El Programa de Respiro Familiar de Andalucía es un servicio que tiene como finalidad la acogida a personas en situación de dependencia cuando no pueden ser atendidas por sus familiares por motivos de descanso, hospitalización o enfermedad. Incluye alojamiento y manutención completa por periodos que oscilan entre las 24 horas y el mes, aunque es posible prorrogar estos tiempos siempre previa autorización.
Con este servicio se facilita una atención integral y continuada de carácter profesional, que ofrece alojamiento y convivencia, teniendo en cuenta la proximidad y el arraigo. En Ayuda-Social.es ya hemos detallado distintas ayudas de la Junta de Andalucía para los integrantes de esta comunidad. En esta nota explicaremos todo lo relacionado con el Programa de Respiro Familiar.
- Qué significa la dependencia
- Marco legislativo
- Cuáles son los Centros de Respiro Familiar
- Requisitos para ser considerada una persona dependiente
- Ayudas económicas y de acompañamiento
- Calcular el grado de dependencia
- Documentación a presentar
- Cómo solicitar el Programa de Respiro Familiar
- Concretar una cita con el Servicio de Valoración
- Prórroga del Programa de Respiro Familiar
- Ahora ya sabes
Qué significa la dependencia
Se entiende por «dependencia» cuando una persona necesita de la ayuda permanente de otras personas para realizar actividades básicas de la vida diaria ya sea por discapacidad, edad avanzada, enfermedad crónica, accidente, pérdida de funciones fisiológicas, falta o pérdida de autonomía física, falta o pérdida de autonomía mental o intelectual y la falta o pérdida de autonomía sensorial.
Las actividades básicas de la vida diaria son las tareas más elementales de la persona, que le permiten desenvolverse con un mínimo de autonomía e independencia, entre ellas:
- Cuidado esencial: lavarse, vestirse, higiene personal (micción y defecación) y otros cuidados corporales.
- Actividades domésticas básicas.
- Movilidad esencial, desplazarse dentro y fuera del hogar, cambiar y mantener la posición del cuerpo.
- Reconocer personas y objetos, orientarse, entender y ejecutar órdenes o tareas sencillas.
Marco legislativo
La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia regula las condiciones básicas de promoción de la autonomía personal y de atención a las personas en situación de dependencia mediante la creación del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), en el que colaboran y participan todas aquellas Administraciones Públicas con competencias en la materia.
Cuáles son los Centros de Respiro Familiar
En la Comunidad Autónoma de Andalucía hay casi medio centenar de Centros de Respiro Familiar. Puedes consultar la dirección y el teléfono de cada uno de ellos en este enlace.
Requisitos para ser considerada una persona dependiente
Para recibir la asistencia se deben cumplir una serie de requisitos. Estos son:
- Tener 65 años o más y estar en situación de dependencia o en riesgo de estarlo.
- Ser mayor de 16 años pero menor de 65, estar en situación de independencia o en riesgo de estarlo y tener una discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 33%
- Precisar de otra persona para el desarrollo de actividades de la vida diaria con o sin grado de dependencia.
- No padecer una enfermedad que precise atención imprescindible y continuada en centro hospitalario.
- No haber sido sancionado con expulsión definitiva de un centro similar.
Ayudas económicas y de acompañamiento
Las personas dependientes que formen parte del Programa de Respiro Familiar tienen derecho a una serie de “servicios” y a tres tipos de ayudas económicas.
A través de este programa se brindan servicios de:
- Promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia.
- Teleasistencia.
- Ayuda a domicilio.
- Centro de día y noche.
- Atención residencial.
Tres tipos de prestaciones económicas
Estas son las destinadas a:
- Cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales.
- Asistencia personal
- Servicio.
La Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales es una ayuda que puede llegar a los 387.64 euros y tanto la Prestación económica de asistencia personal como la Prestación económica vinculada al servicio alcanzan como máximo los 715,07 euros.
Calcular el grado de dependencia
La Junta de Andalucía creó un simulador de dependencia para que cada persona pueda proveer cómo será analizada por los equipos técnicos. “Si responde verazmente, obtendrá una valoración aproximada a su situación de dependencia, aunque de ninguna forma podrá sustituir a la que determine el equipo de profesionales”, aclaran. Se puede acceder a la calculadora en este enlace.
Tres grados de dependencia
- Grado 1 es cuando la persona necesita ayuda al menos una vez al día para realizar varias actividades y/o apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.
- Grado 2 se considera cuando la persona necesita ayuda dos o tres veces al día para realizar varias actividades y/o apoyo extenso pero no permanente para su autonomía personal.
- El Grado 3 es cuando la persona necesita ayuda varias veces al día para realizar varias actividades y/o apoyo indispensable y continuo de otra persona por la pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial o apoyo generalizado para su autonomía personal
Documentación a presentar
Junto a la solicitud se deberán presentar los siguientes documentos:
- Informe médico.
- Resolución de reconocimiento de la situación dependencia si corresponde.
- Resolución de reconocimiento de la situación de discapacidad en un grado igual o superior al 33% si corresponde.
- DNI de la persona solicitante y, en su caso, de quien ostente su representación.
- Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de todos los miembros de la Unidad Familiar, referida al período impositivo inmediatamente anterior, con plazo de presentación vencido a la fecha de la solicitud, o certificado de retenciones de rendimientos percibidos, o declaración responsable de ingresos, según corresponda.
- Certificado de empadronamiento de la unidad familiar.
- Cualquier otra documentación que acredite los motivos de solicitud.
Cómo solicitar el Programa de Respiro Familiar
Para ser parte del Programa de Respiro Familiar se debe completar esta solicitud y presentarla en el registro de la Delegación Territorial de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de la provincia en la que vive el interesado.
Las oficinas de registro, detalladas en este enlace, funcionan con una cita que se debe pedir previamente. La presentación presencial de documentos requerirá la identificación del presentador con su DNI o documento identificativo equivalente en la oficina de registro.
En caso de no cumplir los requisitos o ante el eventual faltante de documentación, el servicio territorial instará a la persona solicitante para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos indicados. Caso contrario se dará por desistida su petición.
También se puede solicitar de manera virtual, previa registración en el sistema, a través de este enlace.
Concretar una cita con el Servicio de Valoración
El Servicio de Valoración de cada provincia llamará para concertar una cita en el domicilio, donde se valorará la situación, las actividades básicas de la vida diaria y de las necesidades de apoyo. Luego llegará por correo la resolución del grado de dependencia reconocido y los servicios y/o prestaciones a los que podría acceder la persona solicitante.
Los Servicios Sociales Comunitarios llamarán para concertar una cita en el domicilio para estudiar el recurso más idóneo para cubrir las necesidades de atención.
Ante dudas o consultas se puede llamar al teléfono gratuito de atención a la ciudadanía: 900166170. Este servicio de información funciona de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas de forma ininterrumpida.
Prórroga del Programa de Respiro Familiar
La prórroga del servicio de Respiro Familiar tendrá carácter excepcional. Solamente se concederá cuando sea por una situación de emergencia imprevista y desconocida con anterioridad. En cualquier caso, la duración del programa de respiro familiar en el centro asignado no podrá superar los tres meses, incluyendo las prórrogas. Para solicitar la prórroga del servicio debe rellenar la solicitud conforme al modelo, con una anterioridad de 7 días naturales a la finalización del servicio.
Ahora ya sabes
Si vives en la comunidad autónoma de Andalucía y dependes de otra persona para realizar actividades diarias básicas puedes solicitar ingresar al Programa de Respiro Familiar.