La Tarjeta Azul es un Título de Transporte Público (TTP) al que pueden acceder los ciudadanos que estén empadronados en Madrid, que cumplan determinados requisitos, como ser dependientes o adultos mayores, y que no superen unos límites de renta establecidos.
Es una tarjeta de carácter personal e intransferible que incluye el nombre y la fotografía del titular y un número de identificación personal.
En Ayuda-Social.es ya compartimos diversos artículos sobre descuentos en el transporte público. En esta oportunidad, detallaremos todo lo relacionado con la Tarjeta Azul de Transporte de Madrid.
- Características de la Tarjeta Azul
- Cuánto cuesta la Tarjeta Azul de Madrid
- Requisitos para acceder a la Tarjeta Azul
- Nivel de renta para acceder a la Tarjeta Azul
- Cómo solicitar la Tarjeta Azul de Madrid
- Documentación a presentar
- Cómo funciona la Tarjeta Azul
- ¿Hay incompatibilidades con otros Títulos de Transportes Públicos?
- Ahora ya sabes
Características de la Tarjeta Azul
La Tarjeta Azul de Madrid brinda, por 4,30 euros mensuales, acceso ilimitado a los autobuses de la Empresa Municipal de Transportes (EMT), al Metro de Madrid (zona A) y a la Línea ML-1 del Metro Ligero.
Sin embargo, no es válida ni para viajar en la Línea ML-2 del Metro Ligero ni para los trenes de Cercanías (incluyendo los trayectos que pasan por la ciudad de Madrid).
El encargado de tramitar las solicitudes de la Tarjeta Azul es el Ayuntamiento de Madrid. El Consorcio Regional de Transportes de Madrid (CRTM) es el responsable de emitirla, enviarla y gestionarla.
Cuánto cuesta la Tarjeta Azul de Madrid
La Tarjeta Azul de Madrid se entrega gratuitamente a quienes cumplan los requisitos y la soliciten.
La Tarjeta Azul brinda acceso ilimitado a los autobuses de la Empresa Municipal de Transportes (EMT), al Metro de Madrid (zona A) y a la Línea ML-1 del Metro Ligero por 4.30 euros mensuales.
En realidad, el importe a pagar es de 6,20 euros, pero hay un descuento del 30%, que lleva su valor de 6,20 a 4,30 euros, desde el 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2024.
Requisitos para acceder a la Tarjeta Azul
Para acceder a la Tarjeta Azul de Madrid se deben cumplir una serie de requisitos. Estos son:
- Estar empadronado en el municipio de Madrid.
- Pertenecer a alguna de las siguientes categorías:
- Personas mayores de 65 años.
- Pensionistas por razón de edad (entre los 60 y los 65 años).
- Pensionistas (de Seguridad Social y Clases Pasivas) por Incapacidad Permanente (total o absoluta) o gran invalidez o inutilidad para el servicio.
- Mayores de 18 años con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Menores de 18 años y mayores de 7 años con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Los menores de 7 años tendrán que solicitar en el Consorcio Regional de Transportes de Madrid la Tarjeta Infantil de Transportes para poder viajar de forma gratuita.
- Mayores de 18 años con incapacidad legal.
- Mayores de 18 años dependientes, en cualquiera de sus grados
- Cónyuges o parejas de hecho, sin ingresos, de una persona beneficiaria:
- Mayor de 65 años.
- Pensionista por razón de edad entre los 60 y los 65 años.
- Pensionista por gran invalidez o por incapacidad permanente (absoluta o total).
- Contar con un determinado nivel de renta, detallado a continuación.
Nivel de renta para acceder a la Tarjeta Azul
Uno de los requisitos indispensables para acceder a la Tarjeta Azul es tener un nivel de renta determinado, que se conoce con la información que poseen la Agencia Estatal de Administración Tributaria y el Instituto Nacional de Seguridad Social.
El cálculo para la concesión o denegación de la Tarjeta Azul se basa en el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples). Si quieres conocer todo lo relacionado con el IPREM, puedes leer este artículo de Ayuda-Social.es. En enero de 2024, el IPREM anual de 12 pagas son 7.200 euros. El porcentaje o la cuantía límite varía según el tipo de solicitante de la Tarjeta Azul.
Diferentes ingresos
- El nivel de renta individual total no debe superar una vez el IPREM:
- Mayores de 65 años.
- Pensionistas por razón de edad (entre los 60 y los 65 años).
- Personas valoradas como dependientes mayores de 18 años.
- El nivel de renta individual total no debe superar tres veces el IPREM:
- Pensionistas por gran invalidez o por incapacidad permanente absoluta o total
- Personas con discapacidad (con un grado de discapacidad igual o superior al 33%) mayores de 18 años.
- El nivel de renta individual total debe ser de 0 € (cero euros):
- Cónyuges o parejas de hecho de una persona beneficiaria:
- Mayores de 65 años.
- Pensionistas por razón de edad (entre los 60 y los 65 años).
- Pensionistas por gran invalidez o por incapacidad permanente absoluta o total.
Además, la Tarjeta Azul de Transporte de Madrid se le otorgará automáticamente a las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, a los menores de 18 años (los menores de 7 años pueden viajar gratuitamente en toda la red de transportes de Madrid solicitando la Tarjeta Infantil de transportes) y a las personas incapacitadas legalmente.
Cómo solicitar la Tarjeta Azul de Madrid
La Tarjeta Azul de Madrid se puede solicitar tanto de manera virtual como presencial. En caso de preferir hacerlo por Internet, se debe ingresar aquí y registrarse.
Para pedir la Tarjeta Azul de forma presencial se debe acudir a alguna de estas Oficinas de Atención a la Ciudadanía (OAC). Las oficinas auxiliares atienden únicamente con cita previa.
Una vez hecha la solicitud de la Tarjeta Azul, y si esta resulta concedida la persona beneficiaria la recibirá, en el plazo aproximado de un mes, en su domicilio por correo postal ordinario y de forma gratuita junto con una carta explicando cómo se usa.
Documentación a presentar
En caso de tramitación en línea de la solicitud de Tarjeta Azul (actualmente solo disponible para la categoría de “Persona mayor de 18 años con discapacidad) será necesario adjuntar una fotografía.
Los documentos a presentar en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía varían según el tipo de persona que solicita la Tarjeta. El único requisito universal será un documento de identidad: DNI, NIE o Tarjeta de Residencia. No se admite el pasaporte porque en ese tipo de documento no constan datos en la AEAT y por lo tanto no se puede realizar el cómputo del nivel de renta.
La documentación a presentar en cada caso específico se puede consultar aquí, en el apartado «Documentación».
Cómo funciona la Tarjeta Azul
La Tarjeta Azul es una tarjeta sin contacto y recargable. Para utilizarla es necesario cargarla periódicamente. Esta operación (tanto la carga inicial como las necesarias recargas posteriores) se puede realizar en las máquinas automáticas de las estaciones de Metro de Madrid y ML1, en los estancos autorizados, en los puntos de información de los intercambiadores de transporte y a través de la app Tarjeta Transporte. Allí mismo también se puede consultar el saldo disponible.
Las cargas de la Tarjeta Azul tendrán un periodo de validez de 30 días naturales y consecutivos a partir de su primera utilización.
La Tarjeta Azul caduca a los 5 años de su fecha de emisión. No obstante, los requisitos que dieron lugar a su concesión serán revisados periódicamente de oficio por el Ayuntamiento de Madrid durante el período de vigencia de la misma.
¿Hay incompatibilidades con otros Títulos de Transportes Públicos?
Las personas beneficiarias de la Tarjeta Azul podrán disponer simultáneamente de otro Título de Transporte Público (TTP), como, por ejemplo un Abono Transporte (Joven, Normal, Tercera Edad). Sin embargo, solo podrán tener activa una de las dos tarjetas.
El usuario podrá cambiar de una a otra tarjeta en el momento que lo desee. Para desactivar una tarjeta y activar la otra debe acudir a cualquiera de las Oficinas de Gestión del Consorcio Regional de Transportes de Madrid y solicitar el cambio sin coste alguno.
Ahora ya sabes
La Tarjeta Azul de Transporte de Madrid brinda acceso ilimitado a los autobuses de la Empresa Municipal de Transportes (EMT), al Metro de Madrid (zona A) y a la Línea ML-1 del Metro Ligero por 4,30 euros mensuales. Pueden solicitarla ciudadanos que estén empadronados en la ciudad de Madrid, que cumplan determinados requisitos, como ser dependientes o adultos mayores, y que no superen unos límites de renta establecidos.