Bono Social de Electricidad: solicitud y requisitos en 2024

Por Maria Florencia G.
Actualizado el 16 de febrero, 2024
Tiempo estimado de lectura: 10 minutos

El coste de la electricidad se ha convertido para muchos españoles en un dolor de cabeza ante un panorama incierto de aumento de tarifas debido a la crisis energética que afecta no sólo a España, sino también a muchos otros países europeos.

Además de implementar diversas estrategias de ahorro, como pueden ser, por ejemplo, atender a las horas más caras y más baratas de la luz, es posible acceder a un Bono Social de Electricidad y recibir una ayuda económica del Gobierno por medio de un descuento en la factura eléctrica.

El bono social está dirigido a los consumidores vulnerables, severos o en riesgo de exclusión social.
Está dirigido a los consumidores vulnerables, severos o en riesgo de exclusión social.

El Bono Social de Electricidad se encuentra regulado por medio del Real Decreto 897/2017 del 6 de octubre, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y establece las condiciones necesarias y los requisitos para acceder a la ayuda: entre ellas estipula la figura del consumidor vulnerable, el bono social de electricidad y otras medidas de protección para los consumidores domésticos.

El precio de la electricidad

El Real Decreto 10/2022 enmarca el escenario actual, al exhibir algunas posibles causas: entre ellas, la superación de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, así como las consecuencias del conflicto desencadenado entre Rusia-Ucrania.

«Este conflicto, que supone una profunda crisis social y humanitaria a nivel europeo, tiene también una importante dimensión en términos energéticos», reza el texto. Y añade: «En relación con el sector eléctrico, este no ha estado exento de los profundos impactos sobre el nivel de precios provocado por las anteriores circunstancias».

Desde Ayuda-Social.es explicaremos qué es el Bono Social de Electricidad, pero también quiénes pueden solicitarlo, cuáles son los requisitos para poder hacerlo y además, los pasos a seguir para pedirlo.

Qué es el Bono Social de Electricidad

El bono social es un descuento sobre el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) en la factura eléctrica a un límite máximo de energía, dirigido a los consumidores vulnerables, severos o en riesgo de exclusión social.

El objetivo del Bono Social de Electricidad es el de amortiguar la escalada de precios.

¿Quiénes pueden solicitar el Bono Social de Electricidad?

El Gobierno establece tres tipos de consumidores que pueden requerir la ayuda social:

1. Consumidores vulnerables: 25% de descuento sobre el PVPC  – excepcionalmente y hasta el 31 de diciembre de 2022 el descuento es del 60%.

2. Consumidores vulnerables severos: el descuento será del 40% sobre el PVPC – excepcionalmente y hasta el 31 de diciembre de 2022 el descuento es del 70%.

3. Consumidor vulnerable en riesgo de exclusión social: no abonará en ningún caso el importe de la factura y se le mantendrá el suministro eléctrico.

 ¿Quiénes son considerados consumidores vulnerables?

Aquellas personas que están en:

  • Situación de desempleo.
  • Afectadas por un Expediente Temporal de Regulación de Empleo (ERTE).
  • Quienes han visto reducida su jornada por motivo de cuidados, en caso de ser empresario, u otras circunstancias que supongan una pérdida sustancial de ingresos, no alcanzando los ingresos de los miembros de la unidad familiar, tal como se establece en la legislación vigente.

En caso de tener dudas al respecto es posible consultar el Real Decreto online o contactarse por teléfono o formulario a través del siguiente enlace.

Requisitos para acceder al Bono Social de Electricidad

Para poder solicitar el Bono Social de Electricidad es necesario que:

  • El titular sea una persona física, considerada consumidor vulnerable.
  • Tener contratado el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) en la vivienda habitual o, que acepte la formalización de un contrato con la comercializadora de referencia acogido a PVPC.
  • Que la potencia contratada de tarifa eléctrica PVPC sea igual o inferior a 10 KW.
  • El bono social de electricidad se puede solicitar únicamente para la vivienda habitual de la familia, no para segundas residencias.

Ahora bien, vamos a establecer los requisitos, caso por caso, según la información oficial.

1. Consumidor vulnerable (25% de descuento)

Requerimientos necesarios:

  • Que su renta o la renta conjunta anual de la unidad de convivencia a que pertenezca sea ≤ 1,5 x IPREM de 14 pagas. Cuando la unidad de convivencia esté formada por más de una persona, el multiplicador de renta respecto al índice IPREM de 14 pagas se incrementará en 0,3 por cada miembro adicional mayor de edad que conforme la unidad de convivencia y 0,5 por cada menor de edad de la unidad de convivencia.
  • El beneficiario deberá contar con el título de familia numerosa, o que el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad de convivencia sean pensionistas de la Seguridad Social (jubilación o incapacidad permanente), percibiendo por ello la cuantía mínima vigente en cada momento, para dichas clases de pensión, y no percibir otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.
  • Otra requerimiento podrá ser que el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia sea beneficiario del Ingreso Mínimo Vital conforme a lo establecido en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital.

También puedes leer las preguntas frecuentes sobre el Bono Social de Electricidad

2. Consumidor Vulnerable Severo (40% de descuento)

Requerimientos necesarios:

  • Percibir una renta anual ≤ 50% de los umbrales establecidos para ser considerado consumidor vulnerable, incluyendo, en su caso, el incremento previsto para los casos en los que concurran las «circunstancias especiales».
  • Para quienes dispongan de un título de familia numerosa, la unidad de convivencia deberá percibir una renta anual ≤ 2 x IPREM de 14 pagas: 16.212,56€.
  • Si el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad de convivencia perciben pensión mínima, y no perciben otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros, el consumidor o la unidad de convivencia a la que pertenezca debe percibir una renta anual ≤ 1 x IPREM de 14 pagas: 8.106,28€.
  • Por último, si el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia es beneficiario del Ingreso Mínimo Vital, se aplicarán los criterios de renta definidos en el primer punto.

3. Consumidor en Riesgo de Exclusión Social

Requerimientos necesarios:

Para ser considerado consumidor en riesgo de exclusión social, el titular del contrato debe cumplir con los requisitos para ser considerado vulnerable severo y, además, ser atendido por los servicios sociales de una Administración Pública (autonómica o local) que financien al menos el 50% del importe de su factura a PVPC. En caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.

Para ser considerado consumidor en riesgo de exclusión social, el titular del contrato deberá cumplir con los requisitos para ser considerado vulnerable severo y ser atendido por los servicios sociales de una Administración Pública.

Circunstancias especiales

Si se reúnen circunstancias especiales, los límites establecidos se incrementa en 1 punto IPREM (8.106,28€ más). Entre ellas podrán ser las siguientes:

  1. Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad de convivencia tenga discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
  2. Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad de convivencia acredite la situación de violencia de género.
  3. También se podrá solicitar si el consumidor o alguno de los miembros de la unidad de convivencia acredite ser víctima de terrorismo o se encuentre en situación de dependencia reconocida de grado II o III.
  4. Si la unidad de convivencia está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor (familias monoparentales), también será considerada como una circunstancia especial.

Cómo solicitar el Bono Social de Electricidad

El Bono Social de Electricidad se puede solicitar:

  • Teléfono, a través del número disponible en la página web del comercializador de referencia. Este número se encuentra también publicado en la página web de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
  • En las oficinas del comercializador de referencia, cuando existan.
  • Por fax o a través de la dirección de correo electrónico que comunique el comercializador de referencia en su página web y en su factura.
  • Correo postal en la dirección que comunique el comercializador en su página web y en su factura.
  • Mediante el sitio web del comercializador de referencia.

Debajo puedes encontrar los datos de las comercializadoras de referencia en España

Para solicitar el bono social hay que tener contratado el PVPC.
Para solicitar el bono social hay que tener contratado el PVPC.

Documentos para pedir el Bono Social de Electricidad

Para acreditar la condiciones de consumidor vulnerable, y acceder al beneficio, el consumidor debe remitir a un comercializador de referencia el siguiente modelo de solicitud y declaración responsable, junto con la restante documentación acreditativa:

  • Modelo de solicitud del bono social.
  • Fotocopia del NIF o NIE del titular y de todos los miembros de la unidad de convivencia.
  • Empadronamiento, en vigor del titular y de todos los miembros de la unidad de convivencia.
  • Libro de familia.
  • En el caso de las familias numerosas, copia del título de familia numerosa en vigor.
  • Certificado de la Seguridad Social en caso de percibir una pensión mínima o documentación que acredite que son beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
  • Cuando se apliquen situaciones especiales, certificado de los Servicios Sociales.

Una vez que la solicitud sea presentada en los organismos oficiales, con toda la documentación que acredite la condición de consumidor vulnerable, será cuestión de esperar la resolución de la comercializadora, de un máximo de 10 días hábiles desde la solicitud.

Listado de las comercializadoras con información relativa al Bono Social

Nombre empresaDirección postalTeléfonoFaxCorreo ElectrónicoDirección web
BASER COMERCIALIZADORA DE REFERENCIA, S.A.Apartado Correos 191   33080 Oviedo900 902 947984 115 538bonosocial@basercor.eshttps://www.basercor.es/es/bono-social/bono-social-electricidad/
ENERGIA XXI COMERCIALIZADORA DE REFERENCIA S.L.U.Aptdo. Correos 1.167, 41080 Sevilla800 760 333No disponiblebonosocial@energiaxxi.comhttps://www.energiaxxi.com/bono-social-mercado-regulado
TERAMELCOR SLApartado Correos 6 52006 Melilla800 007 943951 481 180bonosocial@teramelcor.eshttp://teramelcor.es/bonosocial.html
COMERCIALIZADOR DE REFERENCIA ENERGÉTICO, S.L.U.Apartado de Correos: F. D. Nº 90 // 3300010 - 33080 Oviedo900 814 023984 115 538bonosocial@corenergetico.eshttps://www.corenergetico.es/es/modelos-de-contratacion/bono-social/
RÉGSITI COMERCIALIZADORA REGULADA, S.L.UCalle Isabel Torres nº 19 -39011 Santander900 101 005910 911 464Solicitud del bono social: bono-social@regsiti.com. Atención al cliente: gestion.clientes@regsiti.comhttps://www.regsiti.com/bono-social/
COMERCIALIZADORA REGULADA, GAS & POWER, S.A.Aptdo. Correos 61.084 28080 Madrid900 100 502932 711 990bonosocial@comercializadoraregulada.eshttps://www.comercializadoraregulada.es/regulada/luz/bono_social_luz
CURENERGÍA COMERCIALIZADOR DE ÚLTIMO RECURSO S.A.U.Aptdo. Correos 61.017, 28080 Madrid900 200 708No disponiblebonosocial@curenergia.es; clientes@curenergia.eshttps://www.curenergia.es/bono-social
ENERGÍA CEUTA XXI COMERCIALIZADORA DE REFERENCIA S.A.Apartado. Correos 13, 51080 Ceuta900 106 004956 519 534bonosocial@energiaceutaxxi.comwww.energiaceutaxxi.com

Algunas consideraciones importantes

Es necesario hacer hincapié en que la asignación del Bono Social de Electricidad se realizará únicamente en caso de cumplir las condiciones requeridas como consumidor vulnerable.

Dependiendo de cuál sea la situación en cada caso particular, el consumidor será encuadrado en la categoría que le corresponda, con los beneficios ya mencionados.

Período de aplicación Bono Social Electricidad

El período de aplicación del Bono Social de Electricidad será durante dos años, siempre y cuando no se produzca la pérdida de alguna de las condiciones que dan derecho a su percepción. Es posible obtener más información en el siguiente enlace: Tiempos de Aplicación.

Aquellos que sean beneficiarios de la ayuda social tienen un período de tiempo más prolongado para hacer frente a las facturas impagas que el resto de consumidores.

Tampoco se podrá interrumpir el suministro en caso de impago a los hogares acogidos al Bono Social de Electricidad en los que haya al menos un menor de 16 años en la unidad familiar, o exista alguna circunstancia especial dentro de la unidad familiar.

Ahora ya sabes

El Bono Social de Electricidad puede ser una gran ayuda para afrontar los costos de las facturas de luz y solventar mejor la economía familiar. Examina si cumples con los requisitos y solicita de inmediato el beneficio en la comercializadora oficial que te corresponda. 

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Maria Florencia G.

Maria Florencia G.

Periodista. Trabajé en diversos sitios informativos y me apasiona explorar mundos nuevos. Colaboro con Ayuda-Social.es en la búsqueda de respuestas a preguntas en el universo de las ayudas, derechos y convocatorias de interés.

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