Miles de amas de casa en España han dedicado su vida a cuidar el hogar y la familia sin recibir un salario ni cotizar en la Seguridad Social. Aunque su trabajo es fundamental, al no estar reconocido económicamente, muchas de ellas llegan a la jubilación sin derecho a una pensión contributiva y ello genera dificultades económicas.
Según la Encuesta de Población Activa (EPA), en 2023 había 2,8 millones de mujeres en esta situación, una cifra que, aunque ha disminuido con los años, sigue siendo preocupante. Muchas de ellas superan los 70 años y han pasado toda su vida cuidando de su hogar sin protección social.
En este sentido, existen ayudas para quienes no han cotizado lo suficiente, como las pensiones no contributivas o el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Sin embargo, aún queda mucho por hacer para reconocer y proteger el trabajo de las amas de casa.

En Ayuda-Social.es te informamos sobre todas las ayudas por desempleo que existen en España. Esta vez te explicamos cuáles son las opciones de ayudas para personas empleadas del hogar que no reciben ingresos y que no pueden cotizar en el país.
- El trabajo doméstico en España
- 1. Ingreso Mínimo Vital (IMV)
- 2. Pensión no contributiva por jubilación o invalidez
- 3. Subsidio por insuficiencia de cotización
- 4. Subsidio para mayores de 45 años
- 5. Subsidio para mayores de 52 años
- 6. Subsidio por agotamiento de prestación contributiva
- Preguntas frecuentes
- Ahora ya sabes
El trabajo doméstico en España
El trabajo doméstico no remunerado, aunque es imprescindible en la familia, no cotiza a la Seguridad Social y que deja a quienes lo realizan (mayoritariamente mujeres) sin derechos fundamentales como la jubilación o el acceso a ayudas contributivas (en función de sus cotizaciones). A pesar de dedicar años de su vida al cuidado del hogar y la familia, al no generar cotización, no hay protección económica cuando llegan a la vejez o enfrentan dificultades.
Esta falta de reconocimiento supone un problema, porque sin cotización no hay pensión, y sin pensión, la independencia financiera se ve comprometida. Además, limita el acceso a subsidios y prestaciones que dependen de haber contribuido al sistema. Por esta razón, mostramos las ayudas a las que sí pueden acceder si cumplen con los requisitos:
1. Ingreso Mínimo Vital (IMV)
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación no contributiva de la Seguridad Social que se creó para garantizar una renta mínima a quienes carecen de ingresos suficientes. Para muchas amas de casa que no han cotizado debido a su dedicación al hogar, esta ayuda puede ser una vía fundamental para evitar la desprotección económica, especialmente en situaciones de vulnerabilidad.
Requisitos para la solicitud del IMV
Para acceder al IMV, es necesario cumplir requisitos, como residir legalmente en España durante al menos un año, encontrarse en una situación de vulnerabilidad económica y no percibir ingresos superiores a la renta garantizada, entre otros.
Además, dependiendo de la composición del hogar y la situación del solicitante, el monto a percibir varía. En 2025, la cuantía mínima para una persona sola es de 658,81 euros mensuales, que puede subir si hay más miembros en la unidad familiar o en casos de discapacidad.
Puedes conocer todas las claves para la solicitud del Ingreso Mínimo Vital en este enlace , así como las cuantías a percibir este año y toda la información que hay que tener en cuenta para pedir la ayuda.
2. Pensión no contributiva por jubilación o invalidez
Las amas de casa que no han cotizado o no han alcanzado el mínimo requerido pueden acceder a dos tipos de pensión no contributiva: jubilación e invalidez. Ambas están destinadas a garantizar unos ingresos mínimos a quienes no tienen derecho a una pensión contributiva.
Para una ama de casa sin cotización, la opción es la pensión no contributiva de jubilación si tiene 65 años o más, o la pensión no contributiva de invalidez si tiene entre 18 y 65 años y una discapacidad del 65 % o más.
Pensión no contributiva de jubilación
Es una ayuda para personas de 65 años o más que no han cotizado lo suficiente para acceder a la jubilación normal contributiva. Los requisitos para acceder, tal como informa el IMSERSO, son:
- Tener 65 años o más.
- Haber residido en España durante al menos 10 años, de los cuales 2 consecutivos antes de solicitarla.
- No superar el límite de ingresos establecidos.
Tal y como se estableció recientemente en el Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, el importe anual de este 2025 se establece de forma íntegra en 7.905,80€ anuales (1.976,45€ si fuese la mínima) que se define en 564,70€ al mes.
Pensión no contributiva de invalidez
Esta ayuda es para personas con una discapacidad reconocida del 65 % o más, que no han cotizado lo necesario para acceder a una pensión contributiva. En este caso serviría para los empleados del hogar que además cuenten con la invalidez. Para acceder se debe cumplir:
- Tener entre 18 y 65 años.
- Haber residido en España al menos 5 años, con 2 consecutivos antes de la solicitud.
- Tener un grado de discapacidad del 65 % o más.
- No superar el límite de ingresos establecidos.
La cuantía a percibir coincide con la anteriormente mencionada para la pensión no contributiva de jubilación.
La solicitud de ambas pensiones no contributivas se deberán solicitar en las oficinas de servicios sociales de la Comunidad Autónoma donde usted resida. Asimismo, puedes consultar toda la información necesaria para ello en el siguiente enlace.
Hasta ahora hemos mencionado las ayudas que pueden solicitar las amas de casa que no necesitan como requisito haber cotizado. Sin embargo, si eres una empleada del hogar y has tenido cotizaciones previas antes de encontrarte en esta situación, tienes más opciones de ayudas por desempleo a solicitar.
3. Subsidio por insuficiencia de cotización
El subsidio por insuficiencia de cotización es para aquellas personas que han trabajado pero que no alcanzan el mínimo requerido para acceder al paro. En el caso de las amas de casa, si han tenido un periodo de cotización y se encuentran en esta situación, pueden solicitarlo si cumplen con los requisitos:
- Haber trabajado mínimo 90 días y que el despido haya sido involuntario.
- Estar en situación de desempleo.
- Carecer de rentas propias o demostrar responsabilidad familiar.
- No tener derecho al paro.
- Presentar la solicitud dentro de los seis meses posteriores a la situación legal de desempleo
Si quieres conocer cómo solicitar esta prestación así como la documentación a presentar y los requerimientos al completo, consulta este enlace.
4. Subsidio para mayores de 45 años
El subsidio para mayores de 45 años también está destinado a personas desempleadas que agotaron su paro, lo que podría ser la situación de muchas empleadas del hogar. Este caso es para personas que no tengan cargas familiares. Entre los requisitos se encuentra:
- Encontrarse en situación de desempleo e inscrito como demandante de este mismo.
- Tener al menos 45 años.
- Haber agotado al menos 120 días de paro.
Este subsidio tiene mínimo una duración de 6 meses y las cuantías van cambiando a medida que suceden los meses, comenzando con un importe equivalente al 95% del IPREM. Para conocer todos los requisitos, proceso de solicitud e información al completo consulta este enlace.
5. Subsidio para mayores de 52 años
En condiciones similares a la anteriormente mencionada, también es un apoyo para las personas que agotaron su paro o no tienen derecho a él pero tampoco han llegado a poder solicitar la jubilación por edad. Para poder aplicar es necesario cumplir requisitos más estrictos como:
- Haber cotizado al menos 35 años.
- Carecer de rentas propias.
- Otras relacionadas con el despido anterior y periodo de solicitud.
La cuantía a percibir «será igual al 80 % del IPREM mensual vigente en cada momento» y no se tienen en cuenta las rentas familiares sino las de la persona solicitante. Para conocer la solicitud, los requisitos al completo y toda la información consulta este enlace.
6. Subsidio por agotamiento de prestación contributiva
Esta ayuda, difundida por los medios de comunicación como «la ayuda de más de 6.000 euros del SEPE para amas de casa», es otra de las prestaciones por desempleo destinada a las personas que terminaron su paro. En este caso las amas de casa pueden beneficiarse siempre que cumplan con los requisitos:
- Solicitarlo en 6 meses máximo tras agotar el paro.
- Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo.
- No tener derecho a una prestación contributiva.
- Demostrar que tienes responsabilidades familiares o carecer de renta propia.
La duración de este subsidio variará en función de las responsabilidades familiares, la edad o el paro agotado. Si deseas consultar toda la información como cuantías, documentación a presentar o cómo solicitar, haz clic en este enlace.
Preguntas frecuentes
Si soy ama de casa pero tengo cotizaciones previas, ¿qué ayudas podría solicitar?
Dependiendo de los requisitos que cumplas, puedes solicitar prestaciones por desempleo como por ejemplo por insuficiencia de cotizaciones, agotamiento de prestación contributiva, o el de mayores de 45 o 52 años. Leer más aquí.
¿Qué monto recibiré como ama de casa con el Ingreso Mínimo Vital?
Dependerá de la composición del hogar y la situación del solicitante, el monto puede variar. Leer más aquí.
Ahora ya sabes
Si eres una persona empleada del hogar, puedes optar a diferentes ayudas tanto si tienes cotizaciones previas como si no las tienes. El Gobierno proporciona apoyo para este colectivo vulnerable que enfrenta problemas económicos ya que su trabajo no cotiza por la Seguridad Social, y carece de derechos en prestaciones contributivas.