En España, en general, y en la Comunidad Autónoma de Aragón, en particular, hay una ayuda económica destinada a las mujeres que sufrieron violencia de género. Se trata de un apoyo económico único de, como mínimo, 2.880 euros.
La resolución forma parte de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género de España (Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre), que detalla una serie de medidas de protección integral contra la violencia de género.
Mujeres sin hijos que reciban la ayuda percibirán un pago único de 2.880 euros, equivalente a seis meses del subsidio por desempleo. Si tienen una discapacidad, el importe asciende a 5.760 euros.
En el caso de tener hijos la ayuda oscila entre los 8.640 y los 11.520 euros. Esta ayuda se brinda en todo el territorio español, pero los requisitos para acceder a ella, la documentación a presentar y la forma de hacerlo, varían levemente entre las distintas comunidades autónomas.
- Tres ayudas complementarias en Aragón
- Quiénes pueden acceder a las ayudas económicas complementarias
- Plazo máximo para responder a la solicitud
- Hijos menores de víctimas mortales
- Cuantía de la ayuda económica
- Mujeres víctimas de otras formas de violencia: ayudas complementarias
- Requisitos para acceder a las ayudas
- Víctimas de violencia de género mayores de 65 años
- Cómo solicitar las ayudas
- Dónde comunicarse por dudas y consultas
- ¿Hay incompatibilidades con otras ayudas?
- Preguntas frecuentes
- Ahora ya sabes
Tres ayudas complementarias en Aragón
En Aragón, además, existen tres ayudas económicas «complementarias», que detallamos a continuación:
- Hijas e hijos menores de edad de las mujeres víctimas mortales por violencia de género.
- Víctimas de otras formas de violencia.
- Para mujeres víctimas de violencia de género mayores de 65 años.
Quiénes pueden acceder a las ayudas económicas complementarias
Estas ayudas están pensadas para:
- Mujeres empadronadas en un municipio aragonés o que sean víctimas de violencia por hechos acaecidos en la Comunidad Autónoma, y que cumplan con los requisitos establecidos para cada tipo de prestación.
- Hijas e hijos menores de edad de las mujeres víctimas mortales por violencia de género que estuviesen empadronados en Aragón, o cuando los hechos hayan acaecido en esta Comunidad Autónoma y cumplan los requisitos establecidos para cada tipo de prestación.
Plazo máximo para responder a la solicitud
El plazo máximo para resolver y notificar lo acordado por el Gobierno de Aragón será de tres meses desde la entrada en registro de la solicitud.
Hijos menores de víctimas mortales
Tienen derecho a una ayuda económica hasta que alcancen la mayoría de edad las hijas e hijos menores de edad de las mujeres víctimas mortales por violencia de género que estuviesen empadronadas en Aragón, o cuando los hechos hayan sucedido es esta Comunidad Autónoma. También tendrán derecho a la ayuda económica las personas menores de edad que hubieran estado bajo la tutela o guarda de una mujer víctima mortal por causa de violencia de género en el momento del fallecimiento de ésta.
No podrán ser personas beneficiarias de esta ayuda los menores de edad que estén sometidos a tutela de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón o de otra Administración Pública.
Cuantía de la ayuda económica
El importe de la ayuda será una cantidad fija de 420 euros mensuales por cada persona beneficiaria y se cobrará desde el momento en que se solicite hasta el año que la persona alcance la mayoría de edad.
Mujeres víctimas de otras formas de violencia: ayudas complementarias
Si la mujer, además de sufrir violencia de género, sufre otros tipos de violencias infringidas por el simple hecho de ser mujer, como «la violencia doméstica, sexual o la trata», tiene derecho a recibir ayudas económicas complementarias a la recibida por ser víctima de violencia de género. Se trata de una prestación económica de carácter temporal que busca facilitar la superación de dichas situaciones.
Requisitos para acceder a las ayudas
Para acceder, las víctimas deben carecer de rentas que en el cómputo mensual superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. El SMI actual es de 1.134 euros al mes en 14 pagas. Además, deben estar empadronadas en Aragón o los actos de violencia deben haberse cometido en esta comunidad autónoma.
El importe de esta ayuda será, con carácter general, el equivalente al de seis meses de subsidio por desempleo (480 euros por mes).
La ayuda se percibirá en pagos mensuales, siendo posible excepcionalmente la renovación de la prestación por una sola vez si persisten las circunstancias que dieron lugar al reconocimiento de la misma o si se acredita una nueva situación de violencia
Responsabilidades familiares
Si la víctima de violencia de género tuviera responsabilidades familiares, el importe de la ayuda será el equivalente a:
- Nueve meses de subsidio por desempleo cuando la víctima tuviera a cargo un familiar o menor acogido.
- Doce meses de subsidio por desempleo cuando la víctima tuviera a su cargo dos o más familiares o menores acogidos, o un familiar y un menor acogido.
Víctimas de violencia de género mayores de 65 años
Podrán ser beneficiarias de esta prestación complementaria las mujeres mayores de 65 años víctimas de violencia de género acreditada que estén empadronadas en un municipio aragonés y carezcan de rentas que en cómputo mensual superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. El SMI actual es de 1.134 euros al mes en 14 pagas.
La cuantía de la ayuda mensual será de, cómo máximo, 850 euros (el 75% del SMI). El importe a recibir será el necesario para complementar los ingresos de la persona beneficiaria hasta alcanzar los 1.134 euros.
Cómo solicitar las ayudas
Las tres ayudas se pueden solicitar de manera virtual, a través de este enlace y también de forma presencial en estas oficinas, pero con una cita previa.
Dónde comunicarse por dudas y consultas
Quienes tengan dudas o consultas, pueden comunicarse por teléfono al 976 716 720 o por correo electrónico a iam@aragon.es. Por dudas o problemas administrativos, puedes contactar con el Servicio de Información de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 al 976 714 111 o por correo electrónico a infoyregistro@aragon.es.
¿Hay incompatibilidades con otras ayudas?
Las ayudas económicas mencionadas en este artículo de Ayuda-Social.es serán compatibles con las pensiones por invalidez, orfandad, y la jubilación de la Seguridad Social.
Las ayudas económicas complementarias a las hijas e hijos menores de edad de las mujeres víctimas mortales por violencia de género y las ayudas económicas complementarias a las mujeres víctimas de otras formas de violencia son incompatibles con otras ayudas de la misma naturaleza y finalidad que la persona beneficiaria reciba de cualquier otra Administración Pública por su condición de víctima de violencia de género, como la Renta Activa de Inserción por razones de violencia de género.
Esta incompatibilidad no se aplicará a las prestaciones complementarias para las mujeres víctimas de violencia de género mayores de 65 años.
Preguntas frecuentes
Si soy mayor de 65 años, ¿qué ayuda económica recibiré?
La cuantía de la ayuda mensual será de, cómo máximo, 850 euros (el 75% del SMI). El importe a recibir será el necesario para complementar los ingresos de la persona beneficiaria hasta alcanzar los 1.134 euros. Leer más aquí
Si tengo responsabilidades familiares, ¿qué ayuda puedo cobrar?
En su caso, dependerá del número de familiares bajo responsabilidad. Leer más aquí
Ahora ya sabes
En la Comunidad Autónoma de Aragón existen tres asistencias económicas complementarias para las víctimas de violencia de género y/o sus hijos. Si eres víctima de violencia de género no dejes de denunciar. Recurre a los canales de protección, como el número 016 y solicita las ayudas necesarias.