Quedarse sin empleo implica una reacomodación de la vida en búsqueda de nuevos horizontes laborales. Sin embargo, no siempre la búsqueda es igual para todos y a una cierta edad las circunstancias pueden ser más complejas.
En España existe un subsidio por desempleo para personas mayores de 52 años para quienes cumplen las condiciones establecidas por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Se trata de una prestación de la Seguridad Social que se otorga modo de soporte a quienes se encuentran en una situación de necesidad, no pueden acceder al paro y no encuentran trabajo.
Uno de los objetivos del subsidio es sostener a los mayores de 52 hasta alcanzar la edad de jubilación.
Desde Ayuda-Social.es hablaremos de la asistencia y os explicaremos qué condiciones hay que reunir para pedirla. Asimismo, cuáles son las cuantías vigentes para el 2023 y otras informaciones claves a la hora de la solicitud.

- Subsidio por desempleo
- Requisitos subsidio por desempleo mayores 52
- Algunos supuestos importantes
- Condiciones necesarias
- Carecer de rentas propias
- Compromiso de actividad
- Cotizaciones suficientes para la jubilación
- ¿Qué ocurre con las cotizaciones en otros países?
- Rentas del solicitante y duración del subsidio
- ¿Cómo solicitar el subsidio por desempleo?
- Cuantías 2023 y un ajuste en la prestación
- ¿Qué documentación es requerida?
- Ahora ya sabes
Subsidio por desempleo
En España existen distintos subsidios por desempleo que pueden solicitar las personas que se hayan quedado sin trabajo, a causa, por ejemplo, de un despido.
Quienes hayan agotado el paro o no puedan acceder a la prestación por falta de cotización tienen la posibilidad de recurrir a un subsidio. Uno de ellos fue diseñado inicialmente para mayores de 55 años, edad que se modificó en el año 2019 y se rebajó a los 52 años, con la publicación del Real Decreto 8/2019 de medidas urgentes en materia de protección social.
“Si usted tiene 52 años o más y ha agotado la prestación o subsidio por desempleo, conozca cuáles son los requisitos que debe cumplir y la información necesaria para solicitar un subsidio por desempleo de mayor de 52 años”, señala el SEPE en su web oficial, en donde presenta una serie de requisitos que hay que cumplir para pedir la ayuda.
Requisitos subsidio por desempleo mayores 52
La primera cuestión indispensable para poder solicitar la ayuda al SEPE es encontrarse desempleado, tal como su nombre indica y tener 52 años o más a la hora de requerir el subsidio por desempleo.
Algunos supuestos importantes
Al momento de la solicitud habrá que cumplir los siguientes supuestos:
- Estar desempleado.
- Tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio.
- Encontrarse inscrito o inscrita como demandante de empleo.
- Suscribir al acuerdo de actividad, incluido en la solicitud del subsidio.
- Carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que en cómputo mensual sean superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
- Acreditar que en la fecha de la solicitud del subsidio se cumplen todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación de la Seguridad Social.
Condiciones necesarias
También será fundamental estar inscrito/a como demandante de empleo durante un mes desde que se agote la prestación por desempleo que se percibía o desde la fecha de la inscripción como demandante de empleo tanto si se requiere el subsidio como emigrante retornado, liberado de prisión o por revisión de incapacidad.
Otro requisito clave que será revisado es el de no haber rechazado durante ese mes ninguna oferta de colocación adecuada de empleo ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.
La inscripción, subraya el SEPE, deberá mantenerse durante todo el período de percepción del subsidio.

Carecer de rentas propias
El SEPE establece entre los requisitos base, el de carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que sean, en un mes, superiores al 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
“Si no cumpliera este requisito en la fecha del hecho causante, podrá acceder al subsidio si lo cumple y lo acredite dentro del plazo de un año desde entonces. En todo caso, el cumplimiento de este requisito deberá mantenerse durante todo el periodo de percepción del subsidio”, se explica.
Compromiso de actividad
A su vez, entre los requisitos, se encuentra el de cumplir con el compromiso de actividad, que deberá firmarse a la hora de solicitar el subsidio.
Cotizaciones suficientes para la jubilación
Por último, otro punto clave y de gran importancia es el de tener 15 años cotizados y dos de ellos dentro de los últimos quince años y que ha cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
¿Qué ocurre con las cotizaciones en otros países?
“Las cotizaciones efectuadas en otros países se tienen en cuenta para percibir este subsidio sólo si han sido realizadas en países pertenecientes al Espacio Económico Europeo o con los que exista convenio de totalización de períodos para la protección por desempleo”, señala el organismo.

Rentas del solicitante y duración del subsidio
Hay dos cuestiones qué es importante destacar. Una de ellas tiene que ver con la declaración de rentas, que deberá presentarse de forma anual por quienes reciban el subsidio por desempleo, con toda la documentación requerida.
Pero se tendrán en cuenta únicamente las rentas del beneficiario y no las de su unidad familiar.
A diferencia de otras prestaciones, el subsidio por desempleo para mayores de 52 años no tiene un límite de tiempo en su percepción. Esto quiere decir que, siempre y cuando la persona cumpla los requisitos, se percibirá hasta que el beneficiario cumpla la edad de jubilación ordinaria.
La renovación, que ya hemos dicho, se realizará de forma anual a través de la declaración de rentas que no deberán ser superiores al 75 % del SMI.
Leer más: Subsidio por desempleo: requisitos para solicitarlo
🔵 Los beneficiarios del subsidio de mayores 52 años deberán presentar cada año una declaración d sus rentas acompañada de la documentación que las justifique
— SEPE (@empleo_SEPE) January 5, 2022
Te informamos 👉 https://t.co/cNsXHBt1vT
Puedes presentar tu DAR a través de PRE-SOLICITUD 👉 https://t.co/MAIdOeuwFf pic.twitter.com/hYa0a1fHvy
Durante el tiempo que se perciba, se cotiza para la jubilación y la base de cotización será el 125 por ciento del tope mínimo de cotización vigente en cada momento, en lugar del 100 por ciento actual, con efectos desde el 1 de abril de 2019.
¿Cómo solicitar el subsidio por desempleo?
Una vez chequeados todos los requisitos, el beneficiario podrá presentar el modelo de solicitud y todos los documentos que enumeramos a continuación a través de:
• La sede electrónica del SEPE.
• En la oficina de prestaciones (tras la obtención de cita previa en la sede electrónica del SEPE o por teléfono).
• En cualquier oficina de registro público.
• Por correo administrativo.
Cuantías 2023 y un ajuste en la prestación
La cuantía del subsidio, es decir, el dinero que percibirá el beneficiario será del 80% de lo establecido por el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
A partir del 1 de enero de 2023 se establece en un total de 480 euros, luego de la presentación de los nuevos Presupuestos Generales del Estado, con un ajuste de las prestaciones debido a la inflación.
¿Qué documentación es requerida?
Se deberá aportar la siguiente documentación:
- Modelo oficial de solicitud.
- Documentos de identidad: ya sea DNI/ pasaporte/ NIE o Tarjeta de Identidad de Extranjeros, entre otros documentos de identificación.
- Un documento bancario en el que figure el número de cuenta a nombre del beneficiario y en donde se percibirá la ayuda.
- Si el SEPE lo solicita, se deberá añadir el justificante de rentas.
- De forma anual se deberá presentar, como ya hemos indicado, una declaración de rentas que justifique el derecho al subsidio. El plazo para presentar esta declaración es de 15 días a partir de aquel en el que se cumplan los doce meses.
- Las personas trabajadoras que perciban el subsidio de mayores de 52 años podrán firmar un Convenio Especial, a través de las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social, para completar la cotización por jubilación que efectúa el Servicio Público de Empleo Estatal.
Ahora ya sabes
Si tienes 52 años o más, has agotado el paro, careces de rentas superiores al 75% del SMI y has cotizado por 15 años a la Seguridad Social y 6 años por desempleo, no dejes de solicitar el subsidio que te corresponde por derecho. Un apoyo que servirá de soporte hasta poder percibir la jubilación.