El Ayuntamiento de Barcelona y la Generalitat de Catalunya tienen actualmente activas cinco ayudas para que los habitantes de estas zonas puedan hacer frente al pago del alquiler. Se trata de tres prestaciones y dos subvenciones.
En este artículo de Ayuda-Social.es detallaremos todo lo relacionado con las Prestaciones para el pago de deudas del alquiler, las Prestaciones permanentes para el pago del alquiler y las Prestaciones para el pago del alquiler.
Sigue leyendo para conocer los requisitos, las diferentes cuantías de cada prestación y dónde y cómo solicitarlas.
Prestaciones para el pago de deudas del alquiler
Destinatarios: Personas que residen en Cataluña con deudas de mensualidades del alquiler provocadas por circunstancias imprevistas.
Límite de renta familiar: Entre 2 y 3 veces el Indicador de Renta de Suficiencia (IRSC) en función de los miembros de la unidad de convivencia. El IRSC actual son 755,82 euros mensuales y 9.069,83 euros anuales.
Alquiler mensual máximo: 900 euros.
Administración que otorga la ayuda: Agencia de la Vivienda de Cataluña.
La Prestación para el pago de deudas del alquiler ayuda a las personas con dificultades económicas a hacer frente al coste del alquiler. Las finalidades de esta prestación son: dejar sin efecto el embargo de la vivienda por impago de la deuda de alquiler, posibilitando la permanencia en la vivienda de la persona solicitante y de su unidad de convivencia, y prevenir la exclusión social como consecuencia de la pérdida de la vivienda.
Se considera que forman parte del importe del alquiler:
- La renta.
- Los atrasos de la renta.
- Los importes correspondientes a la repercusión de las obras de mejora.
- El impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).
- La tasa por el servicio de recogida de basuras.
- Gastos de garaje y trastero incluidos en el contrato y satisfechas por el arrendatario
Si durante la gestión de la prestación la persona solicitante deja o pierde por vía judicial la vivienda se denegará la prestación.
Toda la información sobre las Prestaciones para el pago de deudas del alquiler, incluyendo la documentación, los requisitos y cómo solicitarla, se encuentra disponible en este enlace.
Prestaciones permanentes para el pago del alquiler
Destinatarios: Personas que ya fueron beneficiarias al ejercicio 2023 y que el 31/12/2012 tenían 65 años o más, con resolución favorable otorgada en 2010.
Límite de renta familiar: 2,35 veces el IRSC. El IRSC actual son 755,82 euros mensuales y 9.069,83 euros anuales.
Administración que otorga la ayuda: Agencia de la Vivienda de Cataluña.
Se trata de una ayuda de entre 20 y 240 euros mensuales destinada a todas las personas que residan en la ciudad de Barcelona, esten en riesgo de exclusión social y sean titulares de un contrato de alquiler de la vivienda donde residan con carácter habitual y permanente. Para acceder, la unidad de convivencia no puede ganar más de 2,35 veces el IRSC.
Las Prestaciones para el pago del alquiler
Destinatarios: Personas físicas residentes en Barcelona que sean titulares de un contrato de alquiler de una vivienda situada en Barcelona que constituya su domicilio habitual y permanente siempre que tengan unos ingresos bajos o moderados.
Límite de renta familiar: 2 veces el IRSC en caso de personas que viven solas; 2,5 veces el IRSC en caso de unidades de convivencia y 3 veces el IRSC en caso de personas con discapacidades o con gran dependencia. El IRSC actual son 755,82 euros mensuales y 9.069,83 euros anuales.
Cuantía de la ayuda: 300 euros, con un mínimo de 20 euros.
Administración que otorga la ayuda: Consorcio de la Vivienda de Barcelona.
El Consorcio de la Vivienda de Barcelona otorga estas prestaciones para ayudar a aquellas personas que, siendo titulares de un contrato de alquiler de una vivienda situada en Barcelona y que constituya su domicilio habitual y permanente, tengan ingresos bajos o moderados que pongan en peligro su integración social.
La ayuda económica, de entre 20 y 300 euros mensuales, se percibe durante 12 meses. Se puede solicitar por medios electrónicos o presencialmente, con cita previa, a cualquier de las oficinas que integran la Red de Oficinas de Vivienda de Barcelona.
Toda la información sobre las Prestaciones para el pago de deudas del alquiler, incluyendo la documentación, los requisitos y cómo solicitarla, se encuentra disponible en este enlace.
Renovación de las Prestaciones para el pago de deudas del alquiler
Destinatarios: Personas que tuvieron una resolución favorable de la prestación complementaria para dar continuidad al pago del alquiler o la prestación para atender situaciones de pérdida de la vivienda.
Límite de la renta familiar: Entre 2 y 3 veces el IRSC.
Administración que otorga la ayuda: Agencia Catalana de la Vivienda.
La Agencia Catalana de la Vivienda otorga subvenciones para ayudar a aquellas personas que no pueden hacer frente al pago del alquiler o para atender situaciones de pérdida de la vivienda. Todas esas personas que hayan obtenido alguna de estas ayudas pueden pedir una renovación para un período de doce meses. Se puede renovar anualmente hasta un máximo de 24 meses más.
Toda la información sobre las renovaciones se encuentra disponible en este enlace.
Preguntas frecuentes
¿Qué renta debo tener para poder solicitar la prestación para el pago de deudas del alquiler?
Una renta máxima de entre 2 y 3 veces el Indicador de Renta de Suficiencia (IRSC) en función de los miembros de la unidad de convivencia. Leer más aquí
¿Dónde puedo solicitar la prestación para el pago del alquiler?
Se puede solicitar por medios electrónicos o presencialmente, con cita previa, a cualquier de las oficinas que integran la Red de Oficinas de Vivienda de Barcelona. Leer más aquí
Ahora ya sabes
Si resides en Cataluña, alquilas y tienes dificultades económicas puedes solicitar algunas de las prestaciones que tienen por objetivo otorgar ayudas económicas que faciliten el pago del alquiler de la vivienda habitual.