En toda España existen prestaciones, subsidios y beneficios que se conceden desde la Administración General del Estado, pero también a nivel autonómico, en línea con la normativa de cada Comunidad Autónoma.
En ese sentido, quienes se encuentran en situación de necesidad pueden solicitar por derecho una ayuda económica de percepción periódica, conocida como la Renta Mínima de Inserción (RMI), que en la comunidad autónoma de La Rioja se conoce como Renta de Ciudadanía.
Hay que señalar que la Renta de Ciudadanía está dirigida especialmente a personas o familias en situación o riesgo de exclusión social. Sin embargo, como toda asistencia social, requiere que se cumplan ciertos requisitos específicos para su concesión.
En Ayuda-Social.es enumeramos a continuación las claves a conocer de la Renta de Ciudadanía, así como sus requisitos y otras cuestiones de interés a conocer.
- ¿Qué es la Renta de Ciudadanía?
- La Renta de Ciudadanía, un derecho reconocido
- Características de la Renta de Ciudadanía
- Requisitos para solicitar la Renta de Ciudadanía
- Otros requerimientos a cumplir
- Compatibilidades vs. Incompatibilidades
- ¿Cuál es la cuantía de la Renta de Ciudadanía?
- Documentación a presentar
- Consulta la legislación oficial
- Ahora ya sabes
¿Qué es la Renta de Ciudadanía?
Su nombre varía según la comunidad de la cual se trate. Mientras en Murcia se conoce como Renta Básica de Inserción, en Andalucía la llaman Renta Mínima de Inserción Social y en Galicia aparece con la denominación de Renta de inclusión social de Galicia (RISGA). En el País Vasco se llama Renta de Garantía de Ingresos (RGI).
En el caso de La Rioja se denomina Renta de Ciudadanía, aunque equivale, al igual que en todas las comunidades autónomas, a la Renta Mínima de Inserción (RMI): es decir, una ayuda económica destinada a las personas y familias en situaciones de extrema vulnerabilidad que puede ser solicitada ante la falta de recursos económicos para cubrir las necesidades básicas.
La Renta de Ciudadanía, un derecho reconocido
La Renta de Ciudadanía es un derecho reconocido al que puede recurrir cualquier persona que se encuentre en situación o riesgo de exclusión social. “Su finalidad es atender las necesidades básicas del solicitante y su núcleo familiar de convivencia que se encuentren en esta situación y promover su inserción social y laboral”, subraya la legislación 4/2017, de 28 de abril, por la que se regula la Renta de Ciudadanía de La Rioja y se puede consultar en este enlace.
Características de la Renta de Ciudadanía
Algunas claves a conocer acerca de la Renta de Ciudadanía de La Rioja son las siguientes:
- Es una renta subsidiaria respecto a las prestaciones públicas existentes.
- La renta de ciudadanía es complementaria, respecto de los ingresos y prestaciones económicas a que pudiera tener derecho cualquiera de los miembros de la unidad familiar o de convivencia.
- Se trata de la última red de protección social y su objetivo es garantizar las necesidades básicas de quienes recurran a su solicitud encontrándose en situación de vulnerabilidad y sin acceso a otras coberturas de los sistemas públicos de la Seguridad Social y Empleo.
- No se establecen periodos de espera para acceder a la renta una vez agotadas las prestaciones y subsidios por desempleo.
- No se establece un plazo máximo de percepción de la misma, sino que esta se mantiene ininterrumpidamente en tanto persistan las circunstancias que dieron lugar a su reconocimiento.
- Es compatible con el trabajo a tiempo parcial.
- Su reconocimiento está condicionado a la concurrencia de los requisitos exigidos y a la suscripción de un proyecto individualizado de inserción.
Requisitos para solicitar la Renta de Ciudadanía
Ahora bien, veamos pues qué requisitos se deben cumplir para que el solicitante obtenga luz verde de parte de las autoridades y pueda convertirse en beneficiario de la Renta de Ciudadanía.
- Tener la residencia efectiva en cualquier municipio de La Rioja, de forma ininterrumpida y al menos con un año de antelación a la solicitud. Podrán computarse los periodos de residencia en distintos municipios de la Comunidad Autónoma, siempre que los mismos sean sucesivos.
- Los solicitantes extranjeros deberán acreditar, además, la residencia legal con un año de antelación a la solicitud.
- No se exigirán estos requisitos a los emigrantes riojanos retornados de otros países, a las personas refugiadas o beneficiarias de protección internacional, a los solicitantes de asilo, a las mujeres que en el momento de la solicitud acrediten ser víctimas de violencia de género, entre otros (consultar normativa).
- Ser mayor de 23 años: podrán ser titulares las personas menores de dicha edad y mayores de 16 años que tengan cargas familiares, sean huérfanos de padre y madre o hayan sido objeto de tutela o guarda por parte del Gobierno de La Rioja, o asimismo, hayan permanecido durante su minoría de edad bajo la guarda de quienes no fueran titulares de su patria potestad.
- Constituir una unidad familiar o de convivencia, como mínimo con un año de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.
- La unidad familiar o de convivencia deberá no disponer de los medios económicos necesarios para atender las necesidades básicas de la vida: con respecto a este último punto, el solicitante no podrá disponer de rendimientos mensuales superiores al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM) (ver más sobre este punto en la legislación).
Otros requerimientos a cumplir
- Haber ejercitado o estar ejercitando las acciones pertinentes para el cobro de cualesquiera derechos o créditos que eventualmente pudieran corresponderle en virtud de título legal o convencional.
- No haber prescindido voluntariamente de la realización de un trabajo adecuado ni haber donado bienes por importe superior a cuatro veces la cuantía básica anual de la Renta de Ciudadanía en los seis meses anteriores a la solicitud de la prestación.
- Por último, el solicitante no podrá residir en centros residenciales de personas mayores, de personas con discapacidad o de personas con enfermedad mental, ni en establecimientos penitenciarios.
Compatibilidades vs. Incompatibilidades
La Renta de Ciudadanía será compatible, siempre que no se supere el límite de rentas, con:
- La Pensión de orfandad, Pensión en favor de familiares, la Prestación o subsidio por desempleo, la Pensión de viudedad en favor de menores de 65 años, la Pensión de incapacidad permanente en cualquiera de sus grados, contributiva o no contributiva, la Renta Activa de Inserción percibida por mujeres víctimas de violencia de género y con cualquier otra prestación de naturaleza asistencial, de importe inferior a la cuantía básica de la Renta de Ciudadanía.
Asimismo, la Renta de Ciudadanía será incompatible con:
- La Jubilación contributiva o no contributiva, la Incapacidad Permanente de importe superior a la cuantía básica de la renta de ciudadanía, Viudedad en favor de mayores de 65 años, la Renta Activa de Inserción, salvo en los casos de mujeres víctimas de violencia de género, Prestaciones del Sistema de Empleo cuyo importe sea igual o superior a la cuantía básica de la renta de ciudadanía, igual que con la Prestación o subsidio por desempleo de importe igual o superior a la cuantía básica de la renta de ciudadanía.
¿Cuál es la cuantía de la Renta de Ciudadanía?
La cuantía básica mensual de la renta de ciudadanía es del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM*), que equivale en el ejercicio del 2023 a 480 euros.
Por cada miembro de la unidad familiar o de convivencia distinto del titular se reconocerá un complemento de la cuantía básica de la renta, de acuerdo con las reglas y cuantías siguientes:
- Por el primer miembro será el veinte por ciento del IPREM.
- En tanto, por el segundo miembro será el quince por ciento del IPREM.
- A su vez, por el tercero y siguientes miembros será el diez por ciento del IPREM.
La cuantía máxima de la prestación a percibir será del 125% del IPREM. En tanto, la cuantía mínima de la prestación a percibir será el 25% de la Renta de Ciudadanía correspondiente a su unidad familiar o de convivencia.
Documentación a presentar
El procedimiento se iniciará con la solicitud del interesado, que acompañará junto con la documentación requerida.
La solicitud de la Renta de Ciudadanía se podrá presentar de forma presencial o de forma electrónica (http://www.larioja.org/oficina-electronica). Algunos de los documentos a consignar son los siguientes:
- Declaración responsable de la unidad de convivencia, así como de los rendimientos y patrimonio del solicitante y, en su caso, del resto de miembros de la unidad familiar o de convivencia. Deberá ir acompañada de una ficha de datos bancarios, en el modelo normalizado que se establezca.
- Cuando no se autorice a la Administración de Comunidad Autónoma de La Rioja para obtener directamente y/o por medios telemáticos la comprobación de los siguientes datos, se deberá presentar copia de la siguiente documentación:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, NIE u otro documento acreditativo de la identidad.
b) Volante o certificado de empadronamiento donde consten todas las personas empadronadas en el domicilio del solicitante y, por lo que respecta a éste, su fecha de inscripción en el mismo.
c) Declaración del IRPF del último ejercicio económico o certificación de imputaciones fiscales de la AEAT.
d) Certificación de la percepción de pensiones, subsidios o prestaciones de los Sistemas de Seguridad Social y Empleo.
e) Certificación catastral de bienes inmuebles.
f) Certificado del registro público de parejas de hecho correspondiente. Para más información u otras consultas referidas a la documentación es posible contactar con el número de atención al ciudadano de La Rioja al 900 700 333 o visitar el sitio web oficial https://www.larioja.org
Consulta la legislación oficial
Ahora ya sabes
La Renta de Ciudadanía de La Rioja es un derecho regulado por ley del cual se pueden valer todos aquellos residentes en la comunidad autónoma que se encuentren atravesado una situación de dificultad económica. Se puede pedir en cualquier momento del año online o de forma presencial y su duración es indefinida hasta que persista la carencia de recursos básicos.