La devolución del IRPF para pensionistas mutualistas sigue siendo uno de los temas fiscales más relevantes en España en 2026. Tras años de cambios normativos, decisiones judiciales y trámites administrativos complejos, la Agencia Tributaria ha consolidado un procedimiento claro para solicitar la devolución por el IRPF pagado de más en pensiones derivadas de antiguas mutualidades laborales.

En este artículo de Ayuda-Social.es te contamos qué está pasando en 2026, quién puede reclamar, cuáles son los plazos clave, cómo solicitar la devolución y qué pasos debes seguir para no perder tu derecho.
¿Qué es la devolución del IRPF a mutualistas?
La devolución del IRPF para mutualistas es un derecho que se reconoce a jubilados que cotizaron a antiguas mutualidades laborales antes de la plena implantación del sistema general de la Seguridad Social. Durante décadas, esas aportaciones no recibieron el tratamiento fiscal correcto, y muchos pensionistas acabaron pagando más IRPF del que les correspondía.
Esta situación se ha corregido por el Tribunal Supremo y la Agencia Tributaria ha habilitado mecanismos para que los afectados recuperen lo pagado de más mediante un formulario.
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¿Quiénes pueden solicitar la devolución del IRPF?
Los beneficiarios de esta medida son los pensionistas que, en sus primeros años de vida laboral, cotizaron a mutualidades laborales antes de la creación del sistema general de la Seguridad Social, es decir, antes del 1 de enero de 1999. Estas cotizaciones, que no pudieron reducirse en la base imponible del IRPF en su momento, han sido consideradas una doble cotización.
Hacienda distingue entre distintos tramos, según la fecha en la que se realizaron las aportaciones:
- Antes del 01/01/1967: la parte de la pensión que corresponde a esas cotizaciones no tributa. Se aplica una reducción del 100 %.
- Entre el 01/01/1967 y el 31/12/1978: se aplica una reducción del 25 %, por lo que tributa solo el 75 % de esa parte.
- Mutualidades sustitutorias antes del 01/01/1979: también se aplica una reducción del 25 %.

Plazos para presentar la solicitud de devolución IRPF 2026
Los plazos para presentar la solicitud cambian según los años fiscales que quieras reclamar:
- Hasta el 2 de febrero de 2026: solicitar la devolución conjunta de los ejercicios 2020, 2021 y 2022.
- Máximo el 2 de febrero de 2027: para reclamar conjuntamente 2021 y 2022.
- Hasta el 2 de febrero de 2028: para reclamar únicamente 2022.
Si no se presenta la solicitud antes de estas fechas, se corre el riesgo de perder el derecho a reclamar para esos ejercicios que prescriben.

¿Cómo se solicita la devolución IRPF de mutualistas?
La solicitud se hace únicamente por vía electrónica:
- Accede a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
- Entra en la sección: Mutualistas: solicitudes de devolución.
- Identifícate con certificado digital, DNIe o Cl@ve.
- Rellena y envía el formulario.
No es necesario especificar los años reclamados: la Agencia Tributaria analizó automáticamente tu situación y determinará los ejercicios no prescritos que correspondan.
¿Qué devoluciones están ya en marcha?
La Agencia Tributaria ha acelerado las devoluciones del IRPF a muchos mutualistas en 2026:
- Ya se están tramitando y abonando pagos por las devoluciones reclamadas durante 2025.
- En 2026, Hacienda sigue procesando solicitudes y ha reforzado la accesibilidad del formulario a través de Renta Web para facilitar la gestión.
Además, muchos pensionistas ya han recibido ingresos directamente en su cuenta bancaria por los importes devueltos, con pagos que comenzaron entre finales de enero y febrero de 2026.
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Preguntas frecuentes
¿Se puede presentar el formulario de devolución del IRPF fuera de plazo?
Sí, pero solo afectará a determinados ejercicios. Por ejemplo, si presentas después del 2 de febrero de 2026, solo podrás reclamar respecto a 2021 y 2022.
¿La devolución del IRPF a jubilados es automática?
No: debes presentar la solicitud salvo que Hacienda ya haya practicado la rectificación de oficio en tu última declaración dentro del marco legal vigente.
¿Cómo reclamar retenciones IRPF a jubilados?
La solicitud se hace únicamente por vía electrónica a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Leer más aquí.
Ahora ya sabes
La devolución del IRPF a mutualistas es un derecho reconocido que todavía está en pleno proceso de ejecución en 2026. Si eres mutualista y todavía no has pedido tu devolución, es clave actuar cuanto antes para no perder años reclamables. Consulta la información oficial de la Agencia Tributaria, presenta el formulario electrónico antes del plazo adecuado y sigue el procedimiento correcto para maximizar tu devolución.



