividad lo permite.
  • Ser protegido frente al estrés térmico, sin distinción del sector o tipo de tarea.

Obligaciones de las empresas durante una ola de calor

Las empresas también tienen obligaciones específicas en este aspecto. De hecho, desde 2023, el Real Decreto-ley 4/2023 obliga a las compañías a aplicar medidas concretas para proteger a sus trabajadores del calor, especialmente en caso de alerta por parte de la AEMET. Las principales obligaciones son:

  • Adaptar la jornada laboral: cambiar horarios, evitar las horas centrales del día, o reducir el tiempo de exposición.
  • Prohibir trabajar al aire libre durante los momentos más críticos si no se puede garantizar seguridad.
  • Evaluar los riesgos térmicos teniendo en cuenta la tarea, el entorno y las condiciones físicas del trabajador.
  • Proporcionar material de protección adecuado, como ropa ligera, gorras, gafas homologadas o ventilación adecuada.
note
El incumplimiento de estas medidas puede conllevar multas de hasta 983.736 euros y sanciones adicionales si se produce un accidente laboral por calor.

¿Puedo dejar de trabajar si hace demasiado calor?

Sí, puedes dejar de trabajar si el calor representa un riesgo real y evaluado para tu salud. La ley lo contempla como un derecho en los siguientes casos:

  • Hay alertas meteorológicas oficiales (nivel naranja o rojo).
  • El servicio de prevención ha determinado que la tarea supone un peligro térmico.
  • No se han tomado medidas efectivas para minimizar la exposición al calor.

En estos casos, el trabajador puede paralizar su actividad sin perder salario, y la empresa no podrá sancionarlo por ello.

Permiso retribuido por calor extremo

Quizá no lo conocías, pero existe un permiso retribuido que se puede solicitar por estas circunstancias. Se trata del llamado permiso climático retribuido, que permite al trabajador ausentarse de su puesto hasta 4 días en caso de ola de calor. Puede solicitarse cuando:

  • El acceso al trabajo está limitado por una catástrofe o fenómeno meteorológico.
  • Existen restricciones de movilidad por parte de las autoridades.
  • La actividad laboral implique un riesgo grave e inminente.
note
Debes saber que, si el calor persiste más allá de esos cuatro días, el permiso puede prorrogarse, aunque sin garantía de que siga siendo retribuido, salvo si se habilita el teletrabajo o se activa un ERTE por fuerza mayor.

¿Qué ocurre si sufro un golpe de calor trabajando?

Si sufres un golpe de calor durante tu jornada laboral, este debe considerarse un accidente de trabajo. Esto implica que tienes derecho a:

  • Asistencia sanitaria inmediata.
  • Prestaciones por incapacidad temporal.
  • Indemnizaciones si hay secuelas.
  • Posible responsabilidad de la empresa si no se aplicaron las medidas preventivas necesarias.

Además, el Instituto Nacional de la Seguridad Social puede imponer un recargo del 30 al 50 % en las prestaciones si se demuestra negligencia empresarial.

Preguntas frecuentes

¿Puedo dejar de trabajar durante una ola de calor?

Sí, si hay riesgo grave y está justificado, puedes paralizar tu actividad sin perder salario. Leer más aquí.

¿Tengo derechos ante una ola de calor?

Por supuesto. Tanto la empresa que contrata como el trabajador tienen derechos y deberes a realizar durante las olas de calor extremas. Leer más aquí.

Ahora ya sabes

Las olas de calor no son solo una molestia: son un riesgo real para la salud. La ley te protege y obliga a las empresas a tomar medidas concretas para garantizar un entorno laboral seguro. Ya sea en una obra, una oficina o una carretera, si el calor aprieta, tú tienes derechos que debes conocer y ejercer.

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Tatiana O.B.
Periodista todoterreno especializada en investigación, tribunales y temática social. También soy criminóloga. Junto al equipo de Ayuda-Social.es indagaré todo lo posible para conseguir una información real, veraz y de calidad.
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Tatiana O.B.
Periodista todoterreno especializada en investigación, tribunales y temática social. También soy criminóloga. Junto al equipo de Ayuda-Social.es indagaré todo lo posible para conseguir una información real, veraz y de calidad.

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