Hay una pregunta concreta que tiene una respuesta compleja, pero que es indispensable responder para poder brindar un poco de claridad sobre un tema importante: ¿Se puede cobrar una ayuda por familia numerosa si nunca se cotizó?
Hablamos de una respuesta compleja porque no existe una ayuda económica específica por “familia numerosa”, sino que las familias numerosas pueden acceder a algunos beneficios, los cuales, pueden requerir, o no, que se hayan realizado aportes a la Seguridad Social.
Para poder ser precisos en la explicación es necesario, ante todo, explicar qué se entiende por familia numerosa, qué significa cotizar (hacer aportes a la Seguridad Social) y cuáles son las diferencias entre las pensiones contributivas y las no contributivas.
Qué es una familia numerosa
En Ayuda-Social.es no solo explicamos varias veces qué se considera “familia numerosa” en términos legislativos, sino que incluso tenemos un espacio específico en nuestro sitio web en el que contamos qué beneficios tienen y cómo se solicita el certificado en cada comunidad autónoma. Esa sección específica se puede consultar ingresando aquí.
Hay, incluso, un artículo específico, en el que detallamos qué es una familia numerosa y cuáles son los principales beneficios a los que se puede acceder. Esa nota se lee aquí.
Conformación de las familias numerosas
Una familia numerosa es aquella integrada por uno o dos ascendientes (padre-madre), que tengan tres hijos o hijas, sean o no comunes. También se reconoce esta condición a las familias constituidas por:
- Madre o padre con dos hijos (comunes o no), siempre que al menos uno de éstos sea discapacitado o esté incapacitado para trabajar.
- Madre y padre con dos hijos (comunes o no), cuando ambos progenitores sean personas con discapacidad o estén incapacitados para trabajar, o al menos uno de ellos tuviera un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- El padre o la madre separados o divorciados, con tres o más hijos, comunes o no, aunque estén en distintas unidades familiares, si están bajo su dependencia económica, aunque no vivan en el hogar conyugal.
- Dos o más hermanos huérfanos de padre y madre que convivan con el tutor, acogedor o guardador, sin estar a sus expensas.
- Tres o más hermanos huérfanos de padre y madre, mayores de 18 años, o dos, si uno de ellos es una persona con discapacidad, que convivan y tengan una dependencia económica entre sí.
- El padre o la madre con dos hijos, cuando haya fallecido el otro progenitor.
Recientemente, el Gobierno español aprobó la nueva Ley de Familias. Entre los cambios más significativos es que el término “familia numerosa” no se utilizará más y pasará a llamarse “Ley de Protección a las Familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza”.
Es importante destacar que los títulos de familia numerosa seguirán siendo válidos aunque entre en vigor la nueva ley. En caso de necesidad de renovación, adoptará el nuevo nombre.
Categorías de familias numerosas
Las familias numerosas se pueden dividir en dos categorías.
- Categoría especial. Aquellas familias de cinco hijos o más, o bien de cuatro hijos cuando al menos tres provengan del mismo parto, adopción o acogimiento múltiple o aquellas otras familias de 4 hijos que tengan una renta per cápita anual que no supere el 75% del salario mínimo interprofesional vigente.
- Categoría general: todas las demás.
A efectos de establecer la categoría, los hijos discapacitados o incapaces para el trabajo computan como dos hijos. Por ejemplo, un hijo no discapacitado y dos hijos discapacitados son parte de la categoría especial, al entenderse como cinco hijos.
Beneficios para familias numerosas
Los beneficios para las familias numerosas serán otorgados por tres niveles gubernamentales diferentes. Es decir, por un lado, la Administración del Estado. Por otro lado, las distintas Comunidades Autónomas para sus residentes y por último las Corporaciones Locales (ayuntamientos, diputaciones) para sus vecinos.
Entre los beneficios que se establecen en el ámbito estatal están, por mencionar solo algunos ejemplos, la bonificación del 45% de las cuotas de la Seguridad Social (del empleador) para contratar un cuidador al servicio de una familia numerosa, la preferencia para conseguir becas en el ámbito de la educación, subsidios en comedores y transportes para los alumnos y descuentos en tarifas de transporte.
Es importante destacar que para acceder a muchos de estos beneficios es indispensable haber tributado a la Seguridad Social.
Cada uno de los beneficios, que se pueden consultar aquí, a nivel nacional, y aquí, según cada comunidad autónoma, tienen sus propios requisitos, por lo que el interesado, miembro de una familia numerosa, deberá leerlos para saber si puede acceder, o no, si nunca cotizó.
Ahora bien, para poder arrojar más claridad sobre esta cuestión debemos explicar y diferenciar qué son las pensiones contributivas y las pensiones no contributivas y si es posible recibir ayudas sociales sin haber cotizado nunca.
Los dos tipos de pensiones
En España existen dos tipos de pensiones que pueden ser otorgadas por el Estado: las contributivas y las no contributivas.
Una pensión es una cantidad de dinero que un organismo oficial paga a una persona regularmente como ayuda económica por un motivo determinado. En España son reguladas por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Las pensiones contributivas y las no contributivas tienen algunas diferencias esenciales:
Las pensiones contributivas son prestaciones económicas y de duración indefinida. En España están regidas por el Régimen General y los Regímenes Especiales de la Seguridad Social. Las pensiones no contributivas, en cambio, son prestaciones económicas para aquellos ciudadanos que se encuentran en una situación de vulnerabilidad económica y no tienen los recursos suficientes para su subsistencia. Los beneficiarios pueden acceder aunque no hayan cotizado nunca o no alcancen el nivel contributivo.
Pensiones no contributivas y familias numerosas
Como explicamos, la pregunta de si es posible cobrar una ayuda por familia numerosa sin haber cotizado es de difícil respuesta. Primero, porque no existe algo específico como una ayuda económica solo por ser parte de una familia numerosa: las ayudas económicas que pueden percibir los miembros de una familia numerosa varían según niveles de ingresos, o si hay discapacidad o invalidez.
Por otro lado, ya señalamos que existen ayudas económicas no contributivas, es decir, destinadas a personas que nunca tributaron, sean parte, o no, de una familia numerosa.
Si quieres conocer las ayudas económicas no contributivas existentes en España puedes leer este otro artículo de Ayuda-Social.es.
A grandes rasgos, entonces, si tuviésemos que inclinarnos por una respuesta rotunda, podríamos decir que sí se puede cobrar una ayuda por familia numerosa sin haber cotizado, porque es posible ser de una familia numerosa (o no serlo) y acceder a una pensión no contributiva. Pero, por otro parte, también podríamos responder que no, porque no existe una ayuda económica específica que puedan solicitar los miembros de familias numerosas que no cotizaron nunca.
Ahora ya sabes
En resumen, para saber si tienes derecho o no a una pensión no contributiva o a una ayuda por familia numerosa debes consultar los requisitos para acceder a cada pensión/ayuda específica, o trasladar la inquietud a los organismos oficial correspondientes que, entonces, podrán indicarte a qué pensiones o ayudas puedes acceder si nunca cotizaste y eres parte de una familia numerosa.