Continúa la publicación de ayudas a víctimas de la DANA, el fenómeno meteorológico que arrasó varias zonas de España el pasado mes de octubre. Ahora, el Gobierno central ha decidido crear una figura específica de protección para las personas afectadas: la Incapacidad Temporal Extraordinaria.
Esta nueva modalidad de baja está diseñada para atender a los trabajadores, tanto autónomos como por cuenta ajena, que han sufrido daños físicos y psicológicos graves debido a esta situación de emergencia. Para conocer a fondo de qué se trata esta medida, desde Ayuda-Social.es hemos hablamos con el abogado experto en derecho laboral, Alfonso Torres Vicente.
Durante la entrevista, el letrado nos explica en qué consiste esta figura, por qué es poco conocida y cuáles son las garantías y beneficios que ofrece a los afectados por la DANA. Además, nos orienta sobre cómo tramitar la solicitud de esta prestación y la importancia de contar con el apoyo de un especialista en el proceso.
Si quieres saber más acerca de la Incapacidad Temporal Extraordinaria no te pierdas esta publicación de Ayuda-Social.es. Aquí encontrarás las claves principales explicadas por un experto en la materia.
ENTREVISTA A ALFONSO TORRES DE ITORRESAL ABOGADOS
AySoEs-. ¿Qué es la Incapacidad Temporal Extraordinaria?, ¿Por qué no solemos ver esta figura normalmente?
La Incapacidad Temporal Extraordinaria es una modalidad de incapacidad temporal creada específicamente para atender situaciones de colectivos afectados por una situación extraordinaria de gravedad. Esta se caracteriza por su urgencia y necesaria agilidad en la tramitación. Como su propio nombre indica, es extraordinaria para atender una casuísticas de extrema gravedad para cubrir daños físicos y psicológicos causados como consecuencia de esta situación sobrevenida. Todos estos rasgos la diferencian de las condiciones de incapacidad temporal a las que estamos acostumbrados, que son las derivadas de enfermedad común o de accidente de trabajo.
Un ejemplo claro es el paquete de medidas extraordinarias de protección y apoyo para paliar los efectos de la DANA aprobado por el Consejo de Ministros recientemente. Este tiene por objetivo proteger a los trabajadores y reforzar el tejido productivo en zonas gravemente afectadas, con especial atención de las personas más vulnerables.
AySoEs-. ¿Qué garantías otorga esta Incapacidad Temporal a las personas solicitantes?
La nueva Incapacidad Temporal Extraordinaria se enfoca en trabajadores por cuenta ajena o autónomos con daños físicos y psicológicos provocados por la DANA para que se asimilen a las derivadas de Accidente de Trabajo. En concreto, las prestaciones por incapacidad temporal y permanente garantizarán desde el primer día el 75% del salario.
Por otro lado, las pensiones de viudedad y orfandad también se asimilarán a accidentes laborales. Esto supone un aumento de la cuantía y una mejora del cálculo, que se hará en base a los ingresos totales del último año.
Además, se abonará un complemento especial del 15% durante al menos tres meses, adicional a la prestación o pensión que ya reciben las personas que perciben el Ingreso Mínimo Vital o una Pensión No Contributiva y que han sido afectadas por la DANA.
En cuanto a los trabajadores autónomos afectados, podrán acceder a esta prestación incluso si no cumplen con el periodo mínimo de cotización (habitualmente 12 meses), y sin que este tiempo les compute de cara a futuras prestaciones (lo que se conoce como “contador a cero”).
AySoEs-. ¿Cómo se realiza esta solicitud?, ¿Qué requisitos son necesarios y qué documentación?
Dada la reciente creación de este tipo de incapacidad temporal extraordinaria, la información todavía aparece difusa incluso en las páginas oficiales de la Seguridad Social. Es probable que se exijan los documentos comunes a las solicitudes de incapacidad temporal unidas a un certificado de empadronamiento de residencia en los municipios afectados. Sin embargo, es recomendable seguir las actualizaciones fijadas por el Ministerio de inclusión Seguridad Social y Migraciones, que admite también la formulación de consultas en relación a todos los trámites de ayudas de reciente creación.
AySoEs-. ¿Diría que es recomendable contar con la ayuda de un experto para realizar este tipo de trámites?
Las solicitudes se pueden tramitar desde las páginas oficiales en las correspondientes sedes electrónicas, pero dado que se trata de una prestación de reciente creación, es recomendable contar con asesoramiento especializado para saber específicamente los documentos requeridos y las formas más eficaces para conseguir la prestación.
SOBRE EL EXPERTO ENTREVISTADO
Alfonso Torres ejerce como letrado y su vez dirige el despacho Itorresal Abogados, con sede en Valencia. Esta firma, dedicada tanto a personas como a empresas, se especializa en las ramas penal, civil, fiscal y laboral del Derecho. Torres, por su parte, cuenta con varios títulos de especialización en Derecho Internacional de los negocios, Derecho de Familia, Extranjería e Inmigración.