La Renta Básica de Inserción de Murcia es una ayuda económica dirigida a personas y unidades de convivencia que no cuentan con recursos suficientes para cubrir sus necesidades básicas. Se trata de una prestación autonómica gestionada por el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), con la intervención de los Servicios Sociales Municipales.
En 2026, la cuantía básica de esta ayuda es de 480 euros al mes, ya que se calcula tomando como referencia el 80 % del IPREM mensual, que actualmente es de 600 euros. Esta cantidad puede aumentar según el número de miembros de la unidad de convivencia, aunque siempre dentro de los límites establecidos por la normativa.

En esta oportunidad contaremos en Ayuda-Social.es todo sobre la Renta Básica de Inserción, la versión de la comunidad autónoma de Murcia de la Renta Mínima de Inserción (RMI).
Qué es la Renta Básica de Inserción de Murcia
La finalidad de la Renta Básica de Inserción es brindarle a las personas que vivan en Murcia y que carezcan de recursos económicos suficientes una prestación económica periódica, complementaria y subsidiaria para que puedan cubrir sus necesidades vitales.

Los titulares y solicitantes, en cualquier momento de la tramitación, están obligados a reclamar los derechos económicos a los que puedan tener acceso, es decir, a solicitar el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Si quieres saber cómo se solicita, puedes hacerlo en este otro artículo de Ayuda-Social.es.
Cuánto se cobra por la Renta Básica de Inserción en Murcia en 2026
En 2026, la cuantía básica de la Renta Básica de Inserción en Murcia es de 480 euros al mes. Esta cantidad corresponde al 80 % del IPREM mensual vigente, situado en 600 euros.
A esta cuantía básica se le pueden sumar complementos en función de los miembros de la unidad de convivencia. Los incrementos se calculan tomando como referencia el IPREM mensual:

La Renta Básica de Inserción tiene naturaleza alimenticia, por lo que su finalidad es contribuir a la satisfacción de lo indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica.
| Concepto | Importe en 2026 |
|---|---|
| Cuantía básica, 80 % del IPREM | 480 € al mes |
| Incremento por segundo miembro menor de edad | +120 € |
| Incremento por tercer y cuarto miembro menor de edad | +60 € por cada uno |
| Incremento por quinto miembro y siguientes menores de edad | +48 € por cada uno |
| Cuantía máxima general, 150 % del IPREM | 900 € al mes |
| Cuantía mínima reconocible, 13 % del IPREM | 78 € al mes |

Cuando los miembros de la unidad de convivencia son mayores de 18 años, los incrementos se reducen al 50 %. Por ejemplo, si el segundo miembro es mayor de edad, el incremento no sería de 120 euros, sino de 60 euros.
Por tanto, las cuantías orientativas serían:
| Unidad de convivencia | Cuantía orientativa mensual |
|---|---|
| 1 persona | 480 € |
| 2 personas, si el segundo miembro es menor de edad | 600 € |
| 3 personas, si el segundo y tercer miembro son menores | 660 € |
| 4 personas, si los incrementos son completos | 720 € |
| Máximo posible | 900 € |

Requisitos para solicitar la Renta Básica de Inserción en Murcia
Para poder solicitar la Renta Básica de Inserción se deben cumplir una serie de requisitos. Estos son:
- Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho por un tiempo no inferior a cinco años.
- Estar empadronado en un municipio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y tener residencia efectiva durante el año inmediatamente anterior a la formulación de la solicitud.
- Ser mayor de 25 años y menor de 65, salvo excepciones.
- Constituir una unidad de convivencia independiente, durante un mínimo de un año inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud.
- Carecer de recursos económicos suficientes para hacer frente a las necesidades básicas de la vida.
- No tener acceso a otras prestaciones de desempleo, pensión o ayuda de análoga naturaleza proveniente de la Administración Pública, por importe igual o superior a la cuantía de la prestación correspondiente.
- Participar junto con los miembros de la unidad de convivencia en un proyecto individual de inserción.
Documentación a presentar
La lista de documentación obligatoria a ser presentada es sumamente extensa y se puede conocer en este enlace. Algunos de ellos son:
- Documento acreditativo de identidad.
- Certificado de residencia en la comunidad autónoma de Murcia.
- Acreditación de ingresos o de la falta de los mismos.
- Informe técnico de los centros de servicios sociales de atención primaria que acrediten la vulnerabilidad económica.
- Certificado de cuenta bancaria en la que se depositará el importe.
Dónde y cómo se solicita la Renta Básica de Inserción
La solicitud de la Renta Básica de Inserción se puede realizar de manera presencial en las Unidades de Trabajo Social (UTS) de los Servicios Sociales Municipales correspondientes con el domicilio de cada interesado. Una vez completado el expediente, la UTS lo remitirá por Registro al Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), órgano competente para resolver.

También se puede hacer de manera virtual en este enlace. Ambas modalidades de solicitud son absolutamente gratuitas. El organismo responsable tiene hasta dos meses para responder el pedido.
Más información
El derecho a la percepción de esta ayuda se extiende por un período máximo de 12 meses. Esto sucederá siempre que el titular mantenga los requisitos y cumpla las obligaciones establecidas.

Puedes conseguir más información sobre la Renta Básica de Inserción llamando a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia al 968 362 000 o comunicándote al 012. La solicitud se puede realizar los 365 días del año.
¿Es compatible con el Ingreso Mínimo Vital?
La Renta Básica de Inserción de Murcia es subsidiaria y complementaria de otras prestaciones. Esto significa que, si la persona solicitante puede tener derecho al Ingreso Mínimo Vital u otra ayuda pública, deberá solicitarla.
Si ya se cobra el Ingreso Mínimo Vital u otra prestación, la Renta Básica de Inserción podría actuar como complemento, siempre que se cumplan los requisitos y que los ingresos de la unidad de convivencia no superen la cuantía que correspondería.
En la práctica, esto significa que no siempre se cobra la cuantía completa. La Administración tendrá en cuenta los ingresos y prestaciones existentes para calcular el importe final.
También te recomendamos leer nuestro artículo: «Renta básica de 550 euros al mes: la propuesta de Sumar para jóvenes de 18 a 21 años«.
Cuánto dura la Renta Básica de Inserción
La Renta Básica de Inserción se concede por un periodo máximo inicial de 12 meses, siempre que la persona titular mantenga los requisitos y cumpla las obligaciones establecidas.
En determinados casos, puede solicitarse una prórroga. Cada periodo de prórroga no puede ser superior a seis meses. Cuando la prórroga esté relacionada con la evolución del proyecto individual de inserción, el tiempo total prorrogado no puede superar los 12 meses.
La propuesta de prórroga debe tramitarse antes de que finalice el periodo reconocido, normalmente a través de los Servicios Sociales Municipales.

Preguntas frecuentes
¿Cuánto se cobra por la Renta Básica de Inserción en Murcia en 2026?
La cuantía básica es de 480 euros al mes. Puede aumentar según los miembros de la unidad de convivencia, hasta un máximo general de 900 euros mensuales.
¿Cuánto dura la Renta Básica de Inserción?
La Renta Básica de Inserción tiene una duración de 12 meses, aunque se puede solicitar una prórroga que puede durar 6 meses y hasta 12.
¿Puedo cobrar más de 480 euros?
Sí. La cuantía puede aumentar si la unidad de convivencia tiene más miembros. Los incrementos son mayores cuando los miembros son menores de edad y se reducen al 50 % cuando son mayores de 18 años.
Ahora ya sabes
La Renta Básica de Inserción de Murcia es una ayuda económica para personas y familias sin recursos suficientes. En 2026, la cuantía básica es de 480 euros al mes, aunque puede aumentar según los miembros de la unidad de convivencia y llegar hasta 900 euros mensuales.
Para solicitarla, es recomendable acudir a los Servicios Sociales Municipales, donde podrán valorar la situación, indicar la documentación necesaria y tramitar el expediente ante el IMAS.


