En España, y en la Comunidad Autónoma de Aragón en particular, existe una ayuda económica dirigida a las mujeres que han sufrido violencia de género. Este apoyo consiste en un pago único con el objetivo de ofrecer un respiro financiero a las víctimas.
Esta medida forma parte de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre). Esta ley establece un conjunto de acciones para proteger de manera integral a las víctimas de la violencia de género, contemplando desde ayudas económicas hasta medidas de protección social y jurídica, con el fin de asegurar la seguridad y el bienestar de las mujeres afectadas.
![Ayudas económicas complementarias para las víctimas de violencia de género en Aragón | Ayuda-social.es](https://ayuda-social.es/wp-content/uploads/sites/7/2023/10/ayuda-victima-aragon-jpg.webp)
Esta ayuda se brinda en todo el territorio español, pero los requisitos para acceder a ella, la documentación a presentar y la forma de hacerlo, varían levemente entre las distintas comunidades autónomas.
- Tres ayudas complementarias en Aragón
- Quiénes pueden acceder a las ayudas económicas complementarias
- Plazo máximo para responder a la solicitud
- Hijos menores de víctimas mortales
- Mujeres víctimas de otras formas de violencia: ayudas complementarias
- Requisitos para acceder a las ayudas
- Víctimas de violencia de género mayores de 65 años
- Cómo solicitar las ayudas
- Dónde comunicarse por dudas y consultas
- ¿Hay incompatibilidades con otras ayudas?
- Preguntas frecuentes
- Ahora ya sabes
Tres ayudas complementarias en Aragón
En Aragón, además, existen tres ayudas económicas «complementarias», que detallamos a continuación:
- Hijas e hijos menores de edad de las mujeres víctimas mortales por violencia de género.
- Víctimas de otras formas de violencia.
- Para mujeres víctimas de violencia de género mayores de 65 años.
Quiénes pueden acceder a las ayudas económicas complementarias
Estas ayudas están pensadas para:
- Mujeres empadronadas en un municipio aragonés o que sean víctimas de violencia por hechos acaecidos en la Comunidad Autónoma, y que cumplan con los requisitos establecidos para cada tipo de prestación.
- Hijas e hijos menores de edad de las mujeres víctimas mortales por violencia de género que estuviesen empadronados en Aragón, o cuando los hechos hayan acaecido en esta Comunidad Autónoma y cumplan los requisitos establecidos para cada tipo de prestación.
Plazo máximo para responder a la solicitud
El plazo máximo para resolver y notificar lo acordado por el Gobierno de Aragón será de tres meses desde la entrada en registro de la solicitud.
Hijos menores de víctimas mortales
Tienen derecho a una ayuda económica hasta que alcancen la mayoría de edad las hijas e hijos menores de edad de las mujeres víctimas mortales por violencia de género que estuviesen empadronadas en Aragón, o cuando los hechos hayan sucedido es esta Comunidad Autónoma. También tendrán derecho a la ayuda económica las personas menores de edad que hubieran estado bajo la tutela o guarda de una mujer víctima mortal por causa de violencia de género en el momento del fallecimiento de ésta.
No podrán ser personas beneficiarias de esta ayuda los menores de edad que estén sometidos a tutela de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón o de otra Administración Pública.
Mujeres víctimas de otras formas de violencia: ayudas complementarias
Si la mujer, además de sufrir violencia de género, sufre otros tipos de violencias infringidas por el simple hecho de ser mujer, como «la violencia doméstica, sexual o la trata», tiene derecho a recibir ayudas económicas complementarias a la recibida por ser víctima de violencia de género. Se trata de una prestación económica de carácter temporal que busca facilitar la superación de dichas situaciones.
Las ayudas complementarias son prestaciones de carácter temporal que buscan facilitar la superación de dichas situaciones específicas de violencia.
Requisitos para acceder a las ayudas
Para acceder, las víctimas deben carecer de rentas que en el cómputo mensual superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Además, deben estar empadronadas en Aragón o los actos de violencia deben haberse cometido en esta comunidad autónoma.
El importe de esta ayuda será, con carácter general, el equivalente al de seis meses de subsidio por desempleo.
La ayuda se percibirá en pagos mensuales, siendo posible excepcionalmente la renovación de la prestación por una sola vez si persisten las circunstancias que dieron lugar al reconocimiento de la misma o si se acredita una nueva situación de violencia
Responsabilidades familiares
Si la víctima de violencia de género tuviera responsabilidades familiares, el importe de la ayuda será el equivalente a:
- Nueve meses de subsidio por desempleo cuando la víctima tuviera a cargo un familiar o menor acogido.
- Doce meses de subsidio por desempleo cuando la víctima tuviera a su cargo dos o más familiares o menores acogidos, o un familiar y un menor acogido.
Víctimas de violencia de género mayores de 65 años
Podrán ser beneficiarias de esta prestación complementaria las mujeres mayores de 65 años víctimas de violencia de género acreditada que estén empadronadas en un municipio aragonés y carezcan de rentas que en cómputo mensual superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
La cuantía de la ayuda mensual será de, cómo máximo el 75% del SMI. El importe a recibir será el necesario para complementar los ingresos de la persona beneficiaria hasta alcanzar los 1.134 euros.
Cómo solicitar las ayudas
Las tres ayudas se pueden solicitar de manera virtual, a través de este enlace y también de forma presencial en estas oficinas, pero con una cita previa.
Dónde comunicarse por dudas y consultas
Quienes tengan dudas o consultas, pueden comunicarse por teléfono al 976 716 720 o por correo electrónico a iam@aragon.es. Por dudas o problemas administrativos, puedes contactar con el Servicio de Información de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 al 976 714 111 o por correo electrónico a infoyregistro@aragon.es.
¿Hay incompatibilidades con otras ayudas?
Las ayudas económicas mencionadas en este artículo de Ayuda-Social.es serán compatibles con las pensiones por invalidez, orfandad, y la jubilación de la Seguridad Social.
Las ayudas económicas complementarias a las hijas e hijos menores de edad de las mujeres víctimas mortales por violencia de género y las ayudas económicas complementarias a las mujeres víctimas de otras formas de violencia son incompatibles con otras ayudas de la misma naturaleza y finalidad que la persona beneficiaria reciba de cualquier otra Administración Pública por su condición de víctima de violencia de género.
Esta incompatibilidad no se aplicará a las prestaciones complementarias para las mujeres víctimas de violencia de género mayores de 65 años.
Preguntas frecuentes
Si soy mayor de 65 años, ¿qué ayuda económica recibiré?
La cuantía de la ayuda mensual será de, cómo máximo, el 75% del SMI. El importe a recibir será el necesario para complementar los ingresos de la persona beneficiaria hasta alcanzarlo Leer más aquí
Si tengo responsabilidades familiares, ¿qué ayuda puedo cobrar?
En su caso, dependerá del número de familiares bajo responsabilidad. Leer más aquí
Ahora ya sabes
En la Comunidad Autónoma de Aragón, las mujeres que son víctimas de violencia de género, así como sus hijos, pueden acceder a tres tipos de ayudas económicas complementarias diseñadas para apoyarlas en su proceso de recuperación y autonomía. Estas asistencias tienen como objetivo proporcionar los recursos necesarios para cubrir las necesidades básicas, facilitar la independencia económica y ayudar a superar la situación de vulnerabilidad generada por la violencia.
Denunciar la violencia de género es un paso fundamental para activar todos los mecanismos de protección disponibles. Las víctimas pueden recurrir a canales especializados como el teléfono 016, un servicio gratuito y confidencial que opera las 24 horas del día, ofreciendo orientación y apoyo. Además, es crucial que las mujeres que atraviesan estas situaciones soliciten las ayudas económicas disponibles, ya que están pensadas para ofrecer un respaldo vital en momentos críticos y permitirles avanzar hacia una vida libre de violencia.