La Renta Social Garantizada de las Islas Baleares es la versión local de la Renta Mínima de Inserción, que se brinda en toda España pero con variaciones respecto a cada comunidad autónoma. Su objetivo es ayudar a las personas o familias más vulnerables a alcanzar unos ingresos mínimos que permitan subsistir y satisfacer las necesidades más básicas.
Para solicitar la Renta Social Garantizada antes se tiene que haber pedido el Ingreso Mínimo Vital (IMV) que ofrece el Gobierno de España a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social, salvo los casos que no existe posibilidad de solicitar el IMV.
Para conocer cómo pedirlo puedes consultar este otro artículo de Ayuda-Social.es.
- De qué trata la Renta Social Garantizada
- Cuantía de la Renta Social Garantizada
- Quiénes pueden acceder a la Renta Social Garantizada
- Otros requisitos para acceder a la Renta Social Garantizada
- Unidad de convivencia
- Solicitud de la Renta Social Garantizada
- Documentación a presentar
- Preguntas frecuentes
- Ahora ya sabes
De qué trata la Renta Social Garantizada
La Renta Social Garantizada de las Islas Baleares es una prestación periódica dirigida a cubrir las situaciones de vulnerabilidad social derivada de la carencia de recursos económicos de las personas y las familias.
Se entiende por situación de vulnerabilidad económica aquella en cual la capacidad económica de la persona solicitante y su unidad de convivencia está por debajo de la cuantía correspondiente de la Renta Social Garantizada, de acuerdo a los valores actuales se detallan a continuación.
Cuantía de la Renta Social Garantizada
La cuantía de la Renta Social Garantizada será la necesaria para que cada familia llegue a los valores mínimos estipulados, que van desde los 604,22 euros para una persona sola hasta los 1.329,27 euros para una familia numerosa.
Los ingresos a alcanzar, con la Renta Social Garantizada en 2024 son los siguientes:
- 604,22 euros para un adulto.
- 785,48 euros para dos adultos.
- 918,42 euros para un adulto y un menor.
- 966,75 euros para tres adultos o para dos adultos y un menor.
- 1.099,67 euros para un adulto y dos menores.
- 1.148,61 euros para dos adultos y dos menores, para tres adultos y un menor o para tres adultos y tres menores.
- 1.329,27 euros para dos adultos y tres menores, para tres adultos y dos menores o para cuatro adultos o para cuatro adultos y un menor.
Quiénes pueden acceder a la Renta Social Garantizada
Podrán acceder a la Renta Social Garantizada quienes cumplan alguno de los siguientes requisitos etarios:
- Personas de al menos 23 años y menores de 65, solas o integrantes de una unidad de convivencia.
- Mayores de 65 años que no cumplan los requisitos para ser beneficiarias de ninguna pensión contributiva o no contributiva, solas o como miembros de una unidad de convivencia.
- Personas de entre 18 y 22 años que tengan menores o personas con discapacidad a su cargo.
- Personas de entre 18 y 22 años que han sido sometidas a medidas administrativas de tutela o guarda del sistema de protección de menores de administraciones públicas de las Illes Balears y que sean perceptoras del ingreso mínimo vital.
Se entiende por unidad de convivencia a todas las personas que residen en una misma vivienda unidas por vínculo matrimonial o de pareja de hecho y los familiares de éstas hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, adopción o guarda con finalidad de adopción o acogimiento.
Se pueden consultar el resto de los requisitos en este enlace.
Otros requisitos para acceder a la Renta Social Garantizada
También pueden acceder a esta ayuda las personas que:
- Se encuentren en situación de vulnerabilidad económica.
- Tengan una resolución denegatoria, expresa o presunta, del ingreso mínimo vital, o bien que no lo puedan solicitar para no cumplir los requisitos de acceso exigibles.
- Se encuentren empadronadas en cualquiera de los municipios de las Islas Baleares en la fecha de la solicitud.
- Acrediten una residencia en las Islas Baleares con un mínimo de doce meses de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.
- Que la persona solicitante, o cualquiera de las personas integrantes de la unidad de convivencia, no haya renunciado a una oferta de trabajo adecuada, según normativa laboral vigente, o haya causado baja voluntaria en su trabajo, ya sea por cuenta propia o ajena, en los tres meses anteriores a la presentación de la solicitud de la renta social garantizada.
- Que la persona solicitante o ningún miembro adulto de la unidad de convivencia tenga deudas con la administración autonómica.
- No sea beneficiaria de la renta social garantizada o del ingreso mínimo vital como miembro de otra unidad de convivencia.
Unidad de convivencia
La unidad de convivencia deberá estar constituida de forma continuada durante, al menos, los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud. Esta previsión no se aplica al supuesto de unidades unipersonales. No es necesario cumplir con los doce meses de residencia en los siguientes casos:
- Menores de edad incorporados a una unidad de convivencia por motivos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogida familiar permanente.
- Víctimas de trata de seres humanos o explotación sexual. Esta condición se acreditará mediante resolución judicial o informe de los servicios sociales.
- Víctimas de violencia machista acreditada.
- Cuando la ausencia del territorio de las Islas Baleares esté motivada por causas laborales o profesionales y sea inferior a cuatro meses. Esta circunstancia se tiene que acreditar en el momento de solicitar la prestación con la documentación que se indique en el formulario de solicitud.
Solicitud de la Renta Social Garantizada
La Renta Social Garantizada de las Islas Baleares se puede solicitar de forma virtual o presencial. Quienes opten por hacerlo por Internet, deberán acceder a este enlace, previa registración en el sistema.
En cambio, si se hace de manera presencial se debe acudir a cualquiera de las oficinas de registro de la Administración Autonómica. Se puede consultar las direcciones de todas las oficinas de la administración autonómica en este enlace. Antes es necesario solicitar una cita de esta manera.
Por dudas, se puede llamar al 971177200, enviar un fax al 971784159 o escribir un correo a informacioresoga@caib.es, las vías de contacto del Servicio de Reconocimiento de Prestaciones Sociales de Carácter económico.
Documentación a presentar
Junto a la solicitud, se deben presentar los siguientes documentos:
- Declaración responsable y autorización de consulta de datos completada y firmada. La autorización de acceso a la información necesaria para realizar las comprobaciones de los requisitos debe estar firmada por todos los miembros mayores de 18 años que forman parte de la unidad de convivencia
- Solicitud del Ingreso Mínimo Vital, quedan exentas de presentar la Resolución del IMV las personas que no pueden solicitar el IMV.
- En el caso de personas solicitantes que no dispongan de DNI o NIE, se deberá aportar copia del pasaporte, en vigor, además si en algún momento ha tenido NIE pero no lo ha podido renovar, fotocopia del NIE y resolución desfavorable de la renovación.
- Declaración de veracidad de datos bancarios.
Preguntas frecuentes
¿Qué cuantía recibiré con la Renta Social Garantizada en las Islas Baleares?
Dependerá del número de integrantes de la unidad familiar. Leer más aquí
Si tengo 18 años, ¿puedo acceder a la Renta Social Garantizada?
Sí, siempre y cuando tenga menores o personas con discapacidad a su cargo, o bien si ha sido sometido a medidas administrativas de tutela o guarda del sistema de protección de menores de administraciones públicas de las Islas Baleares. Leer más aquí
Ahora ya sabes
Si vives solo o con tu familia en las Islas Baleares, presentas dificultades económicas y cumples los requisitos estipulados en este artículo tienes derecho a recibir la ayuda económica de la Renta Social Garantizada para poder satisfacer las necesidades básicas.