Subsidio por desempleo: requisitos para solicitarlo y cuantías del 2024

Por Maria Florencia G.
Actualizado el 16 de febrero, 2024
Tiempo estimado de lectura: 8 minutos

En España quienes se encuentran en una situación de necesidad y no tienen la posibilidad de acceder al paro por falta de cotización, es decir, porque han trabajado menos de un año o porque han agotado la prestación contributiva, tienen el derecho a un subsidio por desempleo.

Se trata, a diferencia del paro, de una prestación económica no contributiva que reciben las personas que se encuentran sin empleo y en una situación de bajos recursos. Para poder acceder al subsidio por desempleo, también conocido como «subsidio por insuficiencia de cotización» hay que cumplir ciertos requisitos exigidos por la ley.

El subsidio por desempleo es una prestación no contributiva.
El subsidio por desempleo es una prestación no contributiva.

En Ayuda-Social.es enumeraremos las claves principales de la asistencia, su duración y además el paso a paso para proceder con la solicitud. Ten en cuenta, asimismo, que si has cotizado un año, tienes la posibilidad de acceder a la prestación contributiva por desempleo antes que al subsidio (más información en el enlace). 

¿Qué es el subsidio por desempleo?

La Seguridad Social en España se encarga de velar por la protección de las personas en determinadas situaciones de necesidad. Para ello se han creado diversas prestaciones contributivas y no contributivas, como una red de sostén a la población. 

Quienes se hayan quedado sin trabajo, por ejemplo, a causa de un despido, pueden solicitar lo que se conoce como paro. Sin embargo, para ello hay que tener un año cotizado. Por tal motivo, como alternativa, se puede solicitar un subsidio por desempleo, cuando se cumplan los requisitos establecidos.

«Si usted ha trabajado menos de un año, puede acceder a un subsidio por desempleo, pero hay que tener en cuenta que la duración depende del número de meses cotizados y de si tiene o no responsabilidades familiares»

Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)

Requisitos para acceder al subsidio por desempleo

Una de las diferencias entre el paro y el subsidio por desempleo es el tiempo de cotización. Pero además, hay otros requisitos que otorgan la posibilidad de convertirse o no en beneficiario. 

Hay que decir, también, que existen distintos tipos de subsidios que se pueden requerir en una situación de necesidad. Pero antes de seguir, profundizaremos en los requerimientos: 

Entre los principales, el SEPE destaca en su sitio oficial, los siguientes:

  • Estar desempleado/a y en una situación legal de desempleo.
  • Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción y suscribir el compromiso de actividad.
  • Haber cotizado por desempleo al menos 3 meses, si el solicitante tiene responsabilidades familiares, o al menos 6 meses si no las tiene, y no llegar a 360 días. 
  • No percibir rentas de cualquier tipo superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI), sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (ver cuantías para este año). 

¿Cómo tramitar el subsidio por desempleo?

El derecho al subsidio nacerá –subraya el SEPE– el día siguiente de la situación legal de desempleo y la solicitud se deberá presentar en el plazo de 15 días hábiles.

«Si presenta la solicitud fuera de plazo, tendrá derecho a que se apruebe a partir del día siguiente a la fecha de la solicitud, teniendo en cuenta que se restará de la duración del subsidio los días comprendidos entre la fecha en que hubiera correspondido el inicio de la prestación (si se hubiera solicitado en plazo) y la fecha en que se haya presentado la solicitud»

Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)

La solicitud del subsidio por desempleo se podrá efectuar mediante:

  1. La sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal SEPE.
  2. En la oficina de prestaciones (con cita previa) .
  3. En cualquier oficina de registro público.
  4. Por correo administrativo.

¿Qué documentación es necesaria para pedir la ayuda?

Al momento de realizar la solicitud del subsidio por desempleo ante el SEPE, cualquiera sea la forma, la persona tendrá que haber completado el modelo oficial de la solicitud y presentar:

  • Identificación personal, la de su cónyuge y de los hijos o hijas que conviven o están a su cargo y que aparezcan en la solicitud. Ahora bien, ¿qué documentos deben presentar?
  1. Si son españoles/as: Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte.
  2. En el caso de extranjeros residentes en España: 
  1. Nacionales de la Unión Europea: Certificado de registro de ciudadano/a de la Unión Europea, en el que consta NIE, junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen.
  2. No nacionales de la Unión Europea: Tarjeta de Identidad de Extranjero/a (TIE), en la que consta el NIE y el pasaporte.

Además, otros documentos

  • Un documento bancario en el que figure el número de cuenta de la que sea titular y donde desee percibir la prestación.
  • Libro de Familia o certificación del Registro Civil de nacimiento o de familia. En el caso de las personas extranjeras, documento equivalente, con traducción oficial al español.
  • Certificado de empresa en el que se acredite la situación legal de empleo.
  • Justificante de las rentas.

Para más información

Por cualquier pregunta sobre la prestación, aconsejamos comunicarse con el SEPE al número de teléfono 91 273 83 83. Los horarios de atención se pueden consultar en el siguiente enlace, o bien realizar la consulta de forma online.  

La duración del subsidio dependerá de la cantidad de meses cotizados.
La duración del subsidio dependerá de la cantidad de meses cotizados.

¿Quiénes pueden cobrar un subsidio por desempleo?

El subsidio por desempleo, como ya hemos explicado, está destinado a personas que no tienen acceso a la prestación contributiva por desempleo, ya sea porque:

  • Han cotizado menos de un año.
  • Han agotado el paro.

También podrán solicitar el subsidio:

  • Emigrantes retornados (leer más)
  • Quienes tienen más de 45 años y no tienen acceso a la prestación contributiva.
  • Personas que hayan salido de prisión, privadas de libertad durante al menos 6 meses.
  • Desempleados con más de 52 años que no pueden acceder al paro. 
  • Trabajadores que han vuelto a ser declarados capaces o con incapacidad parcial después de una situación de invalidez o incapacidad absoluta o total para trabajar.

¿Cuál es la duración del subsidio por desempleo?

La duración del subsidio dependerá de la cantidad de meses cotizados y de si se tienen o no responsabilidades familiares.

Tal como explica el SEPE, los escenarios pueden ser los siguientes:

  1. Si el solicitante tiene responsabilidades familiares el subsidio durará 3, 4 o 5 meses, si ha cotizado 3, 4 o 5 meses, respectivamente o bien el subsidio durará 21 meses, si ha cotizado 6 o más meses (en este supuesto, el derecho se reconocerá por seis meses, y se puede prorrogar por períodos de 6 meses hasta su duración final).
  2. Si el solicitante por el contrario no tiene responsabilidades familiares el subsidio durará 6 meses, si ha cotizado 6 o más meses.

En el caso de trabajadores fijos discontinuos, la duración del subsidio será igual al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.

¿Cuánto es el monto a percibir?

Si has llegado hasta aquí, probablemente te estarás preguntando cuánto es el monto del subsidio a percibir. La respuesta es que la cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80 % del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), que equivale a 480 euros al mes.

El subsidio se percibirá entre los días 10 y 15 del mes, en el número de cuenta bancario indicado. 

Ahora ya sabes

Conocer tus derechos es fundamental. Con el subsidio por desempleo podrás resguardarse en caso de necesidad, mientras continúas la búsqueda activa de trabajo. Pon atención a los documentos requeridos y realiza la solicitud a través de los canales oficiales del SEPE. 

Ayuda-Social.es es una empresa independiente que ofrece información sobre diversas ayudas. No tenemos afiliación ni patrocinio de ninguna entidad gubernamental de España. Para solicitar más información o acceder a las ayudas, te recomendamos dirigirte al organismo oficial correspondiente.

Síguenos para más información en nuestro Facebook e Instagram y escríbenos tus dudas a nuestro Formulario de Contacto. ¡Te queremos escuchar!

Compartir artículo

Maria Florencia G.

Maria Florencia G.

Periodista. Trabajé en diversos sitios informativos y me apasiona explorar mundos nuevos. Colaboro con Ayuda-Social.es en la búsqueda de respuestas a preguntas en el universo de las ayudas, derechos y convocatorias de interés.

Te podrÍa interesar ...

Contacto con Ayuda-Social.es en nuestro formulario.

¡TE QUEREMOS ESCUCHAR!

Escribe a nuestro Formulario de Contacto y cuéntanos qué otros temas te interesaría conocer…