Violencia de género: ¿qué ayuda económica existe en la Comunidad de Madrid?

Por Sebastián M.
Actualizado el 18 de julio, 2024
Tiempo estimado de lectura: 8 minutos

La violencia de género es una problemática que aqueja a toda España, entre ellas la Comunidad de Madrid. Por eso, se vuelve vital saber qué las mujeres víctimas de violencia de género con problemas para conseguir trabajo tienen, en toda España, derecho a cobrar una ayuda económica de cómo mínimo 2.880 euros.

La ayuda a víctimas de violencia de género en Madrid es un pago único de al menos 2.880 euros.
La ayuda a víctimas de violencia de género en Madrid es un pago único de al menos 2.880 euros.

Esta medida integra una serie de acciones de protección integral contra las víctimas de violencia de género que implementa el Gobierno de España en todo su territorio, a través de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género de España (Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre).

Las mujeres sin hijos que reciban la ayuda económica percibirán un pago único de 2.880 euros, equivalente a seis meses del subsidio por desempleo. Si tienen una discapacidad, el importe asciende a 5.760 euros. En caso de tener hijos la ayuda oscila entre los 8.640 y los 11.520 euros. 

Cambios según las comunidades autónomas

Esta ayuda se brinda en todo el territorio español, pero los requisitos para acceder a ella, la documentación a presentar y la forma de hacerlo varía entre las distintas comunidades autónomas.

Como ya hicimos con las comunidades de Aragón y Cataluña, en este artículo de Ayuda-Social.es explicaremos detalladamente cómo solicitar la ayuda económica en la Comunidad de Madrid y cuáles son los requisitos necesarios para esta región específica. 

Protección integral contra la violencia de género

La Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género de España, pionera en España y Europa en materia de derechos para las mujeres víctimas de violencia de género, contempla varias acciones y medidas pensadas para combatir la violencia de género y ayudar a las víctimas. 

En el artículo 27 se detalla la ayuda económica que pueden recibir las mujeres que sufrieron este flagelo y que tienen «especiales dificultades para obtener un empleo«, lo que les impide participar en programas de empleo pensados para la inserción profesional, como el Programa de Renta Activa de Inserción, regulado en el Real Decreto 1369/2006, de 24 de noviembre.

Las razones estipuladas por la Ley de Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género de España para considerar que una mujer tiene “dificultades” para acceder a un empleo están relacionadas con «su edad, la falta de preparación general o especializada y circunstancias sociales». Serán determinadas por un informe del Servicio Público de Empleo Estatal (Sepe).

¿Cuál es el monto que se puede percibir? 

En caso de resolución positiva, las mujeres víctimas de violencia de género recibirán una ayuda de un pago único de 2.880 euros, equivalente a seis meses del subsidio por desempleo (480 euros).

Si la mujer tiene menores a cargo, su importe podrá alcanzar el de un período equivalente al de 18 meses de subsidio (8.640 euros) o de 24 meses (11.520 euros) si la víctima o alguno de los familiares que conviven con ella tiene reconocida oficialmente una discapacidad en grado igual o superior al 33 %. En caso de que la mujer víctima de violencia de género tenga una minusvalía en grado igual o superior al 33 %, el importe será equivalente a doce meses (5.760 euros) del subsidio por desempleo.  

Requisitos para cobrar la ayuda

Asimismo, los requisitos necesarios para solicitar la ayuda son:

  • No haber sido beneficiaria anteriormente de esta misma ayuda, aún en el caso de que la solicitante pudiera aportar nueva acreditación de una situación de violencia de género. 
  • Tener vigente el título que acredita la situación de violencia de género. 
  • Residir en cualquier municipio de la Comunidad de Madrid. 
  • Carecer de rentas que, en cómputo mensual, superen el 75 por 100 del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
  • Tener especiales dificultades para obtener un empleo, que se acreditará a través de un Informe del Servicio Público de Empleo.
Si la mujer tiene menores a cargo, su importe podrá alcanzar el de un período equivalente al de 18 meses de subsidio (8.640 euros)
Si la mujer tiene menores a cargo, su importe podrá alcanzar el de un período equivalente al de 18 meses de subsidio (8.640 euros)

Documentación a presentar

Para poder requerir la ayuda económica se deben presentar los siguientes documentos: 

  • Acreditación de la situación de violencia de género.
  • Permiso de residencia y/o de trabajo, en su caso.
  • En caso de descendientes de primer grado, libro de familia y/o certificado de nacimiento.
  • Sentencia judicial firme sobre tutela, si existiese. 
  • En caso de acogimiento, certificado emitido por la Comisión de Tutela del Menor.
  • Cuando proceda, convenio o resolución judicial en la que se recoja la obligación de alimentos.
  • Justificantes de ingresos mensuales (nómina, certificado de pensión o declaración jurada de ingresos) de la persona solicitante y de los familiares a cargo, en su caso.
  • Si corresponde, documento de asistencia sanitaria de la Seguridad Social donde se reconozca la condición de beneficiario del familiar respecto de la persona solicitante de la ayuda.
  • Además, si la persona solicitante tiene familiares a cargo mayores de edad, deberán cumplimentar el “Anexo familiares” (al que se accede cuando se inicia la solicitud) . 

¿Qué datos serán consultados?

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos. En caso de oposición se deberán presentar. 

  • DNI/NIE.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Certificado de discapacidad expedido por la Comunidad de Madrid. 
  • Si la discapacidad hubiera sido reconocida en otra Comunidad Autónoma, deberá ser aportado junto con la solicitud de ayuda.
  • Informe del Servicio Público de Empleo.
  • Certificado, emitido por la Dirección General del Catastro, que acredite la titularidad o no titularidad de bienes inmuebles.

¿Cómo se realiza la solicitud? 

1. Por Internet

La solicitud se puede realizar por Internet o de forma presencial. Para hacerlo en línea, se debe contar con uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid. La solicitud se realiza en este enlace.

2. En persona

Se puede realizar presencialmente en las oficinas de este listado, pero antes debes solicitar una cita en este enlace.

Por dudas o consultas puedes escribir a gestionvvg@madrid.org.

¿Cuándo se emite la resolución?

El plazo máximo para emitir y notificar la resolución es de tres meses. Si no se obtiene respuesta, se entenderá desestimada por silencio administrativo. 

¿Hay incompatibilidades con ayudas económicas similares?

Sí. La ayuda económica que establece el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, es incompatible con la Renta Activa de Inserción (RAI) por motivo de violencia de género, los subsidios de desempleo y las pensiones contributivas.

Recursos y asistencia a las víctimas

Teléfono de atención 012 y 016

Si sufres violencia de género y aún no has decidido denunciar llama al 012 o al número 016. La llamada es gratuita.

Servicio de orientación jurídica gratuita

Víctimas de violencia de género residentes en la Comunidad de Madrid pueden acceder a orientación jurídica sin cobro. Deberán dirigirse a la calle Manuel de Falla 7 o comunicarse al teléfono: 91 720 62 47.

Centro residenciales

Existen centros residenciales que brindan alojamiento temporal y manutención a víctimas de violencia de género que lo necesiten y también a sus hijos, al igual que programas de apoyo, asesoramiento y ayuda.

Ver más: Servicios y recursos de atención a las víctimas

Ahora ya sabes

Si sufriste violencia de género en la Comunidad de Madrid, tienes pocos recursos económicos y dificultades para acceder a un empleo, puedes solicitar una ayuda económica de un pagó único desde 2.880 euros.

Ayuda-Social.es es una empresa independiente que ofrece información sobre diversas ayudas. No tenemos afiliación ni patrocinio de ninguna entidad gubernamental de España. Para solicitar más información o acceder a las ayudas, te recomendamos dirigirte al organismo oficial correspondiente.

Síguenos para más información en nuestro Facebook e Instagram y escríbenos tus dudas a nuestro Formulario de Contacto. ¡Te queremos escuchar!

Compartir artículo

Sebastián M.

Sebastián M.

Soy periodista, licenciado en Ciencias de la Comunicación y un apasionado por la escritura que ha trabajado en diversos medios. Colaboro con Ayuda-Social.es para explicar de la manera más sencilla posible cómo acceder a los diversos beneficios sociales.

Te podrÍa interesar ...

¡Suscríbete a nuestro newsletter!

Conoce las últimas convocatorias, beneficios y ayudas disponibles.