El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un tributo de carácter personal y directo que grava la renta de las personas físicas de acuerdo con sus circunstancias personales y familiares.
Es, en definitiva, un impuesto que el Estado cobra a las personas que perciben ingresos y que son residentes en España o que contribuyen allí por su trabajo. En 2024, el IRPF se deberá abonar entre el 3 de abril y el 1 de julio.
La cuantía del impuesto a abonar varía según cada persona y sus condiciones particulares, especialmente la cantidad de ingresos generados durante el año. Sin embargo, hay algunos gastos que son deducibles. Sigue leyendo este artículo para conocerlos.
- Qué es un gasto deducible
- Deducciones por hijos
- Novedad de 2024: deducciones por la compra de coches eléctricos
- Deducciones de autónomos
- Otros gastos deducibles para los autónomos
- Dónde realizar la declaración y pedir las deducciones
- Dónde comunicarse en caso de dudas o consultas
- Preguntas frecuentes
- Ahora ya sabes
Qué es un gasto deducible
El IRPF es, según la propia Agencia Tributaria, un «impuesto que tiene en cuenta las circunstancias personales y familiares de los ciudadanos para conocer su verdadera capacidad económica».
Otra característica importante es que se trata de un impuesto progresivo, ya que el porcentaje (tipo de gravamen) que se aplica para determinar la cantidad que cada uno debe pagar varía en forma más que proporcional a la variación de la renta que se grava (base imponible).
Los gastos deducibles del IRPF son aquellos desembolsos que pueden restarse de los ingresos brutos obtenidos. Así, se consigue un «ahorro» que se efectiviza al abonar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Existen diferentes tipos de gastos deducibles según el tipo de contribuyente.
Ejemplos de gastos deducibles
Algunos de los gastos deducibles más comunes son en los rubros:
- Hipoteca. Es posible deducir hasta el 15% de los pagos realizados si el contribuyente firmó un préstamo hipotecario para adquirir una vivienda antes del 1 de enero de 2013. Esta deducción tiene un límite máximo de 9.040 euros, También se pueden deducir los gastos asociados a la escritura de compra y de hipoteca.
- Alquiler. Hay deducciones al alquiler para jóvenes, mayores de 65 años, personas con discapacidad o familias numerosas.
- Asociación a partidos políticos, sindicatos u ONG. Es posible deducir hasta el 20% de las cuotas de afiliación y las aportaciones a partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones electorales, con un límite máximo de 600 euros. En el caso de la afiliación a sindicatos no hay límites y la deducción puede alcanzar el 35% del monto aportado.
- Deducciones por circunstancias personales y familiares. Hay deducciones por nacimiento o adopción de hijos, discapacidades, familias monoparentales, familias numerosas o guardería.
- Adquisición de empresas. Se podrá deducir hasta un 30% el dinero utilizado para la adquisición de acciones en empresas nuevas. El total a deducir no podrá superar los 60.000 euros anuales.
Deducciones por hijos
Como mencionamos, hay deducciones que se pueden realizar según el número de hijos.
Se podrán deducir 2.400 euros anuales por el primer descendiente, 2.700 por el segundo, 4.000 por el tercero y 4.500 por el cuarto y subsiguientes si se cumplen estas características:
- Que el o los hijos tengan menos de 25 años, excepto que se acredite una minusvalía del 33% o superior.
- El hijo o los hijos deben vivir con el contribuyente.
- El contribuyente no debe haber obtenido rentas que superen los 8.000 euros anuales y no presentar la declaración de la renta de forma individual y con rentas por encima de los 1.800 euros
También se puede obtener una deducción por familia numerosa si se cumplen determinados requisitos.
Se podrá deducir 1.200 euros por cada menor a cargo o 2.400 si se trata de una familia numerosa de categoría especial, integrada por cinco o más hijos.
Además, es posible deducir hasta 1.000 euros adicionales por gastos de guardería.
Leer también: Qué es el cheque guardería y cuáles son los requisitos para pedirlo
Novedad de 2024: deducciones por la compra de coches eléctricos
Una novedad del IRPF de 2024 es que, por primera vez, se puede deducir parte del coste de la compra de coches, motos u otros vehículos eléctricos.
Quienes hayan adquirido un vehículo eléctrico podrán deducir el 15% del valor, con un límite de 20.000 euros.
También se podrá deducir hasta 4.000 euros por la instalación de puntos de carga en las casas.
Deducciones de autónomos
Hay deducciones relacionadas con el alquiler y los gastos de suministros como luz, agua y calefacción. Si el autónomo alquila un local podrá deducir íntegramente los gastos arriba mencionados.En cambio, si trabaja desde casa, la deducción se limita al 30%.
Otros gastos deducibles son los relacionados con el diseño web para la promoción del negocio, el merchandising, el marketing y la publicidad, así como la compra y reparación de bienes de inversión.
Para que los gastos sean deducible deberán:
- Estar vinculados a la actividad económica desarrollada.
- Ser justificados mediante facturas u otras pruebas.
- Que se hallen registrados en la contabilidad o en los libros-registro de los contribuyentes que desarrollan actividades económicas.
Otros gastos deducibles para los autónomos
También se pueden deducir los gastos de amortizaciones de los propios bienes materiales o intangibles. Otros gastos deducibles son los relacionados a sueldos y salarios de los empleados, así como dietas, pagas extraordinarias y viáticos.
Además, es posible deducir gastos de la Seguridad Social a cargo de la empresa y otros gastos de personal, como los derivados de la formación laboral, de la indemnización por rescisión de los contratos, los seguros por accidentes y las contribuciones a planes de pensiones, entre otros.
Dónde realizar la declaración y pedir las deducciones
La Agencia Estatal de Administración Tributaria pone a disposición de los contribuyentes distintos servicios de ayuda para realizar la declaración, ya sea presencialmente, a través de su sede electrónica (Renta WEB), por teléfono (llamando al 91 554 87 70 o el 901 33 55 33 de lunes a viernes de 9 a 19 horas -hasta las 15 horas en agosto-) o usando la aplicación móvil «Agencia Tributaria».
Además, el Informador de Renta permite repasar los aspectos generales para saber, por ejemplo, si se tiene obligación de declarar o qué deducciones y reducciones pueden aplicarse. A través de un asistente virtual, es posible formular preguntas que serán contestadas de manera personalizada.
Existe también un servicio de calculadora de IRPF sobre las retenciones, que puede utilizarse en la web de AEAT de forma anónima y sin necesidad de identificarse.
Dónde comunicarse en caso de dudas o consultas
Si se presentan dificultades a la hora de pagar el IRPF se puede contactar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) por teléfono al 91 554 87 70 o el 901 33 55 33 de lunes a viernes de 9 a 19 horas (hasta las 15 horas en agosto).
Preguntas frecuentes
¿Qué gastos se pueden deducir en la declaración de la Renta?
Se pueden deducir gastos relacionados con la hipoteca, el alquiler, la asociación a partidos políticos, sindicatos u ONG, por circunstancias familiares, como tener hijos o ser parte de una familia numerosa. También hay deducciones para los autónomos. Leer más aquí.
¿Qué es una deducción en la declaración de la renta?
Los gastos deducibles del IRPF son aquellos desembolsos que pueden restarse de los ingresos brutos obtenidos. Así, se consigue un “ahorro” que se efectiviza al abonar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Leer más aquí.
¿Cómo se realiza la declaración de renta?
La Agencia Estatal de Administración Tributaria pone a disposición de los contribuyentes distintos servicios de ayuda para realizar la declaración. Leer más aquí.
Ahora ya sabes
Existen diferentes gastos que pueden ser deducibles de la declaración de renta, tanto para autónomos o trabajadores por cuenta ajena.