Bono Social Eléctrico: cómo pedir la ayuda para ahorrar en la factura de la luz

Por Maria Florencia G.
Actualizado el 20 de diciembre, 2024
Tiempo estimado de lectura: 10 minutos

El coste de la luz se ha convertido en un dolor de cabeza para muchos españoles ante un panorama incierto de aumento de tarifas debido a la crisis energética. Ante esta situación, hogares vulnerables pueden solicitar el Bono Social Eléctrico para recibir una ayuda por medio de un descuento en la factura de la luz.

El Bono Social de Electricidad está regulado por medio del Real Decreto 897/2017, que establece las condiciones necesarias y los requisitos para acceder a la ayuda: entre ellas estipula la figura del consumidor vulnerable, el bono social de electricidad y otras medidas de protección para los consumidores domésticos.

El bono social eléctrico está dirigido a los consumidores vulnerables, severos o en riesgo de exclusión social.
El bono social eléctrico está dirigido a los consumidores vulnerables, severos o en riesgo de exclusión social.

¿Qué es el Bono Social de Electricidad?

El Bono Social de Luz es un descuento aplicado a las facturas de electricidad calculadas sobre el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC).

Está dirigido a consumidores considerados vulnerables, severamente vulnerables o en riesgo de exclusión social. Su principal objetivo es reducir el impacto económico del suministro eléctrico en los hogares que enfrentan mayores dificultades, garantizando así el acceso a un servicio esencial.

¿Qué descuentos ofrece el Bono Eléctrico?

El Gobierno establece tres tipos de consumidores que pueden requerir la ayuda social:

1. Consumidores vulnerables: 25% de descuento sobre el PVPC  – excepcionalmente y hasta el 31 de diciembre de 2024 el descuento es del 57,5 %.

2. Consumidores vulnerables severos: el descuento será del 40% sobre el PVPC – excepcionalmente y hasta el 31 de diciembre de 2024 el descuento es del 72,5 %.

3. Consumidor vulnerable en riesgo de exclusión social: no abonará en ningún caso el importe de la factura y se le mantendrá el suministro eléctrico.

Este beneficio se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre, y a partir del 1 de enero hasta el 30 de marzo de 2025, los descuentos se ajustarán al 50% y 65%, respectivamente, conforme a la legislación vigente, que se puede consultar en el siguiente enlace.

Descuentos del Bono Social Eléctrico para 2025

  • Desde el 1 de enero de 2025 y hasta el 31 de marzo de 2025: el descuento correspondiente al consumidor vulnerable será del 50 por ciento. En el caso del consumidor vulnerable severo, el descuento será del 65 por ciento.
  • Desde el 1 de abril de 2025 y hasta el 30 de junio de 2025: el descuento correspondiente al consumidor vulnerable será del 42,5 por ciento. En el caso del consumidor vulnerable severo, el descuento será del 57,5 por ciento.

 ¿Quiénes son considerados consumidores vulnerables?

Aquellas personas que se encuentren en:

Requisitos para acceder al Bono Social Eléctrico

Para poder solicitar el Bono Social de Electricidad es necesario que:

  • El titular sea una persona física, considerada consumidor vulnerable.
  • Tener contratado el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC) en la vivienda habitual o, que acepte la formalización de un contrato con la comercializadora de referencia acogido a PVPC.
  • Que la potencia contratada de tarifa eléctrica PVPC sea igual o inferior a 10 KW.
  • El bono social de electricidad se puede solicitar únicamente para la vivienda habitual de la familia, no para segundas residencias.

Vamos a establecer los requisitos, caso por caso, según la información oficial.

1. Consumidor vulnerable

Se deberán cumplir los siguientes requisitos que enumeramos a continuación:

  • Ingresos generales. Para acceder al Bono Social de Luz como consumidor vulnerable, uno de los criterios clave es que la renta anual individual o conjunta de la unidad de convivencia sea inferior a los siguientes umbrales establecidos, tomando como referencia el índice IPREM de 14 pagas:
    • 1,5 veces el IPREM: si el solicitante no forma parte de una unidad familiar o en el caso de que no haya menores en la unidad familiar.
    • Cuando la unidad de convivencia esté formada por más de una persona, el multiplicador de renta respecto al índice IPREM de 14 pagas se incrementará en 0,3 por cada miembro adicional mayor de edad que conforme la unidad de convivencia y 0,5 por cada menor de edad de la unidad de convivencia.
  • Familias numerosas / Pensionistas. El beneficiario deberá contar con el título de familia numerosa, o que el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad de convivencia sean pensionistas de la Seguridad Social (jubilación o incapacidad permanente), percibiendo por ello la cuantía mínima vigente en cada momento, para dichas clases de pensión, y no percibir otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.
  • Ingreso Mínimo Vital. Otro requisito puede ser que el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia sea beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.

Si se reúnen circunstancias especiales, en enumeradas debajo, los límites establecidos se incrementan en 1 punto IPREM (8.400€ más).

2. Consumidor Vulnerable Severo

Para determinar la elegibilidad como consumidor severamente vulnerable o bajo circunstancias especiales, se aplican los siguientes criterios de renta:

  • Ingresos generales. La renta anual debe ser igual o inferior al 50% de los umbrales establecidos para consumidores vulnerables, incluyendo el incremento por «circunstancias especiales».
  • Familias numerosas. La unidad de convivencia debe tener una renta anual inferior a 2 veces el IPREM de 14 pagas (16.800 euros).
  • Pensión mínima. Si todos los miembros con ingresos en la unidad de convivencia reciben una pensión mínima y no tienen otros ingresos que superen 500 euros al año, la renta anual debe ser inferior a 1 x IPREM de 14 pagas (8.400 euros).
  • Ingreso Mínimo Vital. Si algún miembro de la unidad de convivencia es beneficiario del Ingreso Mínimo Vital, se aplican los criterios de renta del primer punto.

3. Consumidor en Riesgo de Exclusión Social

Para ser considerado consumidor en riesgo de exclusión social se deben cumplir las siguientes condiciones:

  • Cumplir con los requisitos de consumidor severamente vulnerable:
    • Esto incluye los umbrales de renta reducida y demás condiciones específicas para esta categoría.
  • Asistencia de los servicios sociales:
    • Estar bajo el cuidado de los servicios sociales de una Administración Pública, ya sea autonómica o local.
    • Estos servicios deben financiar al menos el 50% del importe de la factura eléctrica calculada según el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC).
  • Garantía de suministro:
    • En caso de imposibilidad temporal para abonar el pago, no podrá interrumpirse el suministro eléctrico al consumidor en riesgo de exclusión social, garantizando el acceso continuo a este servicio esencial.

Esta categoría está diseñada para proteger a las personas y familias en situación de máxima vulnerabilidad económica, asegurando que no se queden sin acceso a electricidad en momentos críticos.

Circunstancias especiales

  1. Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad de convivencia tenga discapacidad reconocida igual o superior al 33%.
  2. Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad de convivencia acredite la situación de violencia de género.
  3. También se podrá solicitar si el consumidor o alguno de los miembros de la unidad de convivencia acredite ser víctima de terrorismo o se encuentre en situación de dependencia reconocida de grado II o III.
  4. Si la unidad de convivencia está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor (familias monoparentales), también será considerada como una circunstancia especial.

Cómo solicitar el Bono Social de Electricidad

El Bono Social de Electricidad se puede solicitar:

  • Teléfono, a través del número disponible en la página web del comercializador de referencia. Este número se encuentra también publicado en la página web de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
  • En las oficinas del comercializador de referencia, cuando existan.
  • Por fax o a través de la dirección de correo electrónico que comunique el comercializador de referencia en su página web y en su factura.
  • Correo postal en la dirección que comunique el comercializador en su página web y en su factura.
  • Mediante el sitio web del comercializador de referencia.

Debajo puedes encontrar los datos de las comercializadoras de referencia en España

Para solicitar el bono social hay que tener contratado el PVPC.
Para solicitar el bono social hay que tener contratado el PVPC.

Documentos para pedir el Bono Social de Electricidad

Para acreditar su condición de consumidor vulnerable y acceder al Bono Social de Luz, el solicitante debe presentar la siguiente documentación ante un comercializador de referencia:

  • Modelo de solicitud del bono social.
  • Fotocopia del NIF o NIE del titular y de todos los miembros de la unidad de convivencia.
  • Empadronamiento del titular y de todos los miembros de la unidad de convivencia.
  • Libro de familia.
  • En el caso de las familias numerosas, copia del título de familia numerosa en vigor.
  • Certificado de la Seguridad Social en caso de percibir una pensión mínima o documentación que acredite que son beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
  • Cuando se apliquen situaciones especiales, certificado de los Servicios Sociales.

Una vez que la solicitud sea presentada en los organismos oficiales, con toda la documentación que acredite la condición de consumidor vulnerable, será cuestión de esperar la resolución de la comercializadora, de un máximo de 10 días hábiles desde la solicitud.

Listado de las comercializadoras con información relativa al Bono Social

Nombre empresaDirección postalTeléfonoCorreo ElectrónicoDirección web
BASER COMERCIALIZADORA DE REFERENCIA, S.A.Apartado Correos 191, 33080 Oviedo900 902 947bonosocial@basercor.eswww.basercor.es/
ENERGIA XXI COMERCIALIZADORA DE REFERENCIA S.L.U.Aptdo. Correos 1.167, 41080 Sevilla800 760 333bonosocial@energiaxxi.comwww.energiaxxi.com/
TERAMELCOR SLApartado Correos 6, 52006 Melilla800 007 943bonosocial@teramelcor.eswww.teramelcor.es/
COMERCIALIZADOR DE REFERENCIA ENERGÉTICO, S.L.U.Apartado de Correos: F. D. Nº 90, 3300010, 33080 Oviedo900 814 023bonosocial@corenergetico.eswww.corenergetico.es/
RÉGSITI COMERCIALIZADORA REGULADA, S.L.UCalle Isabel Torres nº 19, 39011 Santander900 101 005bono-social@regsiti.com, gestion.clientes@regsiti.comwww.regsiti.com/
COMERCIALIZADORA REGULADA, GAS & POWER, S.A.Aptdo. Correos 61.084, 28080 Madrid900 100 502bonosocial@comercializadoraregulada.eswww.comercializadoraregulada.es/
CURENERGÍA COMERCIALIZADOR DE ÚLTIMO RECURSO S.A.U.Aptdo. Correos 61.017, 28080 Madrid900 200 708bonosocial@curenergia.es; clientes@curenergia.eswww.curenergia.es/
ENERGÍA CEUTA XXI COMERCIALIZADORA DE REFERENCIA S.A.Apartado Correos 13, 51080 Ceuta900 106 004bonosocial@energiaceutaxxi.comwww.energiaceutaxxi.com

Cabe destacar que, quienes acceden al Bono Social Eléctrico, también tienen derecho al Bono Social Térmico, que se otorga automáticamente.

¿Cuánto dura el Bono Eléctrico?

El período de aplicación del Bono Social de Electricidad será durante dos años, siempre que no se pierdan las condiciones que dan derecho a su percepción.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el PVPC?

El PVPC es el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor, que solo se puede contratar con un comercializador de referencia. Leer más aquí.

¿De cuánto es el descuento en 2025 por el Bono Eléctrico?

A partir del 1 de enero hasta el 30 de marzo de 2025, los descuentos se ajustarán al 50%, para consumidores vulnerables y al 65% para consumidores vulnerables severos. Leer más aquí.

Ahora ya sabes

El Bono Social de Electricidad puede ser de ayuda al momento de afrontar los costos de las facturas de luz y solventar mejor la economía familiar. Examina si cumples con los requisitos y solicita de inmediato el beneficio en la comercializadora oficial que te corresponda. 

Ayuda-Social.es es una empresa independiente que ofrece información sobre diversas ayudas. No tenemos afiliación ni patrocinio de ninguna entidad gubernamental de España. Para solicitar más información o acceder a las ayudas, te recomendamos dirigirte al organismo oficial correspondiente.

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Maria Florencia G.

Periodista. Trabajé en diversos sitios informativos y me apasiona explorar mundos nuevos. Colaboro con Ayuda-Social.es en la búsqueda de respuestas a preguntas en el universo de las ayudas, derechos y convocatorias de interés.

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