El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación no contributiva que se otorga en toda España que tiene como objetivo que las personas que no cuentan con ingresos, o tienen ingresos insuficientes, accedan a una renta mínima para satisfacer las necesidades más básicas.
Pueden percibir el IMV todos los ciudadanos que enfrenten situaciones de vulnerabilidad económica y que cumplan con los requisitos que detallaremos en este artículo.
El IMV fue establecido en España el 29 de mayo de 2020 por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. La Ley 19/2021, que dio origen al Ingreso Mínimo Vital, fue aprobada a finales de 2021.
“La prestación no es por tanto un fin en sí misma, sino una herramienta para facilitar la transición de los individuos desde la exclusión social que les impone la ausencia de recursos hacia una situación en la que se puedan desarrollar con plenitud en la sociedad”, sostiene la mencionada ley que regula la ayuda social en España.
Compartiremos en Ayuda-Social.es cinco claves sobre la solicitud del Ingreso Mínimo Vital.
1. Quiénes pueden cobrar el Ingreso Mínimo Vital
El Ingreso MMV es considerado en España un derecho subjetivo de la ciudadanía. Esto quiere decir que se recibirá siempre que se cumplan los requisitos de acceso, como ocurre, por citar otros ejemplos, con el derecho a la pensión de jubilación o la prestación por desempleo.
No hay una partida presupuestaria máxima, ni un orden de prioridad. Por lo tanto, se garantiza que esta “red de seguridad” va a estar disponible para quien lo necesite siempre y cuando cumpla con los requisitos.
2. Requisitos del IMV
Para poder percibir el Ingreso Mínimo Vital se debe cumplir una serie de requisitos. Estos son:
- Cumplir un año de residencia legal y continuada e ininterrumpida en España.
- Estar en situación de vulnerabilidad económica.
- Tener al menos 23 años y no estar casado, ni unido a otra persona como pareja de hecho, o 18 años si hay menores a cargo y no ser beneficiario de pensión contributiva por jubilación o incapacidad permanente, ni de pensión no contributiva por invalidez o jubilación.
- Haber vivido independientemente al menos un año en el caso de familias y tres años en el caso de personas solas.
- Las unidades de convivencia tendrán que haberse formado al menos un año antes de la solicitud.
- Haber solicitado previamente las prestaciones a las que se pudiera tener derecho.
- Los solicitantes que sean menores de 30 años deberán acreditar haber vivido de forma independiente en España durante al menos los dos años anteriores a la fecha indicada.
- Cualquier persona con ingresos inferiores a la renta garantizada por el IMV y un patrimonio menor al máximo establecido podrá ser beneficiaria.
Sin embargo, se contemplarán circunstancias especiales para las personas víctimas de trata, explotación sexual o violencia de género.
Los requisitos de acceso se encuentran establecidos en el artículo 10 de la ley, que se puede consultar en el siguiente enlace o en el sitio del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
3. Qué documentos son necesarios
Para la solicitud del Ingreso Mínimo Vital será necesario presentar la siguiente documentación:
- DNI, libro de familia o certificado de nacimiento, para acreditar la identidad.
- Inscripción en el registro central de extranjeros, tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea o autorización de residencia, para acreditar la residencia legal en España.
- Certificado de empadronamiento, para acreditar el domicilio en España.
- Certificado de empadronamiento, libro de familia, certificado del registro civil o inscripción en el registro de parejas de hecho, para acreditar la existencia de la unidad de convivencia.
4. Durante cuánto tiempo se cobra el IMV
El monto a percibir cambiará de acuerdo a si el solicitante es una sola persona adulta, si el perceptor tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65% o en función de cómo se encuentre conformada la unidad de convivencia. En este otro artículo de Ayuda-Social.es podrás conocer las cuantías, que van desde los 604 euros mensuales en adelante.
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación indefinida. Esto quiere decir que se seguirá cobrando mientras dure la situación de falta de ingresos, aunque su cuantía se adaptará en el caso de aumento o pérdida de ingresos laborales o de otro tipo con los que el IMV es compatible.
El único requisito para continuar percibiendo el IMV es que persistan las dificultades económicas. La Seguridad Social comprobará de manera regular que efectivamente esa persona o unidad familiar sigue necesitando esta prestación y, salvo resolución negativa, se recibirá por tiempo indefinido.
Leer también: Pensiones, SMI, Ingreso Mínimo Vital (IMV): novedades y cambios en 2024
5. Cómo saber si me lo han aprobado
La Seguridad Social tiene un plazo máximo de seis meses desde la presentación de la solicitud para resolver el otorgamiento, o no, del IMV. Transcurrido dicho plazo sin una resolución expresa, se entenderá como denegada la petición por silencio administrativo.
La evaluación de la solicitud puede pasar por ocho estados, pudiendo ser “en estudio”, “aprobada”, “denegada” o también puede ocurrir que sea requerida más documentación desde la Seguridad Social.
Simulador del Ingreso Mínimo Vital
Existe un simulador del Ingreso Mínimo Vital que permite, a través de algunas preguntas, comprobar si la persona interesada cumple los requisitos necesarios para acceder a la prestación. Además, informará cuál es la cuantía que le correspondería. Es necesario aclarar que el simulador no es un mecanismo para solicitar el IMV, sino simplemente una guía que permite saber si el interesado tiene derecho, o no, a acceder al Ingreso Mínimo Vital.
Se accede al simulador a través de este enlace.
Ahora ya sabes
Si vives en España, atraviesas dificultades económicas y cumples con los requisitos mencionados en este artículo tienes derecho a cobrar el Ingreso Mínimo Vital, que te permitirá satisfacer las necesidades más básicas.