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Renta Mínima de Inserción: ¿qué es y cómo se solicita?

La Renta Mínima de Inserción (RMI) es una prestación económica que funciona en España de acuerdo a la legislación vigente en cada comunidad autónoma y ciudades de Ceuta y Melilla, dirigido a las familias o individuos con bajos recursos como soporte para que puedan cubrir sus necesidades básicas.

A diferencia de la Renta Activa de Inserción (RAI), que depende del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), la Renta Mínima de Inserción es una ayuda que funciona bajo la órbita de cada comunidad para sostener a quienes más lo necesiten.

En este artículo de Ayuda-Social.es nos enfocaremos a nivel general en cuáles son los requisitos para poder solicitarla y además, quiénes pueden hacerlo y cuáles son las diferencias con la RAI que brinda el SEPE, entre otras cuestiones de relevancia.

La Renta Mínima de Inserción es una prestación económica regulada por cada comunidad autónoma.
La Renta Mínima de Inserción es una prestación regulada por cada comunidad autónoma

Renta Mínima de Inserción vs. RAI

Para iniciar hay que distinguir que se trata de dos ayudas sociales diversas. Una de ellas, la RAI es concedida por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) con ciertas condiciones y requisitos específicos (ver más información en el enlace), mientras que la Renta Mínima de Inserción se concede a nivel local en cada comunidad.

Es decir, mientras que la RAI es una ayuda que se otorga a nivel estatal, la Renta Mínima de Inserción es una asistencia que se brinda de acuerdo a cada comunidad autónoma y ciudades de Ceuta y Melilla. Si estáis leyendo este artículo, prestad atención a los requisitos de la comunidad donde tengáis la residencia, como por ejemplo, la Comunidad de Madrid.

La Renta Mínima de Inserción es una asistencia que se brinda de acuerdo a cada comunidad autónoma y ciudades de Ceuta y Melilla.

¿Cuáles son los requisitos de la Renta Mínima de Inserción?

Pueden solicitar la Renta Mínima de Inserción aquellos que se encuentren en una situación de vulnerabilidad por falta de recursos económicos para hacer frente a las necesidades básicas y cumplan con los siguientes requisitos:

  • Estar empadronados en la comunidad donde se vaya a solicitar durante al menos un año anterior a la solicitud.
  • Ser mayor de 25 años y menor de 65 en la fecha de la solicitud.
  • Haber solicitado a los organismos correspondientes, con carácter previo a la solicitud de renta mínima de inserción, las pensiones y prestaciones a que la persona solicitante y los miembros de la unidad familiar pudieran tener derecho.
  • Tener escolarizados a los menores que formen parte de la unidad de convivencia en edad de escolarización obligatoria.
  • Haber suscrito el compromiso de formalizar el preceptivo programa individual de inserción y de participar activamente en las medidas que se contengan en el mismo.

¿Cuál es la cuantía que se cobra?

Esto dependerá de cada comunidad, así como también de cómo se encuentra conformada la unidad familiar. Pero en líneas generales hay que decir que se trata de una prestación que se percibe de forma mensual, sin pagas extraordinarias.

Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid, una persona que viva sola, sin otros ingresos, percibirá 469,93 euros al mes, dos personas 587,41 euros y tres personas 662,52 euros, hasta 965 euros, que es la cantidad máxima a percibir, de acuerdo a la información oficial que se brinda.

Sin embargo, como hemos dicho, esto cambia en otras comunidades, como Navarra, donde se conoce como “Renta Garantizada de Navarra” y alcanza los 623 euros para una persona. Allí la cuantía máxima, de acuerdo al número de miembros, alcanza los 1200 euros mensuales.

¿Cómo solicitar la Renta Mínima de Inserción?

La respuesta a esta pregunta es que la Renta Mínima de Inserción deberá ser requerida a través del  Servicio Social de Base de acuerdo a la comunidad en la que el solicitante tenga su empadronamiento, es decir su domicilio o residencia.

Por lo general, la RMI se puede cobrar por un año.
Por lo general la RMI se puede cobrar por un año

¿Por cuánto tiempo se puede cobrar?

Esto dependerá de la normativa existente a nivel local. Pero en líneas generales la duración de la prestación económica es de 12 meses, pudiéndose ampliar por períodos sucesivos de 6 meses, en caso de que se mantenga la situación de vulnerabilidad.

Importante: chequear cuáles son los plazos en vuestra comunidad respectiva.

Si estáis leyendo este artículo, prestad atención a los requisitos de la comunidad.

Documentación a presentar

Quienes realicen la solicitud para convertirse en futuros beneficiarios de la Renta Mínima de Inserción, deberán acreditar alguna de la siguiente documentación:

  • Solicitud en impreso específico (que se facilitará en los Servicios Sociales de Base)
  • Fotocopia de DNI/NIE o documentación que acredite identidad y residencia legal de la persona solicitante y, en su caso, pasaporte de todos los miembros de la unidad familiar.
  • Fotocopia del libro de familia o documento equivalente en el caso de personas de origen extranjero.
  • Volante de empadronamiento y convivencia que acredite la antigüedad de residencia en Navarra y en el que consten todas las personas que conviven en el mismo domicilio.
  • Justificación documental de ingresos económicos y patrimonio del o de la solicitante y de todas las personas de la Unidad Familiar.
  • Documentación donde conste el número de cuenta donde se quiere cobrar la prestación. La persona que solicita la prestación debe ser titular de la cuenta bancaria.

Leer más: Renta Activa de Inserción (RAI): ¿qué es y cómo se solicita?

La Renta Mínima de Inserción en cada comunidad

A continuación os apuntamos algunos link que pueden consultar en caso de encontrarse en una situación de vulnerabilidad y tener que solicitar la prestación.

  • Andalucía – Renta Mínima de Inserción Social
  • Madrid – Renta Mínima de Inserción
  • Aragón – Ingreso Aragonés de Inserción
  • Asturias – Salario Social Básico
  • Baleares – Renta Social Garantizada
  • Canarias – Prestación Canaria de Inserción
  • Cantabria – Renta Social Básica en Cantabria
  • Castilla-La Mancha – Ingreso Mínimo de Solidaridad
  • Castilla y León – Renta Garantizada de Ciudadanía
  • Cataluña  – Renta Garantizada de Ciudadanía
  • Valencia – Renta Valenciana
  • Navarra – Renta Garantizada de Navarra
  • País Vasco – Renta de Garantía de Ingresos de País Vasco
  • Extremadura – Renta Extremeña Garantizada
  • Galicia – Renta de Inclusión Social de Galicia
  • La Rioja – Renta de Ciudadanía de La Rioja
  • Murcia – Renta Básica de Inserción de Murcia
  • Ceuta – Ingreso Mínimo de Inserción Social
  • Melilla – Ingreso Melillense de Integración

Ahora ya sabes

La Renta Mínima de Inserción, con el nombre que adopte según cada comunidad, es un soporte esencial que es posible requerir en caso de necesidad.

Conocer las ayudas disponibles es conocer vuestros derechos. Por ello, ahora ya sabéis que existe una renta que os dará amparo hasta poder revertir la situación económica individual o familiar.

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María Florencia G.

María Florencia G.

Periodista. Trabajé en diversos sitios informativos y me apasiona explorar mundos nuevos. Actualmente colaboro con Ayuda-Social.es en la búsqueda de respuestas a preguntas en el universo de las ayudas, derechos y beneficios sociales.

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