Una familia numerosa es aquella conformada por tres hijos o más, sean o no comunes, o dos hijos si uno de ellos tiene discapacidad superior al 33%. En España, las familias que entran en esta categoría tienen derecho a solicitar diversas ayudas, subsidios y beneficios. Madrid y el resto de las comunidades autónomas tienen sus propias políticas asistenciales.
Para poder convertirse en beneficiarios, sin embargo, se debe tener el título de familia numerosa otorgado por la comunidad autónoma de Madrid. Si aún no tienes este carnet que acredita la condición del grupo familiar puedes consultar esta otra nota para saber los requisitos y cómo solicitarlo.

En esta oportunidad, detallaremos todo sobre los beneficios que la Comunidad de Madrid brinda a las familias numerosas que allí residen.
Que es una familia numerosa para la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid considera familia numerosa a:
- Familia integrada por uno o dos ascendientes con vínculo conyugal y tres o más hijos, sean o no comunes.
- Una familia formada por uno o dos ascendientes con dos hijos, sean o no comunes, siempre que al menos uno de los hijos tenga una discapacidad superior al 33% o esté incapacitado para trabajar.
- Un ascendiente separado o divorciado, con tres o más hijos aunque estén en distintas unidades familiares.
- Familia formada por dos ascendientes, cuando ambos fueran discapacitados, o, al menos, uno de ellos tuviera un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento, o estuvieran incapacitados para trabajar, con dos hijos, sean o no comunes.
- Dos hermanos huérfanos, junto a un progenitor, cuando haya fallecido el otro.
- Dos o más hermanos huérfanos de padre y madre bajo tutela, en acogimiento o guarda, pero que no se encuentren bajo las expensas del tutor, acogedor o guardador que convivan con el tutor, acogedor o guardador.
- Tres o más hermanos huérfanos de padre y madre, mayores de 18 años, o dos si uno de ellos es discapacitado, que convivan y tengan dependencia económica entre ellos.
Tipos de familias numerosas
Existen dos tipos de familias numerosas en Madrid: las generales y las especiales, siendo estas segundas especialmente beneficiadas.
Las familias especiales son aquellos grupos familiares con cinco o más hijos. O aquellas con cuatro hijos de los cuales al menos tres procedan de parto, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo múltiples. También cuando los ingresos anuales divididos por los miembros que las componen no superen en cómputo anual el 75 por ciento del IPREM vigente.
Las familias generales son el resto de las familias numerosas, con las descripciones mencionadas en el apartado anterior.
Beneficios para las familias numerosas de Madrid
Los beneficios que otorga la Comunidad de Madrid a las familias numerosas se pueden segmentar, a grandes rasgos, en cuatro tipos: beneficios tributarios, financieros, en actividades diarias y sociales. A continuación, explicaremos cada uno de ellos.
1. Beneficios tributarios para familias numerosas de Madrid
Hay tres posibles beneficios tributarios:
- 900 euros de deducción sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a partir del tercer hijo nacido o adoptado, inclusive.
- 5% de deducciones para gastos de adquisición de ropa de uso exclusivo escolar, del 10% de los gastos de enseñanza en idiomas y/o del 15% de los gastos de escolaridad durante las etapas de Enseñanza Obligatoria y el segundo ciclo de Educación Infantil y la etapa de Formación Profesional Básica.
- Hasta 2.400 euros de deducciones anuales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para familias numerosas de categorías especiales. Y de 1200 para el resto de las familias.
2. Ayudas financieras para familias numerosas de Madrid
La Comunidad de Madrid otorga tres beneficios con cuantías autonómicas particulares. Estos son:
- Pagar el 4% en lugar del 6% vigente en la actualidad por la tramitación patrimonial para la adquisición de la vivienda habitual de la familia numerosa.
- Incremento de la cuantía de los mínimos personales y familiares aplicable en el IRPF.
- Abonar la mitad de la cuota autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas durante 3 años o estar completamente exento del pago en el caso de las familias numerosas que integran las categorías especiales.
- Bonificaciones en el Impuesto de Bienes Inmuebles variables según la legislación de cada ayuntamiento.
3. Beneficios en actividades diarias para familias numerosas de Madrid
Los integrantes de familias numerosas de Madrid también tienen derecho a beneficios en actividades diarias, como la utilización del transporte público, asistencia a escuelas y la realización de actividades de ocio y cultura. Específicamente, estos son:
- Hasta 20% de descuentos (familias numerosas) o del 50% (familias numerosas de categoría especial) en el transporte público de la Comunidad de Madrid y bonificaciones especiales variables por la utilización de líneas regulares de transporte marítimo, aéreo nacional y ferroviario.
- Exoneración del pago para familias numerosas de categoría especial y la bonificación del 50 % de las de categoría general en los precios públicos por diversos servicios y actividades en los centros públicos.
- Prioridad en los criterios de admisión de las solicitudes de becas y ayudas y en los centros docentes públicos.
- Rebajas y tarifas especiales en instalaciones deportivas que dependan de los ayuntamientos (valores específicos definidos por cada instalación y/o ayuntamiento).
4. Ayudas sociales para familias numerosas de Madrid
Las familias numerosas también tendrán beneficios que la Comunidad de Madrid define como “sociales”. Estos son:
- Deducciones en las matriculaciones del vehículo familiar.
- Bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social por la contratación de personas trabajadoras al servicio del hogar.
- Acceso al bono social de energía eléctrica, según la potencia contratada.
Acceso a los beneficios y especificaciones
Como ya hemos mencionado, los beneficios a los que tienen derecho a acceder las familias numerosas son varios y muy diferentes entre sí. Para conocer especificaciones y cómo acceder a cada uno de ellos puedes comunicarte con el Servicio 012 de Información y Atención al Ciudadano por sus múltiples vías de contacto.
También puedes escribir un correo electrónico a [email protected] o acercarte personalmente a la Oficina de Información de Familias Numerosas ( C/ Manuel de Falla, 7. Madrid).
Preguntas frecuentes
¿Qué es una familia numerosa especial en Madrid?
Las familias numerosas especiales en Madrid corresponden a aquellas con 5 hijos o más, y a los grupos familiares con 4 hijos con ciertas características. Leer más aquí.
¿Qué beneficios tienen las familias numerosas en Madrid?
Las familias numerosas en Madrid pueden acceder a una serie de ayudas pensadas para grupos familiares grande. Leer más aquí.
¿Es obligatorio el título de familia numerosa?
El título de familia numerosa es esencial para poder acceder a los beneficios y ayudas. Leer más aquí.
Ahora ya sabes
Si sois parte de una familia numerosa que vive en la comunidad autónoma de Madrid tenéis derecho a una serie de beneficios, que van desde descuentos en el transporte público hasta bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social por la contratación de personas trabajadoras al servicio del hogar.
Para obtenerlas es necesario contar con el título de familia numerosa, un documento oficial que acredita la condición y categoría de familia numerosa y tiene validez en todo el territorio nacional. En casos de modificaciones en el grupo familiar, es necesario informarlo a las autoridades en un plazo de tres meses.