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Ayuda de 525 euros para jubilados en alquiler: ¿cómo pedirla?

Escrito por Tatiana O.B. | Publicado el 03 de julio, 2025
Tiempo estimado de lectura: 5 minutos

Para muchas personas mayores o con discapacidad, vivir de alquiler con una pensión no contributiva es sinónimo de apretarse el cinturón cada mes. Con ingresos ajustados y un coste de vida en aumento, cualquier apoyo extra puede marcar una gran diferencia para ellos.

Ayuda de 525 euros para pensionistas en alquiler
Esta ayuda busca dar un impulso económico a los pensionistas que viven de alquuler

Por esta razón, el Gobierno ha diseñado un complemento económico pensado para quienes reciben una pensión no contributiva de jubilación o invalidez y no tienen vivienda en propiedad. Esta ayuda, gestionada por las Comunidades Autónomas y el IMSERSO, busca aliviar parte del gasto en alquiler.

En este artículo de Ayuda-Social.es te contamos qué necesitas para acceder a este complemento y cómo tramitarlo.

¿Qué es el complemento al alquiler para jubilados?

Este complemento para pensionistas es una ayuda económica dirigida a personas que cobran una pensión no contributiva (PNC) y viven de alquiler, sin tener ninguna vivienda en propiedad. Este complemento nació en 2012 y se ha mantenido desde entonces como apoyo a uno de los colectivos más vulnerables.

La cantidad a recibir por las personas que soliciten la ayuda es fija: 525 euros anuales. No obstante, debes saber que esta suma no se entrega mes a mes, sino en un único pago. Aunque la cuantía no se ha actualizado en más de una década, sigue siendo un alivio para quienes tienen que afrontar un alquiler con una pensión muy reducida.

note
Este complemento no se otorga automáticamente. Hay que solicitarlo cada año, y para eso es necesario cumplir una serie de requisitos.

Requisitos para cobrar el complemento de 525 euros

Para poder acceder al complemento, hay que cumplir todos los siguientes requisitos a la fecha de la solicitud:

  • Tener reconocida una pensión no contributiva de jubilación o invalidez, tanto en el momento de pedir la ayuda como en el de la resolución.
  • No tener vivienda en propiedad.
  • Ser titular del contrato de alquiler de la vivienda en la que resides.
  • No tener relación conyugal ni de parentesco (hasta tercer grado) con el arrendador, ni vivir con él como pareja de hecho.
  • Tener la vivienda como domicilio habitual. Eso significa dos cosas: que el contrato de alquiler sea por al menos un año y que hayas vivido allí al menos 180 días antes de presentar la solicitud.

Un detalle importante: si en la vivienda conviven varias personas con pensión no contributiva, solo podrá cobrar este complemento quien sea titular del contrato. Si hay más de uno, solo lo recibe el primero que figure en el contrato.

¿Dónde solicitar el complemento de las pensiones por el alquiler?

La gestión de esta ayuda corresponde a las Comunidades Autónomas, aunque también pueden encargarse las Direcciones Territoriales del IMSERSO en Ceuta y Melilla, o las Diputaciones Forales en el País Vasco y Navarra.

Una vez localizado el órgano competente de cada Comunidad Autónoma, la solicitud se puede presentar de forma presencial o, si tu comunidad lo permite, por Internet. Es recomendable consultar el sitio web oficial del organismo de tu comunidad para confirmar los pasos.

Para presentar la solicitud necesitarás:

  • Justificante de tu pensión no contributiva.
  • Copia del contrato de alquiler a tu nombre.
  • Documentación que acredite que no tienes una vivienda en propiedad.
  • Certificado de empadronamiento o prueba de haber vivido al menos 180 días en esa vivienda.
note
Conviene preparar toda la documentación con tiempo y no esperar a los últimos días, ya que el plazo para solicitar esta ayuda finaliza el 31 de diciembre de 2025.

¿Cuánto y cuándo se cobra el complemento al alquiler?

Como te decíamos anteriormente, la cuantía del complemento es de 525 euros anuales, y se paga en un único abono. No se trata de una ayuda mensual, sino de un ingreso extra que llega como apoyo adicional. Aunque es una cantidad modesta, puede servir para cubrir parte del alquiler, gastos de comunidad o suministros. Para muchas personas con pensión no contributiva, supone un pequeño respiro dentro de una economía ajustada.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede recibir el complemento por alquiler?

Personas que cobran una pensión no contributiva (PNC) y viven de alquiler, sin tener ninguna vivienda en propiedad. Leer más aquí.

¿Puedo cobrar este complemento si vivo con alguien más con pensión no contributiva?

Solo uno podrá cobrarlo: el titular del contrato de alquiler o, si hay varios, el primero que figure en él. Leer más aquí.

Ahora ya sabes

Si cobras una pensión no contributiva y vives de alquiler, este complemento de 525 euros puede ayudarte a sobrellevar los gastos. Es una ayuda sencilla pero importante, pensada para quienes más lo necesitan. Solo tienes que cumplir unos requisitos básicos y presentar la solicitud antes del 31 de diciembre de 2025. No lo dejes pasar: es un derecho que puede darte un pequeño respiro en un año que no siempre es fácil.

Ayuda-Social.es es una empresa independiente que ofrece información sobre diversas ayudas. No tenemos afiliación ni patrocinio de ninguna entidad gubernamental de España. Para solicitar más información o acceder a las ayudas, te recomendamos dirigirte al organismo oficial correspondiente.

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Tatiana O.B.
Periodista todoterreno especializada en investigación, tribunales y temática social. También soy criminóloga. Junto al equipo de Ayuda-Social.es indagaré todo lo posible para conseguir una información real, veraz y de calidad.
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Tatiana O.B.
Periodista todoterreno especializada en investigación, tribunales y temática social. También soy criminóloga. Junto al equipo de Ayuda-Social.es indagaré todo lo posible para conseguir una información real, veraz y de calidad.

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