La nueva reforma del subsidio por desempleo ya ha sido aprobada por el Consejo de Ministros a través del Real Decreto-ley 2/2024. Esta modificación mejora, entre otros aspectos, las cuantías de los subsidios y amplía el colectivo de beneficiarios.
Asimismo, se introduce un «Complemento de Apoyo al Empleo» y se incluyen cambios para las personas que hayan agotado la prestación contributiva por desempleo, entre otros puntos de interés.
Si quieres saber más sobre la reforma del subsidio por desempleo no dejes de leer este artículo. Desde Ayuda-Social.es te damos las claves necesarias y toda la información que necesitas.
- ¿En qué consiste la reforma del subsidio por desempleo?
- Subsidio vs. Prestación por desempleo
- 10 claves de la reforma del subsidio por desempleo
- Aumento de las cuantías del subsidio por desempleo en 2024
- Subsidio para mayores de 52 años
- Nuevos beneficiarios del subsidio por desempleo
- Compatibilización del paro con un empleo
- Acumulación del permiso de lactancia como derecho
- Despido por incapacidad permanente
- Eliminación del mes de espera
- Supresión de los subsidios parciales
- Nuevo subsidio víctimas violencia de género
- Requisito de Renta
- Entrada en vigor de la reforma
- Solicitud del subsidio por desempleo
- Condiciones para acceder a la solicitud
- Para más información
- Preguntas frecuentes
- Ahora ya sabes
¿En qué consiste la reforma del subsidio por desempleo?
Esta reforma del subsidio por desempleo surge para simplificar y mejorar la protección de la prestación. La modificación de la normativa incluye cambios que agilizarán el acceso a las ayudas, permitirán compatibilizar empleo y prestaciones y ampliarán los colectivos protegidos.
Subsidio vs. Prestación por desempleo
La prestación por desempleo a nivel asistencial o subsidio por desempleo, es la ayuda para quienes han agotado o no tienen derecho a paro -a la prestación contributiva- por no haber cotizado lo suficiente. Su duración depende del número de meses cotizados y de si se tienen o no responsabilidades familiares y su cuantía mensual es igual al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM), el índice utilizado como referencia en España para calcular la concesión de ayudas.
Por otra parte, la prestación contributiva por desempleo, conocida como paro, es la ayuda para quienes pierden su empleo de forma temporal o definitiva o ven reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de un 10% y un 70%.
10 claves de la reforma del subsidio por desempleo
La aprobación de la reforma del subsidio por desempleo incluye varios puntos a destacar, que ampliaremos a continuación. Entre ellos, como ya hemos mencionado, se amplían los colectivos con derecho al subsidio, mejoran las cuantías en los primeros meses de percepción, con excepción del subsidio para mayores de 52 años y se crea un «Complemento de Apoyo al Empleo».
Aumento de las cuantías del subsidio por desempleo en 2024
Con la reforma del subsidio por desempleo, aumentan en los primeros meses de percepción las cuantías de cada subsidio. Antes de esta reforma, la cuantía era de 480 euros mensuales (el 80% del IPREM).
Estas son las nuevas cifras a partir de la reforma:
- Primeros seis meses: 570 €/ mes (95% del IPREM).
- Siguientes seis meses: 540 €/mes (90% del IPREM).
- Resto del período de cobro: 480 €/mes (80% del IPREM).
Subsidio para mayores de 52 años
El subsidio para mayores de 52 años es el único se mantiene en su cuantía del 80% de IPREM, esto es, 480 €/mensuales, debido a que existe una mayor duración de este subsidio y una sobrecotización basada en el 125% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Nuevos beneficiarios del subsidio por desempleo
La reforma recién aprobada amplía los subsidios por desempleo a colectivos que anteriormente carecían de esta cobertura. Estos son los siguientes:
- Menores de 45 años sin responsabilidades familiares.
- Trabajadores agrarios eventuales.
- Trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla.
- Españoles emigrantes retornados sin derecho a prestación contributiva.
- Víctimas de violencia de género o sexual mayores de 16 años.
Compatibilización del paro con un empleo
Con la reforma se podrá compatibilizar el cobro de la prestación por desempleo con un puesto de trabajo, introduciéndose el llamado «Complemento de apoyo al empleo».
Esto quiere decir, tal como subraya La Moncloa, que se podrá compatibilizar un empleo o una beca con el cobro tanto del subsidio, como del paro. Esta situación se podrá prolongar durante un período máximo de 6 meses.
Acumulación del permiso de lactancia como derecho
Otra de las novedades es que será posible acumular las horas retribuidas de ausencia por lactancia en jornadas completas como un derecho de todas las trabajadoras.
Despido por incapacidad permanente
La reforma incluye, asimismo, la modificación del artículo 49.1. del Estatuto de los Trabajadores, que evitará que las personas que accedan a la situación de Incapacidad Permanente, total, absoluta o gran invalidez sean automáticamente despedidas, que es lo que sucede en la actualidad.
A partir de esta reforma, la persona con discapacidad podrá solicitar a la empresa una adaptación o un cambio de puesto.
Eliminación del mes de espera
Otra de las principales novedades que se introducen es la eliminación del mes de espera para poder pedir el subsidio al agotarse la prestación contributiva por desempleo.
Supresión de los subsidios parciales
La reforma elimina los subsidios parciales para quienes hubieran trabajado a tiempo parcial, pudiendo cobrarlos íntegros, al tiempo que permitirá que las personas con menos de 12 meses cotizados puedan acceder al subsidio, medida que beneficiará fundamentalmente a los jóvenes.
Nuevo subsidio víctimas violencia de género
Si bien existe una ayuda económica de pago único que otorga el Gobierno a víctimas de violencia de género y de la que ya hemos hablado en Ayuda-Social.es, la reforma del subsidio de desempleo incluye la creación del subsidio para víctimas de violencia de género.
En concreto, podrán acceder al subsidio aquellas mujeres víctimas de violencia que no tengan derecho a la prestación por desempleo, que no hayan sido beneficiarias de tres derechos al programa de Renta Activa de Inserción, que estén inscritas como demandantes de empleo y carezcan de rentas propias.
Requisito de Renta
La reforma incluye, también, la modificación del requisito de insuficiencia de renta, que podrá calcularse individualmente o por unidad familiar (incluyendo también parejas de hecho). Este requisito podrá acreditarse mediante una «declaración responsable», destaca La Moncloa.
Entrada en vigor de la reforma
Con carácter general, la norma entró en vigor en noviembre de 2024. El nuevo régimen de compatibilidades entre empleo y ayudas por desempleo se aplicará el 1 de abril de 2025.
Solicitud del subsidio por desempleo
Si te encuentras interesado en solicitar el subsidio por desempleo, te contamos cómo hacerlo. El organismo encargado de la gestión y control de esta ayuda es el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Por lo tanto, puedes acceder a la solicitud del subsidio por desempleo a través de este enlace.
Condiciones para acceder a la solicitud
Para solicitar la concesión de este subsidio, se deben reunir las siguientes condiciones:
- Estar desempleado.
- Estar en situación legal de desempleo.
- Tener cotizados al menos tres meses si se tienen responsabilidades familiares, o seis meses si no se tienen.
- No tener cubierto el período mínimo de cotización de 360 días para contar con el derecho a una prestación contributiva.
Para más información
Si necesitas más información sobre el subsidio por desempleo y los cambios que ha supuesto la nueva reforma, no dudes en ponerte en contacto con los canales oficiales del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Puedes encontrarlos aquí.
También puedes consultar la normativa oficial con toda la letra chica de la reforma en el siguiente enlace del BOE.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo entró en vigor la reforma del subsidio por desempleo?
Según la convocatoria oficial, esta norma entró en vigor en noviembre de 2024. Leer más.
¿Qué nuevos beneficiaros hay para el subsidio?
La reforma recién aprobada amplía los subsidios por desempleo a colectivos que anteriormente carecían de esta cobertura. Entre ellos destacan las condiciones socioculturales y la franja de edad. Leer más.
Ahora ya sabes
La reforma del subsidio por desempleo entró en vigor en noviembre de 2024. Además, entre los principales cambios introducidos destacan el aumento por tramos de la cuantía de esta ayuda, la compatibilidad de cobrar un subsidio con un trabajo y la eliminación del mes de espera.