Las personas autónomas constituyen una parte muy importante de la economía en España, que tiene más de 3,35 millones de trabajadores y trabajadoras de este tipo. Solo en Galicia hay 204.848 individuos que trabajan por cuenta propia, una modalidad de empleo en la que se debe hacer frente a los gastos derivados de la actividad del propio bolsillo.
Para apoyar esta forma de emprendimiento, la Xunta de Galicia cuenta con el programa bono de las personas autónomas 2024, que se pueden solicitar hasta el 30 de septiembre. Esta línea de ayudas busca impulsar la mejora de la competitividad para quienes optan por esta forma de emprendimiento. Para esto, subvencionan hasta 7.000 euros de gastos del negocio que se hayan realizado entre el 1 de enero y la fecha de solicitud, siempre que sea antes de que acabe el plazo.
En Ayuda-Social.es te contamos todas las claves que debes conocer para la solicitud: ¿quiénes pueden pedirlo, cuál es la cuantía de la ayuda y cuáles son los requisitos para la solicitud?
A quién va dirigido el bono de personas autónomas
Esta iniciativa está pensada para personas que estén de alta en el régimen especial de autónomos o en mutualidad de colegio profesional y para las sociedades de cualquier clase, también aquellas unipersonales o de comunidades de bienes
Cuantía de la ayuda
Las ayudas del programa bono de las personas autónomas de la Xunta de Galicia pueden ser de hasta 7.000 euros por el conjunto de las actividades por las que se solicite, siempre que las facturas sean de entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2024. Se concederá como mucho el 60% del total que se pida: esto quiere decir que, si se presenta un gasto de mil euros, como mucho financiarán 600 y habrá que pagar del propio bolsillo los otros 400.
Esta línea de subvenciones está dotada con ocho millones de euros; esto quiere decir que, si se agota antes del final de plazo, no se concederán más. Las ayudas se conceden por orden de presentación, según la fecha en que se haya presentado toda la documentación.
Tipos de gastos que entran en el bono
Se puede solicitar que se subvencionen las inversiones relacionadas con:
- compra de maquinaria o de utillaje y herramientas;
- compra y/o instalación para la mejora de la eficiencia energética;
- inversiones para la sustitución de combustibles fósiles o materiales críticos o escasos;
- reforma del local o espacio del negocio;
- equipamiento informático o de oficina y/o negocio;
- rótulos;
- aplicaciones informáticas, creación y desarrollo de páginas web, apps y redes sociales;
- diseño de marca.
No se puede pedir la ayuda para reformas en el domicilio habitual, a no ser que se justifique que es imprescindible para el negocio. También quedan excluídos móviles y smartphones, así como otros productos que puedan ser considerados mercancías. No se puede pedir para gastos de gestión de la propia página web o redes sociales, aunque sí para su desarrollo inicial; ni para pagar impuestos indirectos, como el IVA.
Al solicitar la ayuda del programa bono de personas autónomas hay que tener en cuenta que los pagos en efectivo no se admiten. Todas las facturas que se presenten deben ser por un mínimo de 100 euros, IVA excluido.
Requisitos para solicitarla
Las ayudas a personas autónomas de la Xunta de Galicia pueden pedirse únicamente de forma telemática, a través de la Sede electrónica, que permite identificarse con el sistema Cl@ve, certificado digital o mediante Chave365. El correo para consultas es axudascontratacionallea.traballo@xunta.gal.
Hay varias condiciones que deben cumplir quienes soliciten las ayudas del programa bono de personas autónomas de la Xunta de Galicia:
- En el momento de pedirlas deben tener en Galicia su domicilio fiscal.
- Tienen que estar al día con todos los impuestos y cuotas necesarios.
- No podrán acceder quienes hayan recibido la subvención en alguna de las últimas cinco convocatorias, del año 2019 al 2023.
- Tampoco las personas autónomas colaboradoras o familiares que trabajan para otros autónomos o mutualistas de colegio profesional sin estar por cuenta ajena, ni las personas autónomas administradoras de una sociedad, salvo ciertas excepciones.
Según a quién se dirija la ayuda, hay otros condicionantes que cumplir.
1. Para personas autónomas o en mutualidad
Deben cumplir estas condiciones:
- en el momento de solicitar la ayuda, más de 42 meses ininterrumpidos de actividad;
- menos de 50.000 euros de rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas declarados en la declaración del IRPF de 2022;
- haber facturado al menos 12.000 euros, IVA incluido, en ese mismo año.
2. Para sociedades
Los requisitos son:
- tener en el momento de pedir la ayuda una persona autónoma societaria que lleve más de 42 meses ininterrumpidos de actividad;
- haber facturado al menos 12.000 euros, IVA incluido, en 2022;
- en ese mismo año, contar con una base imponible en el impuesto de sociedades o con rendimientos netos reducidos inferiores a 50.000 euros.
Qué documentación es necesaria
Las solicitudes deben incluir el anexo I de la orden, correctamente cubierto, en el que se detalla para qué se pide la ayuda y la cantidad. Hay que adjuntar una relación de las inversiones que se describen en él, junto con las facturas relacionadas con la inversión con su justificante correspondiente y la documentación relacionada con los requisitos de facturación y base imponible. Si se pide por reforma del local, se debe incorporar fotografías del antes y después de la misma.
Sociedades y mutualistas tienen que presentar otros documentos a mayores.
Obligaciones tras pedir la ayuda
Las personas que se beneficien del bono de la Xunta de Galicia están obligadas a seguir de alta como autónomas o en la mutualidad de colegio profesional por al menos dos años desde que lo soliciten. Quedan exentas cuando deban cesar por causas de fuerza mayor, que se deben documentar.
Si desde que se solicita la ayuda cambian alguna de las condiciones bajo las que se pidió o se obtienen otras subvenciones o ingresos, deben comunicarlo. Además, tendrán que someterse a las posibles comprobaciones o controles tanto de la Xunta como de otros órganos, autonómicos, estatales o comunitarios.
En los 12 meses siguientes a que se conceda la ayuda, se deberá difundir públicamente la subvención.
Otras ayudas para personas autónomas en Galicia
La Xunta de Galicia cuenta con distintas subvenciones para personas autónomas, quienes además pueden beneficiarse de otros programas o subsidios como el Kit digital o las ayudas a startups.
Ahora ya sabes
El programa bono de las personas autónomas 2024 de la Xunta de Galicia apoya el emprendimiento subvencionando hasta 7.000 euros en gastos empresariales realizados entre el 1 de enero y el 30 de septiembre con el objetivo de mejorar la competitividad de los autónomos.